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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 109 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, procede hacer pública la concesión de las subvenciones, en el año 2008, que figuran en el Anexo de esta Resolución.
Córdoba, 6 de febrero de 2009.- El Delegado, Francisco J. Zurera Aragón.
ANEXO
Normativa reguladora.
El Real Decreto 1470/2007, de 2 de noviembre, en su disposición adicional segunda, declara de utilidad pública la lucha contra la mosca del olivo, Bactrocera Oleae, y faculta al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino para colaborar con las Comunidades Autónomas que hayan declarado la existencia de la plaga y establecido programas de control, en la financiación de los gastos correspondientes de las medidas que se establezcan. La Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 9 de mayo de 2008 establece las medidas fitosanitarias obligatorias incluidas en los Programas Nacionales de control y lucha contra las plagas y se regulan las ayudas para su ejecución.
Finalidad.
1. Establecer las medidas fitosanitarias obligatorias incluidas en los Programas Nacionales de control y lucha contra las plagas de: Ceratitis capitata Wiedeman, insectos vectores de los virus de los cultivos hortícolas y Bactrocera oleae Gmel.
2. Establecer las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para la ejecución de dichas medidas.
3. Establecer la duración de la campaña agrícola en la que se ejecutarán las medidas objeto de la ayuda.
Aplicaciones Presupuestarias:
0.1.16.00.01.14.772.05.71B.8
1.1.16.00.18.14.772.23.71B.3.2006
0.1.16.00.18.14.722.23.71B.9
0.1.16.00.01.14.742.05.71B.0
1.1.16.00.18.14.742.23.71B.7.2007
0.1.16.00.18.14.742.23.71B.
RELACIÓN DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS DE LAS AYUDAS PARA LA EJECUCIÓN DE MEDIDAS DE CONTROL CONTRA BACTROCERA OLEAE GMEL. (MOSCA DEL OLIVO) EN LA PROVINCIA DE CORDOBA PARA EL AÑO 2008
CO.DE.BA., S.C.A. (Comarca de Baena), F-14201073, 145.214,87.
Olivarera San Isidro, S.C.A. (Castro del Río), F-14012330, 26.199,00.
Ntra. Madre del Sol, S.C.A. (Adamuz), F-14011464, 44.769,51.
Hojiblanca, S.C.A. (Villaviciosa y Espiel), F-29249018, 13.869,00.
C.R.D.O. Priego de Córdoba, Q1471008A, 110.593,07.
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