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Con fecha 21 de mayo de 2007 tuvo entrada en el Registro General de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, escrito de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras mediante el que se remitía, conforme a lo regulado por el artículo 18.2.a) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, documento relativo al Plan Especial de Ordenación de la zona de servicio del Puerto Bahía de Algeciras, en los términos municipales de San Roque y La Línea de la Concepción, a los efectos de su tramitación y aprobación definitiva por la Consejería de Obras Públicas y Transportes. Al tratarse de un instrumento de planeamiento cuyo objeto, naturaleza y entidad tiene una clara incidencia e interés supramunicipal, al afectar territorialmente a los municipios de La Línea de la Concepción y San Roque, así como, de manera indirecta, a los municipios de Algeciras, Los Barrios y Tarifa, pues la Zona de Servicio del Puerto de la Bahía de Algeciras se extiende a través de estos cinco municipios; sin poder olvidar la influencia que ejerce fuera de estas localidades, al tratarse de un Puerto en el que se realizan actividades comerciales marítimas nacionales e internacionales, que sirve a industrias o establecimientos de importancia estratégica para la economía, donde el volumen anual y la características de sus actividades comerciales marítimas alcanzan niveles relevantes, etc.
En este sentido, se debe matizar que en virtud de lo dispuesto por el artículo 9.1 del Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril, de las Vicepresidencias y sobre reestructuración de Consejerías, es la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio quien actualmente tiene atribuida las competencias que hasta el momento venía ejerciendo la Consejería de Obras Públicas y Transportes en materia de ordenación del territorio, urbanismo, arquitectura y vivienda, siendo competente para continuar con la tramitación del expediente.
Examinada la documentación remitida y en virtud de lo establecido por el artículo 4.3.f) y 4.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, mediante oficio de fecha 3 de julio de 2007 se remite a la Dirección General de Urbanismo la solicitud presentada y un ejemplar del documento correspondiente al Plan Especial de Ordenación de la zona de servicio del Puerto Bahía de Algeciras, en los términos municipales de San Roque y La Línea de la Concepción.
En consecuencia, con fecha 22 de octubre de 2008, la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio dicta Orden acordando la admisión a trámite del Plan Especial de Ordenación de la zona de servicio del Puerto Bahía de Algeciras, en los términos municipales de La Línea de la Concepción y San Roque, y en la que dispone que será la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, en Cádiz, la competente para la instrucción del expediente, recayendo la aprobación definitiva del documento en el titular de dicha Consejería, previo informe de la Dirección General de Urbanismo.
La formulación del Plan Especial de Ordenación de la zona de servicio del Puerto Bahía de Algeciras, en los municipios de San Roque y La Línea de la Concepción, se ha realizado de conformidad con lo establecido por el artículo 18.2.a) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, y por el artículo 14.1.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA), por el cual, los Planes Especiales tienen por finalidad establecer, desarrollar y ejecutar infraestructuras; así como, de conformidad con el apartado 2.a) del citado artículo, al tratarse de un Plan Especial que se formula en coherencia con los Planes Generales de los referidos municipios.
El objeto del Plan Especial lo constituye la ordenación jurídica y urbanística de la zona de servicio del Puerto Bahía de Algeciras, incluida en los términos municipales de San Roque y La Línea de la Concepción, conforme a lo establecido por el artículo 18.1 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, que establece que la zona de servicio de los puertos estatales se ha de calificar en los planes generales y demás instrumentos generales de ordenación urbanística como sistema general portuario, especificando que ese sistema general debe ser desarrollado a través de un Plan Especial o instrumento equivalente.
A tenor de lo anteriormente expuesto, visto el informe técnico-jurídico de 22 de enero de 2009, emitido por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Provincial, se resuelve:
Primero. Aprobar inicialmente el Plan Especial de Ordenación de la zona de servicio del Puerto Bahía de Algeciras, en los municipios de San Roque y La Línea de la Concepción. No obstante, el documento de aprobación provisional deberá tener en cuenta las observaciones o correcciones que se recogen en el Anexo de la presente Resolución; así como, todas aquéllas que pudieran derivarse de los informes sectoriales emitidos durante la tramitación del documento o del resultado de la información pública.
Segundo. Someter a información pública por período de un mes el documento de Plan Especial de Ordenación de la zona de servicio del Puerto Bahía de Algeciras, en los municipios de San Roque y La Línea de la Concepción, así como el expediente tramitado, mediante la correspondiente publicación de anuncios en el Boletín Oficial correspondiente, que en este caso, y según lo dispuesto en el apartado Cuarto de la Disposición Adicional Tercera del Decreto 525/2008, de 18 de diciembre, será el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía; en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia, y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos afectados, de conformidad con lo establecido por el artículo 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Durante el referido periodo quedarán, tanto el documento técnico como el expediente administrativo, a disposición de cualquier persona que quiera examinarlo y presentar, en su caso, las alegaciones que estimasen pertinentes.
Tercero. Conceder audiencia a los Ayuntamientos de San Roque y La Línea de la Concepción, como municipios afectados por la tramitación del presente Plan Especial, para que, tal y como se establece en el artículo 32 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en relación con el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, en el plazo de 10 días, si así lo estiman conveniente, puedan comparecer en el procedimiento y hacer valer las exigencias que deriven de los intereses que representan.
Cuarto. Notificar este acuerdo a la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, como orgáno que promueve la actuación, así como a aquellas Administraciones gestoras de intereses públicos cuyas competencias resultan afectadas por la tramitación del Plan Especial de Ordenación de la zona de servicio del Puerto Bahía de Algeciras, en los municipios de San Roque y La Línea de la Concepción, para que aporten los informes sectoriales que deben ser emitidos en esta fase del procedimiento, tal y como se regula por el artículo 32.1.2º de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. En concreto, y conforme a lo indicado en el informe técnico-jurídico de fecha 22 de enero de 2009, emitido por esta Delegación Provincial, se considera necesario recabar informe de los siguientes organismos: Ministerio de Medio Ambiente (Demarcación de Costas), Ministerio de Fomento (Carreteras y Ferrocarriles), Ministerio de Defensa, Ministerio de Asuntos Exteriores, Consejería de Medio Ambiente, Agencia Andaluza del Agua.
Al mismo tiempo se deberá practicar, de forma simultánea, la comunicación a los restantes órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos con relevancia o incidencia territorial, para que, si así lo estimasen pertinente, puedan comparecer en el procedimiento, y hacer valer las exigencias que deriven de dichos intereses.
Cádiz, 17 de febrero de 2009.- El Delegado, Gabriel Almagro Montes de Oca.
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