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En virtud de lo dispuesto en el art 14 de la Orden de 26 de febrero de 2010 (BOJA núm. 52, de 17 de marzo de 2010), este Servicio hace público lo siguiente:
Primero. En aplicación del artículo 7 de la Orden de 26 de febrero, del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y del artículo 11.4 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, tras revisar las solicitudes presentadas y comprobar que en algunas no se aporta la documentación exigida, procede requerir a las entidades interesadas que figuran en el Anexo para que subsanen las faltas o deficiencias que en el mismo se indican para cada una de ellas.
Segundo. El contenido íntegro del requerimiento será expuesto en el tablón de anuncios de la Consejería de Gobernación y Justicia, sito en Plaza Nueva, núm. 4, CP 41071 Sevilla, y en la página web de dicha consejería (www.juntadeandalucia.es/gobernacionyjusticia).
Tercero. El plazo para efectuar la subsanación es de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Se advierte a las personas interesadas que de no subsanarse dentro del plazo concedido se le tendrá por desistidas de su petición mediante Resolución dictada al efecto, conforme a lo dispuesto en el art. 7 de la Orden de 26 de febrero de 2010. Sevilla, 11 de mayo de 2010. La Jefa de Servicio de Inspección y Régimen Sancionador, Carmen Capitán Carmona.
Sevilla, 11 de mayo de 2010.- El Director General, Manuel Brenes Rivas.
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