Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 21/10/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 7 de octubre de 2009, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se acuerda la distribución de transferencias a los Ayuntamientos andaluces para la nivelación de servicios municipales vinculados a la acogida y la integración de inmigrantes.

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La Orden de 15 de septiembre de 2009, por la que se regula la distribución de transferencias del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes, publicada en BOJA  191, de 29 de septiembre de 2009, establece en su artículo 4 los indicadores y la forma de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad.

Con base en los criterios de valoración señalados en el referido artículo y respetando lo establecido en el artículo 5, la citada Orden distribuye los créditos entre municipios andaluces con mayor presencia de personas inmigrantes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la mencionada Orden, corresponde a la Delegación Provincial de Empleo realizar las transferencias, para lo que se ha habilitado la correspondiente dotación presupuestaria.

En virtud de cuanto antecede,

RESUELVO

Primero. Distribuir la cantidad de seiscientos tres mil cuatrocientos treinta y tres euros y veinticuatro céntimos (603.433,24 €), correspondientes a las transferencias del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes en los Ayuntamientos de la provincia de Sevilla, atribuyendo a los municipios que corresponde por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden de 15 de septiembre de 2009, las cantidades que se indican en el Anexo adjunto.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.12.00.18.41.463.00.31J.8, el gasto correspondiente a las transferencias resultantes, que se harán efectivas en un solo pago para cada Ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda.

Tercero. Declarar estos gastos con carácter «en firme». En el plazo de tres meses a partir de haberse hecho efectivas las transferencias, los municipios receptores remitirán a la Delegación de Empleo de la Junta de Andalucía en Sevilla y a la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.

Cuarto. La nivelación de los servicios municipales vinculados a la acogida e inserción de inmigrantes se operará por medio de actuaciones que, siendo autónomamente determinadas por cada municipio receptor a través de un Plan de Acción, encajen dentro de los ejes, principios rectores y líneas de actuación prioritarias definidos en el Marco de Cooperación para la gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes, el Convenio suscrito al efecto entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Consejería de Empleo y el Protocolo de acuerdo suscrito entre la Consejería de Empleo y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP). Los municipios receptores facilitarán la oportuna información de seguimiento y evaluación al respecto.

Sevilla, 7 de octubre de 2009.- El Delegado, Antonio Rivas Sánchez.

ANEXO

RELACIÓN DE AYUNTAMIENTOS PErCEPTORES DEL FONDO DE APOYO A LA ACOGIDA Y LA INTEGRACIÓN DE INMIGRANTES Y CUANTÍAS A TRANSFERIR EN LA PROVINCIA DE SEVILLA

Municipio Importe
Alcalá de Guadaíra 23.832,28
Brenes 30.386,37
Camas 30.247,63
Cantillana 39.699,38
Castilleja de la Cuesta 32.745,14
Coria del Río 30.191,39
Cuervo de Sevilla (El) 29.692.63
Dos Hermanas 31.017,73
Écija 33.887,13
Guillena 23.360,35
Marchena 30.108,88
Olivares 30.802,63
Palacios y Villafranca (Los) 29.553,88
Pilas 30.203,29
Rinconada (La) 33.855,14
San Juan de Aznalfarache 45.502,60
Sanlúcar la Mayor 30.941,38
Sevilla 38.263,95
Villamanrique de la Condesa 29.141,46
TOTAL 603.433,24
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