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En fecha 19 de marzo de 2009, se ha dictado la siguiente resolución de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud:
«Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Ocho de Sevilla se ha efectuado requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al recurso P.A. núm. 755/07, interpuesto por don Agustín Saiz de Marco y otros contra la Resolución de 31 de enero de 2007, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del SAS, por la que se aprueba, a propuesta del Tribunal Calificador que ha valorado las pruebas selectivas, la resolución definitiva de la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Pediatras EBAP, y se anuncia la publicación de las relaciones definitivas en los tablones de anuncios de los SS.CC. del SAS y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud.
De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran.
Emplácese a cuantos aparecen como interesados en dicho expediente para que puedan personarse ante el órgano jurisdiccional como demandados. Sevilla, a 19 de marzo de 2009. El Director General de Personal y Desarrollo Profesional. Fdo: Rafael Burgos Rodríguez.»
Por dicho Órgano Judicial, se señala para la celebración de la vista el día 13 de abril de 2009, a las 10,15 horas.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el Organo Jurisdiccional,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo, P.A. núm. 755/07.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que, de conformidad con el artículo 78 en relación con el 49.1 de la Ley del a Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante dicho Juzgado en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y que, de no hacerlo oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.
Sevilla, 19 de marzo de 2009.- El Director General, Rafael Burgos Rodríguez.
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