Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 234 de 01/12/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 4 de noviembre de 2009, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Marchena (Sevilla). (PP. 3331/2009).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, confirmando el sentido del silencio administrativo que se ha producido en el presente procedimiento, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Concepto Tarifas autorizadas
IVA excluido
CUOTA FIJA O DE SERVICIO
Uso doméstico
Calibre del contador en mm euros/mes
13 2,2032
15 2,2356
20 3,7476
25 5,4648
30 7,3872
40 12,3552
50 18,2304
65 24,8832
80 44,9496
Uso industrial, comercial, oficial
y otros usos
Calibre del contador en mm euros/mes
13 4,2578
15 4,7658
20 7,8866
25 11,5154
30 15,5071
40 25,9822
50 45,2995
65 52,3394
80 88,3855
CUOTA VARIABLE O DE CONSUMO
Uso doméstico
De 0 hasta 15 m 0,67 euros/m
Más de 15 hasta 30 m 0,91 euros/m
Más de 30 hasta 50 m 1,35 euros/m
Más de 50 m 1,84 euros/m
Uso doméstico – familia numerosa
De 0 hasta 15 m 0,67 euros/m
Más de 15 hasta 30 m 0,71 euros/m
Más de 30 hasta 50 m 1,35 euros/m
Más de 50 m 1,84 euros/m
Uso doméstico - Bonificada
De 0 hasta 15 m 0,06 euros/m
Más de 15 hasta 30 m 0,91 euros/m
Más de 30 hasta 50 m 1,35 euros/m
Más de 50 m 1,84 euros/m
Uso industrial
De 0 hasta 25 m 0,88 euros/m
Más de 25 m 1,03 euros/m
Otros usos
De 0 hasta 25 m 1,03 euros/m
Más de 25 m 1,25 euros/m
Uso oficial
Bloque único/bimestre 0,98 euros/m

Bonificación. Los pensionistas que cumplan las condiciones expuestas en el artículo 3 de la Ordenanza aprobada por el Pleno del Ayuntamiento el 29 de enero de 2009, tendrán una bonificación del 90% en el precio del primer bloque de la tarifa doméstica.

DERECHOS DE ACOMETIDA
Parámetro A: 9,01 euros/mm
Parámetro B: 39,31 euros/l./seg.
CUOTA DE CONTRATACIÓN
Uso doméstico
Calibre del contador en mm
13 35,42 euros
15 44,68 euros
20 67,85 euros
25 91,01 euros
30 114,17 euros
40 160,49 euros
50 206,82 euros
65 276,30 euros
80 345,77 euros
Uso industrial
Calibre del contador en mm
13 41,61 euros
15 50,89 euros
20 74,02 euros
25 97,19 euros
30 120,36 euros.
40 166,67 euros
50 213,00 euros
65 282,47 euros
80 351,96 euros
Otros usos
Calibre del contador en mm
13 52,53 euros
15 61,81 euros
20 84,97 euros
25 108,13 euros
30 131,28 euros
40 177,61 euros
50 223,94 euros
65 293,41 euros
80 362,88 euros
Uso oficial
Calibre del contador en mm
13 49,06 euros
15 58,33 euros
20 81,49 euros
25 104,65 euros
30 127,81 euros
40 174,14 euros
50 220,46 euros
65 289,94 euros
80 359,41 euros
CUOTA DE RECONEXIÓN
35,42 euros
FIANZAS
Uso doméstico
Calibre del contador en mm
13 38,73 euros
15 45,73 euros
20 100,70 euros
25 183,55 euros
30 y superiores 297,55 euros
Uso industrial, otros usos y oficial
Calibre del contador en mm
13 74,65 euros
15 96,14 euros
20 211,78 euros
25 386,05 euros
30 y superiores 624,79 euros

Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 48, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de noviembre de 2009.- El Viceconsejero, José de Haro Bailón.

Descargar PDF