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Número de Identificación General: 2906747M20071000096.
Procedimiento: Juicio Ordinario 81/2007. Negociado: MJ.
EDICTO
Juzgado: Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Málaga.
Juicio: Juicio Ordinario 81/2007.
Parte demandante: Lyntel Sur, S.L.
Parte demandada: Santiago Ruiz García, Antonio Priego Pedraza, Estefanía Rios Rivas y Sajetel, S.C.A.
Sobre: Juicio Ordinario.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 11 de marzo de 2008, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de:
SENTENCIA. 168/08
En Málaga a 26 de mayo de 2008.
Vistos por mí, Enrique Sanjuán y Muñoz, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Málaga, los autos del Procedimiento Ordinario registrado con el número 81 del año 2007, iniciados por el/la Procurador Sr./a. don/doña Chávez Vergara en nombre y representación de Lyntel Sur, S.L., defendida por el/la abogado/a don/doña Pérez Sanz, contra Sajetel, S.C.A., Estefanía Ríos Rivas, Santiago Ruiz García y Antonio Priego Pedraza, en rebeldía, vengo a resolver conforme a los siguientes.
El objeto del procedimiento ha sido la reclamación de cantidad a los codemandados derivado de impago de suministros y responsabilidad del administrador, acumulando varias acciones.
FALLO
Que estimo totalmente la demanda presentada por el/la procurador Sr./a. don/doña Chávez Vergara en nombre y representación de Lyntel Sur, S.L., defendida por el/la abogado/a don/doña Pérez Sanz, contra Sajetel, S.C.A., Estefanía Ríos Rivas, Santiago Ruiz García y Antonio Priego Pedraza, en rebeldía y en consecuencia:
Primero: Debo condenar y condeno a los demandados a que abonen al actor la cuantía de ciento setenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y cuatro euros con noventa y un céntimos (175.484,91 €), más intereses de dicha cantidad conforme al fundamento de derecho tercero.
Segundo: Con expresa imposición de costas al demandado.
Notifíquese la presente haciéndoles saber a las partes que la presente resolución no es firme y que frente a ella cabe recurso de apelación a preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días y que será resuelto por la Sección 6.ª de la Audiencia Provincial de Málaga.
Así por esta resolución, lo pronuncio, mando y firmo.
Magistrado.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Santiago Ruiz García, Antonio Priego Pedraza, Estefanía Ríos Rivas y Sajetel, S.C.A., extiendo y firmo la presente en Málaga a trece de junio de dos mil ocho.- El/La Secretario/a Judicial.
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