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Acuerdo de fecha 11 de diciembre de 2008, de la Delegada Provincial en Cádiz de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por el que se ordena la notificación por edicto de resolución a doña M.ª Dolores Jiménez Pascuau, al estar en ignorado paradero en el expediente incoado.
En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse notificación y no poderse practicar, podrá comparecer, en el plazo de un mes, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en Cádiz, Pza. Asdrúbal, 6, edificio Junta de Andalucía, para la notificación del contenido íntegro de la Resolución de fecha 11 de diciembre de 2009, acordando constituir el acogimiento residencial de la menor M.B.J. en el centro de menores Divina Pastora, de Cádiz, y dejar sin efecto el acogimiento residencial anterior en el centro La Cañada, de Villamartín (Cádiz).
Se le significa que contra la misma podrá interponerse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital, conforme a los trámites prevenidos en los artículos 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 780 de la citada Ley Procesal.
Cádiz, 22 de enero de 2009.- La Delegada, Manuela Guntiñas López.
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