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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Por Resolución de 6 de febrero de 2009, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Gobernación, se convocó una beca de formación en materia de voluntariado, al amparo de la Orden de 27 de septiembre de 2001, por la que se establecen las normas reguladoras para la concesión de becas de formación e investigación.
Segundo. Tras el correspondiente proceso de selección, dicha beca fue adjudicada mediante Resolución de 5 de febrero de 2010, del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería a don Natalio Hector López-Cuadra Rojas, tras la renuncia a la beca de la persona que la venía disfrutando, por un período de 4 meses, quien la aceptó y se incorporó con fecha de 8 de febrero de 2010.
Tercero. Demostrada la eficacia, dedicación y cualificación profesional de don Natalio Hector López-Cuadra Rojas, esta Delegación del Gobierno, conforme a lo previsto en el artículo 7 de la Orden de 27 de septiembre de 2001, así como en el punto 3 del Anexo a la Resolución de 6 de febrero de 2009, acuerda iniciar los trámites oportunos para la prórroga por otros doce meses de la citada beca.
VALORACIÓN JURÍDICA
Primero. El Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería es competente para dictar la presente Resolución, en virtud del artículo 11 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 27 de septiembre de 2001, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de dicha beca.
Segundo. Dicha beca se abonará por mensualidades vencidas, siendo la cuantía bruta de la asignación mensual de la misma 1.250 euros, de acuerdo cono 5 del Anexo de la Resolución de 6 de febrero de 2009.
Tercero. El adjudicatario de la beca continuará su Plan de Formación en este Centro Directivo, comenzando la prórroga a partir del día 17 de mayo de 2010.
Cuarto. El becario ha presentado una memoria de las actividades realizadas durante su período de formación en este Centro Directivo, así como escrito de aceptación de la prórroga.
Quinto. Existe dotación presupuestaria suficiente para el abono de la mencionada prórroga, con cargo a la aplicación presupuestaria: 0.1.09.00.02.04.482.00.31H.2.
Sexto. El becario deberá cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 116 del Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y en particular, las condiciones y obligaciones contempladas en los artículos 12, 13 y 14 de la Orden de 27 de septiembre de 2001.
En virtud de cuanto antecede en lo expuesto anteriormente,
RESUELVO
Prorrogar por un período de 12 meses la beca de formación en materia de voluntariado convocada por Resolución de 6 de febrero de 2009, y concedida mediante Resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, de 5 de febrero de 2010, a don Natalio Hector López-Cuadra Rojas, por un importe mensual de 1.250 euros, comenzando la prorroga de la beca el 17 de mayo de 2010 y terminando el 16 de mayo de 2011. La asignación mensual experimentará la correspondiente revisión con arreglo al Índice de Precios al Consumo, según establece el artículo 6.2 de la Orden de 27 de septiembre de 2001, una vez publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Almería, 13 de mayo de 2010.- El Delegado del Gobierno, Miguel Corpas Ibáñez.
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