Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 10/06/2010

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Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 27 de mayo de 2010, de la Secretaría General Técnica, referente al levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo de las obras del «Proyecto de reparación de daños y puesta en marcha de la EDAR de Badolatosa» (Sevilla).

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En el ámbito de cooperación de las actuaciones previstas en el «Convenio de Colaboración entre la Agencia Andaluza del Agua y el Consorcio Provincial de Aguas de Sevilla para la coordinación y mejora de la gestión en infraestructuras de los servicios públicos del ciclo integral del agua en los ámbitos territoriales correspondientes de la provincia de Sevilla», suscrito con fecha 24 de julio de 2006, se encuentra incluida la ejecución del «Proyecto de reparación de daños y puesta en marcha de la EDAR de Badolatosa» (Sevilla). Clave A5.341.1036/2111, que tiene por objeto paliar los desperfectos que presenta la planta depuradora tanto en obra civil como en instalaciones, así como la mejora de la red de saneamiento de la pedanía de La Corcoya, situada al sur de Badolatosa.

La Agencia Andaluza del Agua ha aprobado inicialmente con fecha 29 de julio de 2008 el citado proyecto, y se ha sometido el mismo al trámite de información pública, mediante Resolución de 24 de octubre de 2008, de la Dirección Provincial de la Agencia Andaluza del Agua en Sevilla, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 230, de 19 de noviembre de 2008, en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla núm. 276, de 27 de noviembre de 2008, y en el periódico «Diario El País», de 28 de noviembre de 2008, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Badolatosa, según certificación municipal obrante en el expediente, no habiéndose presentado alegaciones al mismo.

Con fecha 21 de mayo de 2010, la Agencia Andaluza del Agua solicita a esta Consejería la incoación del correspondiente expediente expropiatorio, en nombre del Ayuntamiento de Badolatosa en calidad de beneficiario y expropiante, habiéndose adoptado por Acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 21 de febrero de 2008, la delegación del ejercicio de la potestad expropiatoria, en relación con los bienes y derechos necesarios para la ejecución del referido Proyecto.

Considerando que el citado Proyecto contiene la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos de necesaria expropiación o afección, la aprobación definitiva del mismo por Resolución de 11 de noviembre de 2009, del Director General de Infraestructuras y Explotación, conlleva implícitamente la declaración de utilidad pública del fin a que hayan de afectarse los bienes y derechos de que se trate, así como la necesidad de urgente ocupación, al objeto de la expropiación, ocupación temporal y definitiva o imposición o modificación de servidumbres, en aplicación de lo establecido en la disposición adicional vigésima de la Ley 7/1996, de 31 de junio, y conforme al artículo 128 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas; siendo de aplicación el procedimiento expropiatorio que regulan los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 56 y siguientes de su Reglamento, de 26 de abril de 1957.

A la vista de los antecedentes expuestos, esta Secretaría General Técnica, en ejercicio de las funciones atribuidas en el Decreto 139/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, ha resuelto:

Primero. Incoar la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de urgencia de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras correspondientes al «Proyecto de reparación de daños y puesta en marcha de la EDAR de Badolatosa» (Sevilla). Clave A5.341.1036/2111, que se desarrollarán en el término municipal de Badolatosa (Sevilla), según relación anexa de interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación, siendo el citado Ayuntamiento beneficiario final de los bienes y derechos expropiados.

Razones de operatividad y eficacia administrativa en relación con la ejecución de la obra hidráulica justifican que la Delegación Provincial de esta Consejería en Sevilla prosiga la tramitación del procedimiento, realizando todas las gestiones en orden a la ejecución del presente acuerdo, depósitos previos y ocupación, así como la tramitación del expediente en sus fases de justiprecio y pago.

Segundo. Convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados, que figuran en la relación adjunta, para que comparezcan en las dependencias del Ayuntamiento de Badolatosa el día 1 de julio de 2010, a las horas que figuran al final de esta convocatoria, al objeto de proceder al Levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de las fincas afectadas por las obras mencionadas. Todo ello sin perjuicio de que los intervinientes se podrán trasladar posteriormente, si fuese necesario, a la finca que se trata de ocupar, según lo dispuesto en el artículo 52, apartado 3.º, de la vigente Ley de Expropiación Forzosa.

Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien representados por persona provista de poder notarial para actuar en su nombre, exhibiendo los documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como la documentación acreditativa de su titularidad (aportando Certificado del Registro de la Propiedad de titularidad y cargas, escritura pública, los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles de los dos últimos años o fotocopias compulsadas de esos documentos y cualquier otro documento que estime pertinente). Podrán los comparecientes, si lo estiman oportuno, hacerse acompañar a su costa de peritos y Notario. En caso de incomparecencia se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal, según establece el artículo 5 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa.

La Delegación Provincial de esta Consejería en Sevilla dará traslado del emplazamiento a cada uno de los interesados mediante citación individual y a tenor de lo previsto en el artículo 59.4 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la modificación efectuada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la norma segunda del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y su exposición en el tablón oficial de edictos servirá como notificación a los posibles interesados que no hayan podido ser identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos, a aquellos de los que se ignore su domicilio y a los que intentada la correspondiente notificación no se hubiese podido practicar la misma.

En dicho acto se les entregarán las Hojas de valoración de los depósitos previos a la ocupación y de los perjuicios por la rápida ocupación, realizándose en un acto posterior el abono de los mismos, a cuenta del justiprecio final, o al depósito en la Caja Provincial en su caso, con lo que de acuerdo con el art. 52.6 de la LEF posteriormente se procederá a la inmediata ocupación. Por otro lado, cabe manifestación conjunta que interesa seguidamente se tramite el expediente en su fase de justiprecio y que los conceptos de depósitos previo a la ocupación e indemnización de los perjuicios derivados de la rápida ocupación, si fuesen procedentes, se tengan en cuenta en dicha fase, surtiendo la referida Acta los efectos de la Ocupación, adquiriéndose la disponibilidad sobre los terrenos expropiados en relación a la ejecución de las obras del proyecto referenciado. Según lo dispuesto en el artículo 24 de la LEF, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de mutuo acuerdo de los bienes y derechos afectados.

Conforme establece el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas Actas Previas a la Ocupación los interesados que figuran en la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o intereses se consideren afectadas podrán formular alegaciones por escrito ante la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla, domiciliada en Avda. de la Innovación, s/n, Edificio Mínister, Polígono Aeropuerto, 41020, Sevilla, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. Durante el período señalado estarán a disposición de los interesados los planos parcelarios de la expropiación y la relación de los bienes y derechos afectados en las dependencias de la Delegación Provincial de esta Consejería en Sevilla.

Sevilla, 27 de mayo de 2010.- La Secretaria General Técnica, Macarena Bazán Sánchez.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE 27 DE MAYO DE 2010, DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, REFERENTE AL LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS A LA URGENTE OCUPACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA QUE SE TRAMITA CON MOTIVO DE LAS OBRAS DEL «PROYECTO DE REPARACIÓN DE DAÑOS Y PUESTA EN MARCHA DE LA EDAR DE BADOLATOSA.» CLAVE A5.341.1036/2111
Nº de
Finca
Polígono Parcela T.M. Titular Domicilio Superficie de afección (m²) Comparecencia
Expropiación Servidumbre
de acueducto
Ocupación
temporal
Día Hora
1 3 214 BADOLATOSA Joaquín Fernández de Santaella Gozálvez C/ Cardenal Toledo, 6 - 14001 Córdoba 2,8 -- 125,00 7/1/2010 11,30
2 3 219 BADOLATOSA Antonio Nieto Salazar
Dolores Galindo Ramírez
C/ Pare Vives, 13.- Pollença- 07460 Illes Balears 4,20 -- 575,00 7/1/2010 12,00
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