Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 14/04/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 12 de marzo de 2009, por la que se concede la autorización para su apertura y funcionamiento a la Escuela Municipal de Música y Danza «Manuel Cano Tamayo» de Ogíjares (Granada).

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Visto el expediente tramitado a instancia del Excmo. Ayuntamiento de Ogíjares (Granada), por el que se solicita autorización de una Escuela Municipal de Música y Danza, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 233/1997, de 7 de octubre (BOJA del 11), por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza, en el Decreto 16/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las enseñanzas Elementales de Danza en Andalucía, y en el Decreto 17/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las enseñanzas Elementales de Música en Andalucía.

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la citada Delegación Provincial y de la Coordinación Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas (BOE de 28 de abril); el Decreto 233/1997, de 7 de octubre (BOJA del 11), por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza; el Decreto 16/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Danza en Andalucía; el Decreto 17/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Música en Andalucía y demás disposiciones complementarias.

Considerando que se han cumplido todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Autorizar la apertura y el funcionamiento de la escuela municipal de música y danza que se describe a continuación:

Denominación genérica: Escuela Municipal de Música y Danza.

Denominación específica: «Manuel Cano Tamayo».

Titular: Excmo. Ayuntamiento de Ogíjares.

Código del Centro: 18013599.

Domicilio: Severo Ochoa, s/n.

Localidad: Ogíjares.

Municipio: Ogíjares.

Provincia: Granada.

Ámbitos formativos de las enseñanzas de iniciación a la música que se autorizan:

- Música y movimiento.

- Práctica instrumental: Piano, violín, viola, violonchelo, guitarra clásica, guitarra flamenca, flauta, clarinete, saxofón, trompeta, trompa, trombón, tuba y percusión.

- Formación musical complementaria a la práctica de la música.

- Actividades de grupo.

Ámbitos formativos de las enseñanzas de iniciación a la danza que se autorizan:

- Música y movimiento.

- Danza clásica, Danza contemporánea y Baile flamenco.

Transitoriamente y hasta que se implanten dichas enseñanzas, de acuerdo con el calendario establecido en la disposición adicional segunda de los Decretos 16/2009 y 17/2009, ambos de 20 de enero, el centro podrá impartir las enseñanzas correspondientes, establecidas en el Decreto 233/1997, de 7 de octubre, por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza.

Segundo. Esta escuela municipal de música y danza será inscrita en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Tercero. El Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada velará por la adecuación de la escuela municipal de música y danza a lo establecido en los Decretos 233/1997, de 7 de octubre, 16/2009 y 17/2009, estos dos últimos de 20 de enero, asesorando al centro para un mejor cumplimiento de sus fines.

Cuarto. La Escuela Municipal de Música y Danza podrá expedir credenciales o diplomas de los estudios cursados por sus alumnos y alumnas sin que, en ningún caso, su texto o formato pueda inducir a error o confusión con los títulos elementales de música y danza.

Quinto. La Escuela Municipal de Música y Danza queda obligada al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar con antelación suficiente la oportuna revisión en el caso de producirse modificación en alguno de los datos que se señalan en la presente Orden.

Sexto. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de marzo de 2009

Teresa Jiménez Vílchez

Consejera de Educación

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