Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 24/11/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Decreto 367/2009, de 3 de noviembre, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, el bien mueble denominado lienzo de la Virgen del Rosario de la Catedral de Málaga.

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18. º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28. ª de la Constitución.

La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9, apartado séptimo, los órganos competentes para resolver los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria de dicha Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

II. El lienzo de la Virgen del Rosario, ubicado en la capilla del mismo nombre, en la Santa Iglesia Catedral de la Encarnación de Málaga, es obra del insigne pintor, escultor, arquitecto y diseñador granadino Alonso Cano (1601-1667), el cual residiría en la capital malagueña entre 1664 y 1666 aproximadamente, período en el que ostentaba el cargo de racionero de la Catedral. En estos casi dos años, el pintor granadino solo llevó a cabo una obra pictórica, que responde a un encargo del entonces obispo de Málaga, Fray Alonso de Santo Tomás, el lienzo de la Virgen del Rosario.

Este lienzo, ubicado en uno de los edificios más emblemáticos de la ciudad andaluza de Málaga, cuenta con una importante carga de valores artísticos, históricos y culturales, que lo destacan del conjunto de bienes muebles que componen el programa decorativo e iconográfico de la catedral malagueña, y que lo hacen merecedor de ser incluido de forma individual en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural.

III. Por Resolución de 5 de mayo de 1988, de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía (BOJA número 42, de 31 de mayo de 1988, y BOE de 20 de junio de 1988), fue incoado procedimiento de declaración como Bien de Interés Cultural a favor del bien mueble denominado lienzo de la Virgen del Rosario de la Catedral de Málaga, siguiendo la tramitación establecida en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, de acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

En la tramitación del procedimiento, de conformidad con el artículo 9.2 de la Ley del Patrimonio Histórico Español, ha emitido informe favorable a la inscripción la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Málaga, en sesión celebrada el 15 de abril de 2009.

De acuerdo con la legislación aplicable, se cumplió con el trámite preceptivo de audiencia al Obispado de Málaga, que no presentó alegación alguna.

Terminada la instrucción del procedimiento y según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante el Decreto 19/1995, de 7 de febrero, procede inscribir en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, el bien mueble denominado lienzo de la Virgen del Rosario de la Catedral de Málaga.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 3 de noviembre de 2009,

ACUERDA

Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, el bien mueble denominado lienzo de la Virgen del Rosario de la Catedral de Málaga.

Segundo. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el Registro correspondiente.

Tercero. Ordenar que el presente Decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de noviembre de 2009

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ROSARIO TORRES RUIZ

Consejera de Cultura

ANEXO

1. Denominación

Principal: Lienzo de la Virgen del Rosario de Alonso Cano.

2. Localización

Provincia: Málaga.

Ubicación: Santa Iglesia Catedral de la Encarnación de Málaga.

3. Descripción

La obra pictórica de la Virgen del Rosario de la Catedral de Málaga tiene unas dimensiones de 3,56 x 2,18 metros, y responde a la técnica de óleo sobre lienzo.

La pintura es una composición triangular con dos niveles diferenciados jerárquicamente. En la parte inferior se representa el mundo terrenal y en la superior, el celestial.

La zona inferior está presidida por Santo Domingo, ataviado con el hábito de la orden, barbado y tonsurado. Con su brazo izquierdo se apoya en San Francisco, uno de los bastiones de la Iglesia Católica, ataviado con el hábito gris y cordón a la cintura, quien a su vez se apoya sobre el hombro de Santo Domingo. La escena se completa con la representación de San Ildefonso y Santa Teresa, en el lado derecho, y Santo Tomás de Aquino y Santa Catalina de Siena, en el izquierdo. Todos ellos contemplan asombrados la visión celestial de la Virgen María con el Niño.

La parte superior, por tanto, está presidida por la Virgen María con el Niño, sobre un trono de nubes que descansa sobre dos fustes estriados, y rodeada por cinco angelotes que portan los atributos de los cuatro santos que componen la escena terrenal. Los ángeles del centro hacen entrega del Rosario y la Cruz a Santo Domingo y a San Francisco. San Ildefonso y Santa Teresa reciben el báculo y la pluma, y Santo Tomás y Santa Catalina, la pluma y la corona.

La escena celestial se representa en una atmósfera de tonos vibrantes y dorados, en la que destacan la túnica y el manto de la Virgen, propio en las obras de Alonso Cano, y ello en fuerte contraste con la escena terrenal en la que predominan los tonos grises y pardos. En esta obra, realizada en sus últimos años de vida, durante su etapa de madurez, se aprecia claramente la influencia de la pintura renacentista, fruto de su estancia en la Corte madrileña, sobre todo en la simetría de la composición, la pincelada suelta y la gama cromática.

Existen varias interpretaciones acerca del significado de esta obra. Rosario Camacho sostiene que podría tratarse de una advocación de la Virgen de las Calamidades o de la Peste, a causa de los desastres que habían asolado la ciudad. Otra interpretación estaría relacionada con la Virgen del Patrocinio, advocación fomentada por el rey Felipe IV, y ratificada por bula del Papa Alejandro VII. Sin embargo, Juan Antonio Sánchez interpreta el lienzo como una evocación del texto eclesiástico de la doctrina inmaculadista.

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