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De conformidad con lo establecido en el artículo 10.2 de la Orden de 24 de julio de 1996, por la que se regula el procedimiento para la determinación de las zonas que tengan la condición de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales, se hace público que, por Orden de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de fecha 20 de enero de 2009, se declara al municipio de Punta Umbría (Huelva) zona de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales, teniendo los establecimientos ubicados en el municipio libertad horaria durante el siguiente período:
a) Desde el 1 de julio al 15 de septiembre, ambos incluidos, de los años 2009, 2010, 2011 y 2012.
Sevilla, 27 de enero de 2009.- La Directora General, M.ª Dolores Atienza Mantero.
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