Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 09/01/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Mercantil

Edicto de 13 de junio de 2008, del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Málaga, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 81/2007. (PD. 3/2009).

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Número de Identificación General: 2906747M20071000096.

Procedimiento: Juicio Ordinario 81/2007. Negociado: MJ.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Málaga.

Juicio: Juicio Ordinario 81/2007.

Parte demandante: Lyntel Sur, S.L.

Parte demandada: Santiago Ruiz García, Antonio Priego Pedraza, Estefanía Rios Rivas y Sajetel, S.C.A.

Sobre: Juicio Ordinario.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 11 de marzo de 2008, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de:

SENTENCIA. 168/08

En Málaga a 26 de mayo de 2008.

Vistos por mí, Enrique Sanjuán y Muñoz, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Málaga, los autos del Procedimiento Ordinario registrado con el número 81 del año 2007, iniciados por el/la Procurador Sr./a. don/doña Chávez Vergara en nombre y representación de Lyntel Sur, S.L., defendida por el/la abogado/a don/doña Pérez Sanz, contra Sajetel, S.C.A., Estefanía Ríos Rivas, Santiago Ruiz García y Antonio Priego Pedraza, en rebeldía, vengo a resolver conforme a los siguientes.

El objeto del procedimiento ha sido la reclamación de cantidad a los codemandados derivado de impago de suministros y responsabilidad del administrador, acumulando varias acciones.

FALLO

Que estimo totalmente la demanda presentada por el/la procurador Sr./a. don/doña Chávez Vergara en nombre y representación de Lyntel Sur, S.L., defendida por el/la abogado/a don/doña Pérez Sanz, contra Sajetel, S.C.A., Estefanía Ríos Rivas, Santiago Ruiz García y Antonio Priego Pedraza, en rebeldía y en consecuencia:

Primero: Debo condenar y condeno a los demandados a que abonen al actor la cuantía de ciento setenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y cuatro euros con noventa y un céntimos (175.484,91 €), más intereses de dicha cantidad conforme al fundamento de derecho tercero.

Segundo: Con expresa imposición de costas al demandado.

Notifíquese la presente haciéndoles saber a las partes que la presente resolución no es firme y que frente a ella cabe recurso de apelación a preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días y que será resuelto por la Sección 6.ª de la Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta resolución, lo pronuncio, mando y firmo.

Magistrado.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Santiago Ruiz García, Antonio Priego Pedraza, Estefanía Ríos Rivas y Sajetel, S.C.A., extiendo y firmo la presente en Málaga a trece de junio de dos mil ocho.- El/La Secretario/a Judicial.

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