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La Orden de 26 de junio de 2007, de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer a Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios y Consorcios para el desarrollo del Programa de Unidades de Empleo de Mujeres (Unem), en su disposición final segunda señala que la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer efectuará las convocatorias anuales de dichas ayudas; así mismo, en su disposición final primera la faculta para adoptar las medidas necesarias en su ejecución y aplicación.
En uso de las facultades mencionadas y de conformidad con lo establecido en el Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Capítulo I del Título III de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, en la Ley anual del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el Reglamento regulador de los procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas, aprobado por Decreto 254/2001, de 20 de noviembre,
RESUELVO
1.º Se convoca la concesión de subvenciones en el ejercicio de 2009 a Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios y Consorcios para el desarrollo del Programa de Unidades de Empleo de Mujeres (Unem), de acuerdo con la Orden de 26 de junio de 2007, de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (BOJA núm. 134, de 9 de julio).
2.º El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presentación de la solicitud implicará que se autoriza a este Organismo para el tratamiento automatizado de todos los datos contenidos en ella.
3.º Las solicitudes deberán formularse conforme al modelo establecido en el Anexo 1 de la Orden reguladora, acompañadas de la documentación prevista en su artículo 8. Dicho Anexo y los de los números 2 y 3 que se citan en dicho artículo se encuentran disponibles en la página web del Instituto Andaluz de la Mujer: http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer.
4.º La financiación de las subvenciones a que se refiere la presente convocatoria se efectuará con cargo a los créditos presupuestarios del Instituto Andaluz de la Mujer, participando en la misma la Unión Europea a través del Fondo Social Europeo, y quedando su concesión condicionada a las disponibilidades presupuestarias del ejercicio 2009.
5.º El abono de las subvenciones que se concedan se llevará a cabo mediante un único pago, siempre que así lo posibilite la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009 u otra disposición.
6.º El plazo de ejecución de las acciones objeto de subvención será el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 y el plazo para justificar el empleo de la misma finalizará el día 31 de marzo de 2010.
Sevilla, 23 de diciembre de 2008.- La Directora, Soledad Pérez Rodríguez.
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