Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 10/02/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 26 de enero de 2009, de la Dirección Provincial de Almería del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se hace publico el Acuerdo de 23 de enero de 2009, de la Secretaria General de esta Dirección Provincial, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo en el personal funcionario que se cita.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos, privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde al Jefe de Servicio en el supuesto de no existir jefaturas de Sección.

La Secretaría General de esta Dirección Provincial es la responsable de la expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados en la misma y, por razones de agilidad y eficacia administrativas de la propia Dirección Provincial, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del articulo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del art. 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

Por cuanto antecede, esta Delegación

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 23 de enero de 2009, de la Secretaría General de esta Dirección Provincial, por el que se delega la competencias de expedir copias autenticadas mediante cotejo con el personal que se cita, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.

Almería, 26 de enero de 2009.- La Directora (Orden de 14.7.2004), Francisca Pérez Laborda.

ACUERDO

Acuerdo de 20 de enero de 2009, de la Secretaría General de la Delegación Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Almería, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo en el personal funcionario que se cita.

Primero. La competencia de la expedición de copias auténticas de documentos, privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, atribuida a la Secretaría General de esta Dirección Provincial, a tenor de lo dispuesto en el art. 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios, en lo relativo a los servicios y unidades administrativas con adscripción a esta Delegación Provincial, queda delegada en los funcionarios que desempeñen los puestos de trabajo que a continuación se citan:

Código 10976810, Director/a ATE.

Código 11619910, Asesor Técnico.

Código 11612010, Área Demandas.

Código 10974110, Área Acogida e Información.

Código 11612110, Área Demandas.

Código 10976410, Área Acogida e Información.

Código 11612610, Área Demandas.

Código 10975410, Área Acogida e Información.

Código 10977510, Director/a Oficina Local.

Código 11144210, Área de Intermediación.

Código 11144510, Área de Intermediación.

Código 10979410, Director/a ATE.

Código 11620110, Asesor/a Técnico.

Código 10987210, Área de Intermediación.

Código 11612410, Área Demandas.

Código 10981810, Área Acogida e Información.

Código 10984710, Área de Demandas.

Código 10984910, Área Acogida e Información.

Código 10989810, Director/a ATE.

Código 11627610, Asesor/a Técnico.

Código 10993210, Director/a Oficina Local.

Código 11144010, Área de Intermediación.

Código 11144310, Área de Intermediación.

Código 11610610, Área Demanda.

Código 10890610, Área Acogida e Información.

Código 11611010, Área Demandas.

Código 10992310, Área Acogida e Información.

Código 11140410, Director/a de Oficina.

Código 10993910, Área de Intermediación.

Código 8681410, Asesor/a Técnico.

Segundo. La presente delegación de competencias se realiza en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 47 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente a su publicación.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia. Almería, a 23 de enero de 2009. El Secretario General. Fdo.: Ángel Segura Valera.

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