Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 195 de 05/10/2009

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Empresas Públicas

ANUNCIO de 21 de septiembre de 2009, de la Gerencia Provincial de Jaén de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, por el que se notifica Resolución en expediente de desahucio administrativo DAD-JA-2009-0010.

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Resultando infructuosas las averiguaciones pertinentes, se desconoce el actual domicilio de Carmen Bayona López, cuyo último domicilio conocido estuvo en Huelma (Jaén).

Mediante el presente anuncio, de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se comunica que en expediente de desahucio administrativo contra Carmen Bayona López, DAD-JA-2009-0010, sobre la vivienda perteneciente al grupo JA-0975, finca 17298, sita en calle Doctor Fleming 18 en Huelma (Jaén) se ha dictado Resolucion de 29 de julio de 2009 Resolución del Gerente Provincial de Jaén, de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, en la que se consideran probadas las causas de desahucio imputadas. Apartado a), c)del art 15 de la Ley 13/2005 de 11 de noviembre y en su virtud, «la falta de pago de las rentas pactadas en el contrato de arrendamiento o de las cantidades a que esté obligada la persona adjudicataria en el acceso diferido a la propiedad, así como de las cantidades que sean exigibles por servicios, gastos comunes o cualesquiera otras establecidas en la legislación vigente. No destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente sin haber obtenido la preceptiva autorización administrativa», se acuerda la resolución contractual y el desahucio sobre la vivienda antes descrita.

En la Resolución se le otorga el plazo improrrogable de un mes, para el cumplimento voluntario de la misma, con objeto de que se entrega la llave y deje libre y expedita la vivienda. En caso contrario, se acuerda la ejecución subsidiaria y se le apercibe de ejecución forzosa, por lo que EPSA, transcurrido ese plazo, desde la publicación de este anuncio y siendo firme y consentido el acto administrativo, se instará la correspondiente autorización judicial de entrada en la vivienda.

Una vez transcurrido dicho plazo, se seguirá el trámite legal.

La Resolución, se encuentra a disposición del interesado en la Oficina de Gestión del Parque Público de Viviendas de EPSA, sita en Issac Albéniz, 2, 23009, Jaén, así como la totalidad del expediente administrativo.

Esta Resolución no es firme, y contra la misma podrá formular recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, ante el Excmo. Sr. Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, conforme al art. 114 y ss de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Jaén, 21 de septiembre de 2009.- El Gerente, Manuel Molina Lozano,

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