Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden de 22 de julio de 2005 (BOJA núm. 155, de 10 de agosto de 2005), modificada por la Orden de 1 de octubre de 2008 (BOJA núm. 208, de 20 de octubre de 2008), que establece las bases reguladoras para la concesión de becas de formación e investigación en tecnologías de la información y de las comunicaciones en el ámbito cultural, acuerdo hacer pública la Resolución de fecha 25 de septiembre de 2009, por lo que se requiere a los interesados que se relacionan en el Anexo I subsanen la falta o acompañen los documentos que se relacionan en dicho Anexo, con indicación de que si así no se hiciera se les tendrá por desistidos de su petición, previa Resolución que deberá dictarse en los términos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El contenido íntegro de dicho acto se halla expuesto en el tablón de anuncios de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Cultura, en el de cada una de las Delegaciones Provinciales y en el sitio web de la Consejería de Cultura en la siguiente dirección: http://www.juntadeandalucia.es/cultura.
El plazo para resolver y notificar quedará suspendido por el tiempo que medie entre el siguiente a la publicación del extracto de este acto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el transcurso del plazo concedido para subsanar.
El plazo para la subsanación será de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 25 de septiembre de 2009.- La Secretaria General Técnica, María Teresa García de Casasola Gómez.
ANEXO I
RELACIÓN DE SOLITANTES PENDIENTES DE SUBSANACIÓN
DNI | SOLICITANTE | MOTIVO DE SUBSANACIÓN |
30980411D | BARRANCO CARPIO, FRANCISCO JAVIER | 03, 04 y 05 |
34074512N | BERMÚDEZ DÍAZ, DAVID | 06 |
77361496F | CABRERA BAILÉN, JOSÉ MANUEL | 02 |
80156669J | CAMPOS GONZÁLEZ, MARÍA DEL PILAR | 03, 04, 05, 07 y 07 |
74944739K | CANTILLO RUEDA, ANTONIO | 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07 |
30993995T | DEL HOYO LUQUE, JOSÉ MARÍA | 03, 04, 05, 06 y 07 |
26242423K | GARCÍA MARTÍNEZ, JESÚS | 08 |
75143356X | MARTÍNEZ TRUJILLO, ANDREA MARÍA | 08 |
50607045F | MORILLO MERINO, CARLOS | 01 |
28827834W | ROMERO LÉRIDA, JOSÉ MARÍA | 03 |
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN DEL MOTIVO DE SUBSANACIÓN |
01 | La documentación presentada relativa al expediente académico no contiene la fecha de finalización de estudios |
02 | La documentación presentada relativa al expediente académico no contiene la identificación de todas las asignaturas cursadas y las calificaciones obtenidas |
03 | Falta declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias citadas en el artículo 5.2 de la Orden reguladora |
04 | Falta declaración responsable de no haber sido separado del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario |
05 | Falta declaración responsable de no haber sido beneficiario con anterioridad de otra beca de formación o investigación informática en el supuesto de solicitar beca de formación |
06 | Falta declaración responsable del título académico poseído o de la solicitud del mismo y abono de los derechos de expedición |
07 | Falta declaración responsable sobre el municipio de su vecindad |
08 | No se ha podido comprobar el municipio de la vecindad del solicitante a través del Sistema de Verificación de Datos de Residencia, por lo que se debe presentar Certificado de Empadronamiento |