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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de Acogimiento Familiar y Adopción, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, de fecha 25.2.09, adoptada en el expediente de protección 373-2007-2100033-1, relativo al menor Y.S.C., a la madre del mismo, doña Ana Salas Campos, por el que se acuerda:
1. Mantener la Declaración de la Situación Legal de Desamparo del menor Y.S.C. nacido el día 31.12.05, así como la asunción de la tutela por ministerio legal
2. Constituir el Acogimiento Familiar Provisional del menor mediante la suscripción del documento de formalización de dicho acogimiento familiar con las personas seleccionadas a tal efecto.
3. El acogimiento se constituye con carácter Preadoptivo y con las condiciones establecidas en el Acta de Condiciones del Acogimiento.
4. Formular ante el Juzgado de Primera Instancia competente la oportuna Propuesta de Constitución Judicial del mencionado acogimiento
5. Cesar el Acogimiento Residencial del menor en el Centro de Protección Ciudad de los Niños de Huelva
Contra la presente Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital por los trámites que establecen los arts. 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa.
Huelva, 25 de febrero de 2009.- La Presidenta de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, Carmen Lloret Miserachs.
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