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La Consejería de Medio Ambiente, de acuerdo con las competencias que le han sido atribuidas, y en virtud del Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se establece su Estructura Orgánica Básica, es el órgano de la Junta de Andalucía al que corresponde la dirección de las competencias en materia de medio ambiente, entre otras, la programación, promoción y fomento de actividades de educación y sensibilización ambiental, incluyendo el fomento y apoyo de las iniciativas de sensibilización, información, educación y comunicación que, en materia de medio ambiente, se realizan en Andalucía.
El enorme patrimonio natural de Andalucía, no sólo proporciona a esta Comunidad Autónoma un formidable caudal de oportunidades de ocio y esparcimiento para su población, sino además un amplio abanico de yacimientos de empleo relacionados con la gestión de tales recursos y con la explotación ecológica de los mismos. Para poner en valor semejante caudal ecológico y económico, más allá de lo ya conseguido, es necesario contar con una población trabajadora que tenga buena cualificación profesional en temas relacionados con el medioambiente y su aprovechamiento sostenible.
Es de interés de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, a través de la Dirección General de Desarrollo Sostenible e Información Ambiental, poner en marcha un plan de formación que dé respuesta a esa necesidad de cualificación profesional, atendiendo a los objetivos del Programa Operativo del fondo Social Europeo 2007-2013, definidos en el Eje 1 como «Fomento del espíritu empresarial y mejora de la adaptabilidad de trabajadores, empresas y empresarios». De esta manera, se promueve el desarrollo de servicios adaptados a las nuevas necesidades del sistema productivo, así como a las consideraciones recogidas en su Eje 2, «Fomentar la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres», contemplando el Eje 5, «Asistencia Técnica», para el seguimiento y evaluación de las acciones.
De todo ello se deduce la necesidad de la puesta en marcha del Plan Andaluz de Formación Ambiental, que también dé respuesta a la creciente proliferación de sectores económicos vinculados a la gestión sostenible, la calidad ambiental, los espacios naturales protegidos, la producción ecológica, y ayude a consolidar este importante yacimiento de empleo (ecoempleo), mediante la adecuada cualificación de las personas que desempeñan estos puestos de trabajo. Para esta labor es necesario contar con una oficina técnica que desarrolle el Plan Andaluz de Formación Ambiental. Por la presente Orden, esta labora se encomienda a la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo.
La Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo es una entidad sin ánimo de lucro, creada por Acuerdo del Consejo de Gobierno en enero de 2003, adscrita a la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, que tiene como objetivo prioritario el impulso y dinamización del tejido productivo andaluz, mediante la cualificación profesional de los recursos humanos, el desarrollo de programas de fomento del empleo y la asistencia técnica a empresas. Así mismo, ejerce labores de asesoramiento, diseño, desarrollo y gestión de proyectos de acciones formativas de todo tipo que le sean encomendadas por Organismos Públicos y Privados, disponiendo del profesorado, personal técnico, infraestructuras, recursos didácticos y las dotaciones necesarias para el desarrollo adecuado de sus servicios, así como de una red de centros que cubre todo el territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza.
La Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo es por tanto una entidad cuya aportación constitutiva es en su totalidad de titularidad pública, realizando la parte esencial de su actividad para la Junta de Andalucía, cumpliendo las condiciones exigidas en el art. 106.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
La participación de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y empleo en la gestión de las tareas encomendadas, relacionadas con las materias descritas, de competencia de esta Consejería, hace aconsejable la publicación de la presente Orden, al objeto de regular las funciones a desarrollar por este medio propio de la Administración de la Junta de Andalucía y la coordinación entre el personal de la Administración ambiental y el de aquella.
En su virtud, y al amparo de lo dispuesto en las siguientes normas jurídicas:
- El artículo 67 de la ley 8/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y de fianzas de arrendamientos y suministros.
- El artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuanto a la competencia de la Consejería de Medio Ambiente para encomendar a otros órganos.
- El artículo 4.n) de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, sobre los contratos excluidos de su ámbito, así como por lo establecido en el artículo 24.6 de la mencionada Ley en cuanto a la consideración de medio propio de los entes y organismos en orden a la encomienda de encargos de gestión.
- El artículo 106 de la ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, en lo referido a la definición de control que deben ejercer las Consejerías para poder ordenar una encomienda, y de acuerdo al tenor literal de su párrafo segundo, «Las sociedades y fundaciones tendrán la consideración de medio propio instrumental de la Administración de la Junta de Andalucía o de sus Agencias, a los efectos de la ejecución de obras, trabajos, asistencias técnicas y prestación de servicios que se les encomienden».
- Y el artículo 26 de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009.
RESUELVO
Primero. La encomienda a la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo del apoyo a la gestión, coordinación y ejecución de las actuaciones del Plan Andaluz de Formación Ambiental, en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo de Andalucía 2007-2013, que contempla acciones en respuesta a las disposiciones planteadas en su Eje 1, «Fomento del espíritu empresarial y mejora de la adaptabilidad de trabajadores, empresas y empresarios», que promueve el desarrollo de servicios adaptados a las nuevas necesidades del sistema productivo, así como a las consideraciones recogidas en su Eje 2, «Fomentar la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres», y su Eje 5, «Asistencia Técnica». Las actuaciones enmarcadas en el Plan se desarrollarán a partir del 1 de julio de 2009 y se prolongarán hasta el 31 de diciembre de 2011.
Segundo. La gestión que se encomienda se concretará en las siguientes actividades:
- El apoyo a la gestión y coordinación del Plan Andaluz de Formación Ambiental.
- La identificación de las necesidades formativas a corto y medio plazo.
- El diseño y la programación de actividades formativas.
- La coordinación y la gestión de las acciones derivadas de la puesta en marcha del Plan.
- El diseño y la implementación de estrategias de evaluación del Plan Andaluz de Formación Ambiental.
- La asistencia técnica de la D.G. de Desarrollo Sostenible e Información Ambiental en las acciones emanadas de la puesta en marcha del Plan.
Estas actividades se concretan en mayor profundidad en el Anexo a la presente resolución.
Tercero. La entidad gestora de la encomienda, en este caso la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo, realizará las actuaciones encomendadas con sus medios propios humanos, materiales y técnicos, bajo la supervisión de la Administración encomendante, siendo ésta la Consejería de Medio Ambiente.
La Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo, como entidad gestora, recibirá de la Consejería de Medio Ambiente, como Administración encomendante, el permiso de utilización de espacios, aulas y materiales de propiedad de la Consejería de Medio Ambiente, de acuerdo con los requerimientos propios de las actividades del Plan y la disponibilidad de los mismos.
Cuarto. La financiación de la encomienda de gestión se tramitará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 0.1.2300.16.62905.44F y 1.1.2300.16.62905.44F del presupuesto de gastos de la Consejería de Medio Ambiente. El coste económico global de las actuaciones encomendadas se establece en un millón ochenta y dos mil setecientos un euros (1.082.701 €), incluido el IVA, con la siguiente distribución anual por ejes:
Ejercicio 2009 | Ejercicio 2010 | Ejercicio 2011 |
TOTAL | |
EJE 1 Formación ambiental sectores profesionales PROYECTO: 2006001203 MEDIDA: DM 30016221 |
202.940,00 | 195.176,00 | 235.170,00 | 633.286,00 |
EJE 2 Formación ambiental con perspectiva de género |
97.802,00 | 55.873,00 | 120.000,00 | 273.675,00 |
EJE 5 Asistencia técnica PROYECTO:2006000517 MEDIDA: DM 30058521 |
143.280,00 | 32.460,00 | 0 | 175.740,00 |
TOTAL | 444.022,57 | 283.509,00 | 355.170,00 | 1.082.701,00 |
La Consejería de Medio Ambiente realizará el pago por el importe de los trabajos realizados según certificaciones aprobadas por la Dirección de la Encomienda , cuyas entregas corresponderán a las actividades que se describen en cada uno de los ejes y temas prioritarios , y que atenderán al siguiente reparto:
En el año 2009, se realizará un pago único por el importe de la cantidad asignada para ese año. Dicho pago deberá quedar justificado antes de los tres meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución de la encomienda y, en todo caso, con anterioridad al último pago que proceda.
En el año 2010, se efectuarán dos certificaciones a realizar en los meses de mayo y noviembre, por importe del 50% cada una, de la cantidad asignada para ese año.
En el año 2011, se realizarán dos certificaciones a realizar en los meses de mayo y noviembre, por importe del 50% cada una, a cuenta de la cantidad asignada para ese año, de acuerdo con la ejecución de los trabajos y aprobación por parte de la Dirección de la Encomienda.
Estas actuaciones cuentan con financiación proveniente del Fondo Social Europeo en un 80% y de la Junta de Andalucía en un 20%, por lo que la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo deberá comprobar la elegibilidad de los gastos que presente para la justificación, debiendo éstos cumplir con la normativa comunitaria y nacional de aplicación.
Si bien los gastos de esta encomienda de gestión se ubican en los siguientes temas prioritarios y líneas de acción, con el desarrollo de las siguientes actividades:
Acciones del Plan Andaluz de Formación Ambiental (2009-2011).
Eje 1: Fomento del espíritu empresarial y mejora de la adaptabilidad de trabajadores, empresas y empresarios.
Tema Prioritario 62: Desarrollo de sistemas y estrategias de aprendizaje permanente en las empresas; formación y servicios destinados a los empleados para mejora de su capacidad de adaptación al cambio; fomento del espíritu empresarial y la innovación.
1. Formación ambiental sectores profesionales.
1.1. Diseño y realización de diagnóstico
de necesidades formativas y propuesta
de acciones formativas.40.000 €
1.2. Configuración y puesta en marcha
de un plan de comunicación y difusión
de las acciones formativas.60.000 €
1.3. Diseño y elaboración de material
didáctico, divulgativo y promocional,
para las acciones formativas.58.286 €
1.4. Diseño y realización de acciones
formativas sobre espacios naturales
y biodiversidad.250.000 €
1.5. Diseño y realización de acciones
formativas sobre sostenibilidad urbana
y cambio climático.225.000 €
Total: 633.286 €
Eje 2: Fomentar la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres.
Tema prioritario 69: Medidas para mejorar el acceso de la mujer al mercado laboral, así como la participación y los progresos permanentes de la mujer en dicho mercado, a fin de reducir la segregación sexista en materia de empleo y reconciliar la vida laboral y privada; por ejemplo, facilitando el acceso a los servicios de cuidado y atención de niños y personas dependientes.
2. Formación ambiental con perspectiva de género.
2.1 Diseño, realización y evaluación
de actividades de formación ambiental
con perspectiva de género, para profe-
sionales de la educación ambiental.203.675,00 €
2.2. Diseño y realización de una campaña
de sensibilización para una educación
ambiental con perspectiva de género,
elaboración de material didáctico,
divulgativo, promocional.30.000 €
2.3. Configuración y puesta en marcha
de un plan de comunicación y difusión
de las acciones planteadas.40.000 €
Total: 273.675,00 €
Eje 5: Asistencia técnica.
Tema prioritario 85: Preparación, ejecución, seguimiento e inspección.
3. Asistencia técnica.
- Elaboración de protocolo de gestión de las
acciones formativas y documentos de referencia. 20.000 €
- Procesos de captación de alumnado participante
en las acciones formativas y elaboración
de herramientas de gestión.30.000 €
- Diseño y elaboración del proceso
de evaluación de las acciones formativas,
establecimiento de indicadores y elaboración
de documentos de referencia e instrumentos
de recogida de datos. 35.000 €
- Seguimiento y apoyo presencial
a la gestión de las acciones formativas
y seguimiento audiovisual de las mismas.75.740 €
- Elaboración de memorias parciales y finales
e informes de resultado e impacto.15.000 €
Total: 175.740 €
Quinto. La Dirección de la Encomienda le corresponde a una Comisión Mixta de Seguimiento que se creará a tal fin, y que estará compuesta por:
- La persona titular de la jefatura de servicio responsable de la coordinación del Plan Andaluz de Formación Ambiental, perteneciente a la Dirección General de Desarrollo Sostenible e Información Ambiental.
- Una persona asesora técnica de la Dirección General de de Desarrollo Sostenible e Información Ambiental.
- La persona titular de la Dirección de Consultoría Pública, de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo.
- Una persona asesora técnica de la Dirección de Consultoría Pública, de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo.
Sexto. Todos los productos generados en el marco de la encomienda como pudieran ser publicaciones, material didáctico, material divulgativo o recursos de comunicación, entre otros, serán propiedad de la Consejería de Medio Ambiente, requiriendo su uso por parte de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo la previa autorización de esta Consejería.
Séptimo. En toda divulgación o publicidad que se realice de las actuaciones previstas en esta encomienda de gestión se hará referencia expresa a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y a que se efectúa en desarrollo del Programa Operativo del Fondo Social Europeo de Andalucía 2007-2013, según lo establecido en el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, en sus artículos 8 y 9.
Por otra parte, y de acuerdo con lo previsto en el art. 6 del Rto. 1828/2006, la aceptación de la financiación comunitaria implica la aceptación expresa de la publicación del nombre de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo en la lista de beneficiarios prevista en el art. 7.2.a) del mismo Rto.
Octavo. La presente Encomienda de Gestión tendrá una duración equivalente al periodo de ejecución, justificación y evaluación del Plan Andaluz de Formación Ambiental. No obstante lo anterior, llegado el término establecido para su vencimiento de la presente encomienda, la misma quedará resuelta de hecho y de pleno derecho, sin posibilidad de prórroga, pero sin perjuicio de que se celebre una nueva encomienda si ambas partes así lo quisieran.
Noveno. La presente Orden de Encomienda de Gestión no será modificada o corregida, excepto por el expreso consentimiento de las partes.
Décimo. Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de as Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO
FUNCIONES Y TRABAJOS A ASUMIR EN LA ENCOMIENDA POR LA QUE SE REGULA LA PARTICIPACIÓN DE LA FUNDACIÓN ANDALUZA FONDO DE FORMACIÓN Y EMPLEO
Creación de una herramienta útil y flexible para la gestión y coordinación del Plan Andaluz de Formación Ambiental:
- Elaboración de un protocolo de gestión del Plan de Formación bajo las premisas y directrices de la DG de Desarrollo Sostenible e Información Ambiental.
- Elaboración de la memoria técnica para la puesta en marcha de la Oficina Técnica.
- Diseño metodológico del diagnóstico de necesidades formativas del sector ambiental en Andalucía.
Identificación de las necesidades formativas a corto y medio plazo:
- Análisis de fuentes secundarias.
- Cuestionario semiestructurado a personas trabajadoras del sector.
- Grupos de personas expertas.
- Panel Anual: realización de un panel anual para ajustar las acciones a las nuevas necesidades que puedan ir surgiendo.
Diseño y programación de actividades formativas:
- Propuesta de contenidos y ponentes para las acciones formativas.
- Coordinación con otras entidades que desarrollen acciones el marco del Plan.
- Elaboración de material didáctico de las acciones formativas o coordinación y seguimiento del mismo.
Coordinación y gestión de acciones derivadas de la puesta en marcha del Plan:
- Elaboración de un plan de seguimiento y evaluación adecuado a las características de las acciones formativas que se planteen
- Difusión del plan: configuración de las convocatorias, recursos de comunicación y proceso de captación del alumnado.
- Gestión correspondiente al alumnado participante (requerimiento de documentación, confirmaciones de solicitudes, elaboración de listados provisionales y definitivos, entrega de certificados, etc.).
- Definición de modelo de recogida y análisis de información, incluyendo indicadores cuantitativos y cualitativos específicos.
- Desarrollo de instrumentos telemáticos para recogida de información sobre actuaciones desarrolladas.
- Recogida periódica de información de las actuaciones desarrolladas.
- Explotación periódica de la información, incluyendo la elaboración de informes (intermedios y final) de seguimiento y evaluación.
- Elaboración de informes de resultados e impacto, con propuesta de mejora de las actuaciones en curso.
- Coherencia ambiental en la gestión de las infraestructuras utilizadas para el desarrollo de las acciones formativas.
Diseño y la implementación de estrategias de evaluación del Plan Andaluz de Formación Ambiental, lo que incluye:
- Diseño y elaboración de los indicadores para la evaluación del Plan.
- Elaboración de memorias e informes parciales y finales.
- Seguimiento audiovisual y fotográfico de las acciones formativas.
- Propuesta de estrategia y elaboración de informes de evaluación del Plan.
Asistencia técnica a la DG de Desarrollo Sostenible e Información Ambiental en las acciones emanadas de la puesta en marcha del Plan:
- Elaboración de un estudio sobre la naturaleza y alcance de las redes nacionales y europeas existentes sobre formación ambiental.
- Evaluación de la pertinencia de la participación de dicha Dirección en las distintas redes existentes.
- Apoyo a la creación de nuevas redes, que sirvan de plataforma para el intercambio y el diálogo de conocimientos y experiencias entre servicios públicos y empresas del sector.
- Ayudar a conocer y a resolver los problemas ambientales en Andalucía consiguiendo la implicación de todos los agentes sociales en la puesta en marcha del Plan, creando un espacio de relación y acción.
- Impulsar la adopción de compromisos institucionales y la coherencia ambiental a través del reconocimiento social de los avances conseguidos con el Plan Andaluz de Formación Ambiental.
La encomienda de estas actividades no implicará, en ningún caso, la atribución de potestades, funciones o facultades sujetas a Derecho Administrativo. A título de ejemplo, la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo no podrá:
- Dictar actos administrativos.
- Notificar actos, requerimientos u oficios dictados por la Consejería Encomendante.
- Recepcionar escritos que deban presentarse en el Registro de la Consejería Encomendante.
- Ejercer potestad sancionadora alguna.
- Proceder a la ejecución forzosa de los actos administrativos dictados por la Consejería Encomendante.
- Ejercer la revisión de oficio de los actos administrativos dictados por la Consejería Encomendante.
Sevilla, 16 de noviembre de 2009
María Cinta Castillo Jiménez
Consejera de Medio Ambiente
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