Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 30/03/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 4 de febrero de 2009, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Algeciras (Cádiz). (PP. 378/2009).

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De conformidad con lo establecido en el Acuerdo de 22 de enero de 1986, sobre tarifas máximas de aplicación a los servicios de transporte de viajeros en automóviles ligeros, modificado por el Acuerdo de 30 de septiembre de 2008 del Consejo de Gobierno para dicho ejercicio; vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por el Ayuntamiento de Algeciras (Cádiz), y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 26 de la Orden de 22 de febrero de 2005, que delega competencias en diversas materias en órganos de la Consejería de Economía y Hacienda,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

ConceptoIVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera1,20 euros

Kilómetro recorrido0,71 euros

Hora de espera16,56 euros

Carrera mínima3,40 euros

La tarifa 1 será de aplicación los días laborables desde las 7,00 horas hasta las 22,00 horas.

Tarifa 2

Bajada de bandera1,52 euros

Kilómetro recorrido0,92 euros

Hora de espera20,67 euros

Carrera mínima4,25 euros

La tarifa 2 se aplicará en los siguientes supuestos:

- Días laborables desde las 22,00 horas a las 7,00 horas.

- Sábados, domingos, festivos, días de Carnaval, días de Feria de junio y días 24 y 31 de diciembre, desde las 0 horas hasta las 24 horas.

- Vísperas de festivos a partir de las 14,00 horas.

La carrera mínima aparecerá cuando se pulse el taxímetro para iniciar el servicio, tanto en la tarifa 1 como en la tarifa 2.

Suplementos:

- Por cada maleta o bulto de más de 60 cm0,44 euros

- Al espigón de Isla Verde o Muelle de Navío 1,79 euros

- Servicio desde las paradas del Puerto,

Estación de Autobuses y Renfe0,87 euros

- A la Prisión de Botafuegos0,87 euros

- Servicios realizados durante la Feria

de junio, desde o hacia el recinto ferial

desde las 22 horas a las 6 horas 0,87 euros

- Los días 25 de diciembre y 1 de enero

desde las 0 horas a las 24 horas 25% sobre lo que

marque el taxímetro

- Los sábados, domingos, festivos

y días de Feria de junio desde las 2 horas

hasta las 7 horas1,62 euros

- Por cada animal (perros/gatos),

excepto perros guías 1,04 euros

Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo ante esta Viceconsejería, recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo señalado en los artículos 48, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Sevilla, según disponen los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 4 de febrero de 2009.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.

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