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Intentada la notificación de la Resolución de reintegro recaída en el expediente que se indica, sin que se haya podido practicar, por medio de la presente, y de conformidad con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación de dicha Resolución, comunicándoles que para conocer el texto íntegro podrán comparecer, en horas de 9 a 14, cualquier día hábil de lunes a viernes, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a esta publicación, en la Dirección General de Comercio, Servicio de Promoción Comercial y Artesanía, sito en C/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n, de Sevilla. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Expediente de subvención:
Beneficiario: Tapizados Catalán y Ortiz, S.L.
Expediente: AREEXP07 EH4101 2008/034.
Objeto subvención: Mod. 7 ARE Modernización y Fomento para la Artesanía.
Acto: Resolución de reintegro de 5.5.2010.
Resumen del contenido: Obligación de reintegro del pago efectuado por la cantidad de 4.801,25 euros, que se deduce de la Resolución de reintegro de fecha 5.5.2010, debido al incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención concedida al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía.
Sevilla, 2 de junio de 2010.- La Directora General, M.ª Dolores Atienza Mantero.
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