Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 03/12/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 3 de julio de 2009, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de El Puerto de Santa María (Cádiz), dimanante de juicio verbal 245/2009. (PD. 3547/2009).

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NIG: 1102742C20090001274.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta pago 250.1.1) 245/2009. Negociado: AF.

De: Centros Comerciales Carrefour, S.A., y Carrefour Property España, S.L.

Procurador: Sr. Morales Moreno, Ángel María.

Contra: Karts And Things, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 245/2009 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de El Puerto de Santa María (Cádiz) a instancia de Centros Comerciales Carrefour, S.A. y Carrefour Property España, S.L., contra Karts And Things, S.L., se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En El Puerto de Santa María, a 3 de julio de 2009.

Vistos por mí. doña Victoria María Pérez Molinero, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de esta ciudad, los autos de juicio verbal de desahucio registrados bajo el número 245/09 seguidos a instancia de Centros Comerciales Carrefour, S.A., y Carrefour Property España, S.L., representados por el Procurador don Ángel María Morales Moreno y asistidos del Letrado don Francisco de Elizalde Ibarbia, contra Karts And Things, S.L., declarada en situación legal de rebeldía, y atendiendo a los siguientes,

FALLO

Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Morales Moreno, en nombre y representación de Centros Comerciales Carrefour, S.A., y Carrefour Property España, S.L., contra Karts And Things debo Declarar y Declaro haber lugar al desahucio solicitado por la actora, decretando la Resolución del Contrato de Arrendamiento que vincula a las partes litigantes con relación a la superficie de 16.043 metros cuadrados ubicada en el aparcamiento del Centro Comercial El Paseo, de El Puerto de Santa María, Carretera Madrid-Cádiz, km 653, y en su virtud, debo condenar y condeno al expresado demandado a que en el término legal proceda a desalojarla y dejarla a la libre disposición de la actora, bajo apercibimiento de que en otro caso será lanzado sin prórroga ni consideración de ningún género.

Igualmente, debo condenar y condeno al demandado a que abone a la actora la suma de veinticuatro mil seiscientos veinticinco con sesenta y cinco céntimos (24.625,65 euros), correspondientes a las rentas impagadas y a las que se han ido generando y han resultado igualmente impagadas, así como al pago de los intereses convenidos en el contrato de arrendamiento desde la interpelación judicial y hasta su completo pago, y al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que en su caso deberá prepararse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia de la que se llevará certificación a los autos la pronuncio, mando y firmo.

Para que sirva de notificación de Sentencia al/a la demandado Karts And Things, S.L., se expide la presente, que se insertará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, y tablón de anuncios de este Juzgado.- La Secretario.

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