Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
NIG: 1103242C20080003366.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 696/2008. Negociado: T.
De: Alphabet Feet Services España, S.A.
Procurador: Sr. Ignacio Farfante Martínez Pardo.
Letrado: Sr. Francisco Javier de Cossío Pérez de Mendoza.
Contra: Atalaya House Cleaning, S.L., Benjamín Vidal Camacho y Ángeles Hermoso Cordero.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 696/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Sanlúcar de Barrameda, a instancia de Alphabet Feet Services España, S.A., contra Atalaya House Cleaning, S.L., Benjamín Vidal Camacho y Ángeles Hermoso Cordero sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 23/09
En Sanlúcar de Barrameda, a 30 de marzo de 2009.
Vistos por mí, don José Gálvez Jiménez, Magistrado-Juez de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de los de esta ciudad.
FALLO
Estimo en su integridad la demanda interpuesta por la representación procesal de la entidad Alphabet Flete Services España, S.L., contra la entidad Atalaya House Cleaning, S.L., don Benjamín Vidal Camacho y doña Ángeles Hermoso Cordero y, por ende, condeno a los demandados a hacerle pago solidario al actor de la suma de quince mil quinientos diecisiete euros con ochenta y siete céntimos (15.517,87 €), más los intereses pactados a contar desde el día 6 de octubre de 2008.
Las costas causadas se imponen a los demandados.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que debe prepararse ante este mismo Juzgado en el término de cinco días a partir del siguiente al de la notificación.
Insértese la presente en el Libro de Sentencias de este Juzgado llevando a las actuaciones el oportuno testimonio.
Así por esta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Atalaya House Cleaning, S.L., Benjamín Vidal Camacho y Ángeles Hermoso Cordero, extiendo y firmo la presente en Sanlúcar de Barrameda, a veinticinco de septiembre de dos mil nueve.- El/La Secretario.
Descargar PDF