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Por Resolución de 12 de agosto de 2009 se acordó abrir un período de información pública, por un plazo de quince días hábiles, para que los interesados presenten las alegaciones que estimen pertinentes en el procedimiento de exhumación de restos de víctimas ejecutadas durante la Guerra Civil y enterradas en las fosas presuntamente localizadas en las inmediaciones de la conocida Fuente Grande, situada en la carretera de Víznar a Alfarcar, y en el paraje El Caracolar, en la provincia de Granada.
Por su parte, el artículo 49.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que se podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de los plazos establecidos si las circunstancias lo aconsejen y con ello no se perjudican derechos de tercero.
De acuerdo con lo anterior, en atención a las circunstancias concurrentes en el caso y al no suponer perjuicio para tercero, procede en este momento conceder una ampliación del plazo concedido para que los interesados puedan examinar el expediente administrativo y formular las alegaciones que estimen convenientes.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
RESUELVO
Ampliar diez días hábiles el plazo de información pública concedido en el procedimiento de exhumación de restos de víctimas ejecutadas durante la Guerra Civil y enterradas en las fosas presuntamente localizadas en las inmediaciones de la conocida Fuente Grande, situada en la carretera de Víznar a Alfacar, y en el paraje El Caracolar, en la provincia de Granada, para que los interesados puedan examinar el expediente administrativo en la sede de la Consejería de Justicia y Administración Pública, Comisariado para la recuperación de la Memoria Histórica, sita en la plaza de la Gavidia, núm. 10, de Sevilla, y presenten las alegaciones que estimen pertinentes.
Sevilla, 10 de septiembre de 2009.- El Comisario para la Recuperación de la Memoria Histórica, Juan Gallo González.
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