Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 10/02/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 15 de diciembre de 2008, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de Autos 388/2008.

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Procedimiento: Social Ordinario 388/2008 Negociado: AA.

Sobre: Reclamación de Cantidad.

NIG: 2906744S20086000094.

De: Don Daniel Romero Cabrera.

Contra: Montaje de Carpintería Jacasur, S.L.

EDICTO

Doña M.ª del Carmen Ortega Ugena, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 388/2008 a instancia de la parte actora don Daniel Romero Cabrera contra Montaje de Carpintería Jacasur, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado Sentencia de fecha 24.11.08, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«F A L L O

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Daniel Romero Cabrera contra Montaje de Carpintería Jacasur, S.L., condenando a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 2.540,50 € euros.

Incorpórese la presente sentencia al correspondiente libro, librándose testimonio de la misma para su unión a autos y notifíquese a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma y de conformidad con la vigente Ley de Procedimiento Laboral cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social de Málaga, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente y debiendo si el recurrente es demandado consignar en la cuenta corriente núm. 2954, codf. 67, Ofc. 4160 que este Juzgado tiene abierta en el Banco Español de Crédito, sucursal de C/ Alameda de Colón, 34, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. Y la suma de veinticinco mil pesetas en la citada cuenta, codificación 65 del expresado Banco y sucursal.

Así por esta mi sentencia .definitivamente juzgado, lo pronuncio, mando y firmo.»

Y para que sirva de notificación al demandado Montaje de Carpintería Jacasur, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a quince de diciembre de dos mil ocho.- El/La Secretario/a Judicial.

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