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Expte. MO/00001/2006.
Visto el expediente núm. MO/00001/2006 de deslinde del monte público «Sierra de Alcolea», número 9 del CUP, con Código de la Junta de Andalucía AL-30016-CAY, propiedad del Ayuntamiento de Alcolea, y situado en su término municipal, provincia de Almería, instruido y tramitado por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en la provincia, resultan los siguientes
HECHOS
1. El expediente de deslinde del monte público «Sierra de Alcolea» surge ante la necesidad de determinar el perímetro exterior y los enclavados de dicho monte público.
2. Mediante Resolución de la Consejera de Medio Ambiente de 7 de marzo de 2006 se acordó el inicio del deslinde administrativo de dicho monte, y habiéndose acordado que la operación de deslinde se realizase por el procedimiento ordinario según recoge el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, se publica en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Alcolea, Bayárcal, Berja, Laujar de Andarax, Nevada, Paterna del Río y Ugíjar, en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 114, de 16 de junio de 2006, y BOJA número 111, de 12 de junio de 2006, el anuncio de Resolución de inicio de deslinde.
3. Los trabajos materiales de deslinde de las líneas provisionales, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 12 de diciembre de 2006, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado, el citado extremo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm. 215, de 9 de noviembre de 2006, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 211, de 31 de octubre de 2006, y tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Alcolea, Bayárcal, Berja, Laujar de Andarax, Nevada, Paterna del Río y Ugíjar.
4. Durante los meses de diciembre del año 2006 a marzo del año 2008 se realizaron las operaciones materiales de deslinde, colocando en todo el perímetro del monte y en sus enclavados un total de 974 piquetes de deslinde.
5. Anunciado el período de exposición pública y alegaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm. 135, de 16 de julio de 2008, y notificado a los interesados conocidos durante el plazo de 30 días, se recibió un total de diecisiete alegaciones. Con fecha 18 de diciembre de 2008 se emite el informe preceptivo por Servicios Jurídicos Provinciales de Almería. Fuera del plazo de alegaciones fue presentada alegación en fecha 6 de noviembre de 2008 por Francisco Pérez Briones, alegación que pese a presentarse fuera de plazo fue estudiada y estimada al amparo del dictado realizado por los Servicios Jurídicos Provinciales de Almería en el mencionado Informe.
6. Posteriormente a esa fecha, se procedió a citar a los particulares cuyas alegaciones habían sido estimada, los días 12, 15 y 22 de enero de 2009, con objeto de realizar las modificaciones a la linde estimada, tal y como consta en las actas levantadas al efecto en dichas jornadas. Tras las modificaciones, el número total de piquetes de deslinde quedó en 995, correspondientes a perímetro exterior y enclavados del monte.
7. Habida cuenta de que el emplazamiento de cada uno de los piquetes que determinan el perímetro del monte se describe con precisión en las actas de apeo y quedan fielmente representados en los planos y registros topográficos que obran en el expediente.
A los anteriores hechos les resulta de aplicación las siguientes normas: Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, Decreto 485/1962, de 22 de febrero, que aprueba el Reglamento de Montes, Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.
A la vista de lo anterior, esta Consejería de Medio Ambiente
RESUELVE
1.º Aprobar el expediente de deslinde del monte público «Sierra de Alcolea», número 9 del CUP, Código de la Junta de Andalucía AL-30016-CAY, propiedad del Ayuntamiento de Alcolea y situado en su término municipal, de acuerdo con las Actas, Planos e Informes técnicos y Registro Topográfico que se incorpora en el Anexo de la presente Orden.
2.º Que estando inscrito el monte público en el Registro de la Propiedad de Canjáyar con los siguientes datos registrales:
Monte público: «Sierra de Alcolea».
Tomo: 85.
Libro: 5.
Folio: 56.
Finca: 857.
Inscripción: 1.ª
Una vez firme la aprobación del deslinde y en virtud del artículo 133 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes, se proceda a la inmatriculación del monte o inscripción del deslinde en el Registro de la Propiedad, con cada uno de los piquetes del deslinde que se detallan en el Registro Topográfico final que obra en el expediente.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.
Sevilla, 26 de febrero de 2009
María Cinta Castillo Jiménez
Consejera de Medio Ambiente
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