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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 53/2007, de 20 de febrero (BOJA núm. 40, de 23 de febrero), por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados, a excepción de los universitarios, y en el artículo 3 de la Orden de 24 de febrero de 2007 (BOJA núm. 41, de 26 de febrero), de la Consejería de Educación, por la que se desarrolla dicho procedimiento, esta Delegación Provincial, oído el Consejo Escolar Provincial y, en su caso, los Consejos Escolares Municipales, ha resuelto aprobar las áreas de influencia y limítrofes de los centros docentes que imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
La delimitación de las áreas de influencia y limítrofes, con la relación de calles por municipios que las integran, quedará expuesta en el tablón de anuncios de esta Delegación Provincial desde la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta la finalización del mes de mayo próximo. Aquellas calles no incluidas en la citada relación y que se encuentren dentro del perímetro de cada una de las áreas de influencia de los centros se considerarán incluidas dentro del área de influencia que les corresponda.
Las áreas de influencia y limítrofes aprobadas por esta Resolución estarán vigentes en los procedimientos de admisión del alumnado que se lleven a cabo a partir de la publicación de esta Resolución en tanto no se modifiquen en la forma prevista en el artículo 3 de la Orden de 24 de febrero antes citada.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante esta Delegación Provincial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cádiz, 16 de febrero de 2009.- El Delegado, Manuel Brenes Rivas.
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