Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 21/04/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de marzo de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga, dimanante del juicio verbal (desahucio falta pago -250.1.1.) 1031/2008. (PD. 1045/2009).

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NIG: 2906742C20080019807.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 1031/2008. Negociado: JA.

Sobre: Desahucio por falta de pago más reclamación de las rentas.

De: Com. Prop. Edif. C/ Carraca, núm. 5, de Málaga.

Procuradora: Sra. María Pía Torres Chaneta.

Contra: Don/Doña Emeka Chris Ewuzie.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 1031/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga a instancia de Com. Prop. Edif. C/ Carraca, núm. 5, de Málaga, contra don/doña Emeka Chris Ewuzie sobre desahucio por falta de pago más reclamación de las rentas, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 57

En la ciudad de Málaga, a 2 de marzo de 2009.

Don Ramón Jiménez León, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Doce de los de Málaga, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal de desahucio número 1031/08, seguidos como demandante por la Comunidad de Propietarios del edificio de calle Carraca, número 5, de Málaga, representada por la Procuradora Sra. Torres Chaneta y asistida por el Letrado/a Sr/a. Torres Domínguez y como demandado/a por don/doña Emeka Chris Ewuzie, en rebeldía procesal, sobre resolución de contrato de arrendamiento por falta de pago de la renta y reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios del edificio de calle Carraca, número 5, de Málaga, representado/a por la Procuradora Sra. Torres contra don Emeka Chris Ewuzie, acuerdo:

1.º Declarar resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 10 de junio de 2003 suscrito entre las partes respecto de la vivienda ático del edificio denominado Parque Victoria Eugenia, bloque A-2, sito en calle Carraca, número 5, de Málaga, condenando a la parte demandada a que en el plazo que se le señale deje dicha vivienda libre y a disposición de la actora si no lo hubiera hecho con anterioridad.

2.º Condenar a la parte demandada a que abone a la actora la suma de 2.960,50 € por las mensualidades adeudadas y las posteriores que en su caso vayan venciendo sin ser satisfechas.

3.º Condenar a la parte demandada al pago a la actora de las costas devengadas en el pleito.

Hágase saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de su notificación, debiendo acreditar por escrito en su momento hallarse al corriente en el pago de las rentas vencidas y las que, con arreglo al contrato, deba pagar adelantadas.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Emeka Chris Ewuzie, extiendo y firmo la presente en Málaga, a diecinueve de marzo de dos mil nueve.- El Secretario Judicial.

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