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Por el Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra (Sevilla), se ha acordado transmitir la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante mutación demanial subjetiva, de una parcela de 775 m², sita en C/ Ciprés, núm. 10, de Cazalla de la Sierra (Sevilla), con destino a Oficina Comarcal Agraria «Sierra Norte».
Por la Consejería de Agricultura y Pesca, se considera de interés la aceptación de la referida transmisión mediante mutación demanial subjetiva, con destino a Oficina Comarcal Agraria «Sierra Norte».
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 1 de junio de 2010,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la transmisión de la propiedad acordada por el Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra (Sevilla), mediante mutación demanial subjetiva, de una parcela de 775 m², sita en C/ Ciprés, núm. 10, de Cazalla de la Sierra (Sevilla), con destino a Oficina Comarcal Agraria «Sierra Norte», e inscrita en el Registro de la Propiedad de dicho municipio, al tomo 961, libro 196, folio 203, con el número de finca 9.797, y con la siguiente descripción:
Urbana: Destinada a servicios de interés público y social, sita en Cazalla, calle Ciprés número diez. Tiene una superficie de setecientos setenta y cinco metros cuadrados, siendo sus linderos: fondo con viviendas número 12, 16 y 18 de la calle Chicharra; derecha con la calle Chicharra; frente con calle Ciprés; izquierda con nave industrial sita en carretera de El Judío número 21.
Referencia catastral número 7419213TH5072S0001IY.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero, la transmisión de la propiedad se formalizará mediante convenio administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la transmisión de la propiedad de la parcela descrita en el apartado primero, que se adscribe a la Consejería de Agricultura y Pesca con destino a Oficina Comarcal Agraria «Sierra Norte».
Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 1 de junio 2010
José Antonio Griñan Martínez
Presidente de la Junta de Andalucía
Carmen Martínez Aguayo
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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