Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 15/06/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Acuerdo de 25 de mayo de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la concesión de una subvención nominativa por importe de veinticinco millones de euros (25.000.000 de €), a la entidad Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza, para la financiación del proyecto «Fomento de la calidad del empleo y del autoempleo, en el ámbito de apoyo a la creación de empleo y de las políticas activas de empleo en Andalucía».

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El Estatuto de Autonomía de Andalucía en su Título VI, dedicado a la «Economía, empleo y hacienda», establece que los principios y objetivos básicos en los que debe basarse el desarrollo económico de Andalucía son, entre otros, el pleno empleo, la calidad en el trabajo y la cohesión social. Para ello, la política económica debe promover, entre otras medidas, la capacidad emprendedora y las iniciativas empresariales, incentivando especialmente la pequeña y mediana empresa, la actividad de la economía social y de los emprendedores autónomos, la formación permanente de las trabajadoras y los trabajadores y la proyección internacional de las empresas andaluzas.

En consonancia con ello, el VII Acuerdo de Concertación Social de Andalucía señala, entre las medidas de modernización y cambio estructural de la economía, la necesidad de abordar una serie de reformas en la economía y en la sociedad andaluza a través de factores vinculados al desarrollo empresarial y a los emprendedores y emprendedoras. Así, se destaca la importancia de poner en marcha líneas y medidas a través de sus diferentes ejes de acción. Concretamente, el eje 2, Desarrollo Empresarial y Emprendedores, aboga por toda una serie de estrategias dirigidas especialmente al desarrollo empresarial, entre las que destacan el apoyo al autoempleo y al trabajo autónomo, como elemento clave para el desarrollo económico y la cohesión territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el fomento de la cultura emprendedora como motor esencial de crecimiento, de la creación de empleo, de la innovación y, también, de la competitividad de las empresas; y, el desarrollo y consolidación de las estructuras de apoyo a emprendedores, que garanticen unos servicios públicos de calidad en materia de asesoramiento y asistencia técnica para el emprendimiento.

El Servicio Andaluz de Empleo, creado a través de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, para la planificación, gestión, promoción y evaluación de todo lo concerniente a las Políticas Activas de Empleo de la Junta de Andalucía, incluye entre sus funciones las relativas al fomento de las vocaciones empresariales; la formación de emprendedores y emprendedoras y, particularmente, del pequeño empresariado; y, el fomento del autoempleo y la difusión de la cultura empresarial.

En este contexto y en el ámbito de las actuaciones y los retos que debe afrontar el Servicio Andaluz de Empleo respecto al fomento de la calidad del empleo y promoción del autoempleo, en general, y a la mejora de la prestación de servicios a las empresas y a la atención de las personas emprendedoras en Andalucía, particularmente, requiere seguir potenciando sus principios de actuación basados en la orientación a la ciudadanía, articulando los mecanismos que sean necesarios para detectar y responder de manera integral a las necesidades de la población activa; la eficacia y la eficiencia, en cuanto a los modelos de gestión de la calidad y la coordinación de todos los recursos de empleo; y, flexibilidad, de la red y estructura de los dispositivos de empleo existentes, para poder adaptarse a los cambios que se producen en el mercado de trabajo y el tejido productivo, por un lado, y las necesidades de la población activa, por otro.

En este punto, uno de los referentes en Andalucía en materia del fomento del empleo de calidad, la prestación de servicios personalizados a las empresas y personas emprendedoras y el fomento de la cultura emprendedora es la entidad sin ánimo de lucro «Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza».

Dicha entidad es una fundación del sector público constituida por la Comunidad Autónoma de Andalucía, participada directa y exclusivamente por la misma, que incluye entre sus fines fundacionales el fomento de la cultura y la realidad emprendedora y empresarial, de acuerdo con la ordenación general de la economía y, en particular, con lo establecido en el ámbito de la economía social.

Para el cumplimiento de sus objetivos la fundación Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza, gestiona y desarrolla la red de apoyo a emprendedores, y toda una serie de programas enfocados hacia el fomento de la cultura, la actitud y la iniciativa emprendedora y empresarial en Andalucía, así como la gestión y desarrollo de campañas de promoción y difusión de la realidad empresarial, las potencialidades y valores de la economía social y otras temáticas afines al conocimiento del mercado de trabajo.

En el año 2009 la fundación emprende una fase de reestructuración y de ampliación y mejora de funciones en el ámbito de la creación de empleo, procediendo a la modificación de la composición del Patronato –integrado ahora tanto por la Consejería de Empleo como por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia–, así como a la modificación de sus estatutos, que se ajustan a los criterios de calidad adoptados por el Servicios Andaluz de Empleo, antes citados, como el de eficiencia y eficacia, flexibilidad y atención a la ciudadanía; y que se plasman explícitamente en el Proyecto denominado «Fomento de la Calidad del Empleo y el Autoempleo, en el ámbito del apoyo a la creación de empleo y de las Políticas Activas de Empleo en Andalucía».

La Ley 5/2009, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2010, designa a la fundación Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza, como beneficiaria de una subvención nominativa por importe de veinticinco millones de euros (25.000.000 de €), consignándose en los presupuestos del Servicio Andaluz de Empleo para el ejercicio 2010, en el Programa Presupuestario 32I, Empleabilidad e Intermediación Laboral, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.15.31.01.00.788.01.32I.6.

Por todo ello, el Servicio Andaluz de Empleo ha propuesto la concesión de una subvención nominativa a la fundación Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza, para la ejecución del proyecto «Fomento de la Calidad del Empleo y del Autoempleo, en el ámbito del apoyo a la creación de empleo y de las Políticas Activas de Empleo en Andalucía» por un importe de veinticinco millones de euros (25.000.000 de €).

La subvención nominativa está sometida al régimen establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el Título VII del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, el Decreto 254/2001 de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones de la Junta de Andalucía, y demás normativa general que sea de aplicación.

Asimismo, conforme a lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 115 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, se requerirá Acuerdo del Consejo de Gobierno para la concesión de subvenciones y ayudas públicas, cuando el gasto a aprobar sea superior a 3.005.060,52 euros, llevando implícita la autorización del Consejo de Gobierno la de la aprobación del gasto correspondiente.

Por ello, a propuesta del Consejero de Empleo, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 25 de mayo de 2010, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Autorizar la concesión de una subvención nominativa por importe de veinticinco millones de euros (25.000.000,00 de €) a la fundación Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza, con CIF G-91019794, para la financiación de los gastos que comportan la ejecución del proyecto «Fomento de la Calidad del Empleo y del Autoempleo, en el ámbito del apoyo a la creación de empleo y de las Políticas Activas de Empleo en Andalucía» durante el ejercicio 2010.

Segundo. Se faculta al Consejero de Empleo, en su calidad de Presidente del Servicio Andaluz de Empleo, para adoptar las resoluciones que fueran necesarias para la puesta en práctica y ejecución del presente Acuerdo.

Sevilla, 25 de mayo de 2010

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Manuel Recio Menéndez

Consejero de Empleo

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