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El Decreto 116/2008, de 29 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, establece, en su artículo 8.b), que es competencia de la Dirección General de Patrimonio la gestión, conservación, mantenimiento y régimen de funcionamiento de los edificios administrativos que sean de uso múltiple, así como la designación del personal al que corresponderá la administración de los mismos.
El Real Decreto 1668/2008, de 17 de octubre, sobre ampliación de los medios patrimoniales traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía por varios Reales Decretos de traspasos de funciones y servicios, modifica la titularidad de los edificios administrativos de servicios múltiples de Almería, Córdoba y Málaga que se especifican en su Anexo, completando el traspaso de la titularidad de la totalidad de las superficies de dichos bienes inmuebles a la Comunidad Autónoma de Andalucía. Como consecuencia de la entrada en vigor del citado Real Decreto la gestión de estos edificios, que hasta ahora venía realizando la Administración del Estado, debe ser asumida por la Administración de la Junta de Andalucía, lo que implica la adopción de las correspondientes medidas.
Por otra parte, se halla en tramitación el Proyecto de Decreto en el que se procede a la regulación global e integrada del uso y gestión de los edificios destinados a sedes administrativas y, en especial, de los de uso múltiple, con objeto, entre otros aspectos, de garantizar su correcto mantenimiento y conservación.
Hasta la entrada en vigor de dicho Proyecto de Decreto, razones de eficacia administrativa aconsejan delegar en las personas titulares de las citadas Delegaciones Provinciales de Economía y Hacienda, como órganos competentes, en sus respectivos ámbitos territoriales, en materia de patrimonio de la Junta de Andalucía, las facultades de coordinación de la gestión de estos edificios, dictando, en su caso, las instrucciones que resulten necesarias.
En su virtud, en uso de las facultades conferidas, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Se delega en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda en Almería, Córdoba y Málaga, en función de su respectivo ámbito territorial, la coordinación de las facultades relativas a la gestión, conservación, mantenimiento y régimen de funcionamiento de edificios administrativos, establecidas en el articulo 8.b), párrafo primero, del Decreto 116/2008, de 29 de abril, en relación con los edificios de uso múltiple que se especifican en el Anexo del Real Decreto 1668/2008, de 17 de octubre, sobre ampliación de los medios patrimoniales traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía por varios Reales Decretos de traspasos de funciones y servicios.
Segundo. Las resoluciones e instrucciones que se adopten en virtud de la delegación de competencias recogida en la presente Resolución indicarán expresamente esta circunstancia.
Tercero. La presente Resolución producirá sus efectos a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 3 de febrero de 2009.- La Directora General, Isabel Mateos Guilarte.
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