Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 22/06/2010

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Consejería de Gobernación y Justicia

Anuncio de 31 de mayo de 2010, de la Secretaría General Técnica, por el que se solicita la subsanación del recurso administrativo interpuesto contra la resolución del Delegado del Gobierno de Sevilla recaída en el expediente que se cita.

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Expediente: S-EP-SE-000008-09.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Alejandro Valiente Moreno, en nombre y representación de Ritual Copas, S.L., para la subsanación del recurso administrativo interpuesto contra la resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, en el expediente núm. S-EP-SE-000008-09, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro:

«Se recibió en la Consejería de Gobernación (hoy de Gobernación y Justicia) recurso de alzada interpuesto por don Alejandro Valiente Moreno, en representación de Ritual Copas, S.L., en el que impugna la resolución de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, de fecha 18.5.2009, recaída en el expediente sancionador SE-8/09-EP.

Dado que no se acompaña ningún documento que acredite la representación para interponer dicho recurso en nombre de la mencionada sociedad, se le requiere, de conformidad con los artículos 32.3 y 4, 71.1 y 110 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que en el plazo de diez días envíe el correspondiente poder o la copia de la escritura de constitución de la sociedad que le faculte para recurrir la referida resolución en nombre de esta.

En virtud del artículo 42.5.a) de esta Ley el plazo para resolver el recurso queda suspendido por el tiempo que medie entre la notificación de este requerimiento y su efectivo cumplimiento.

Transcurrido el plazo de diez días (hábiles), computado a partir del día siguiente a la notificación del presente requerimiento, sin que haya subsanado los defectos advertidos, se le tendrá por desistido del recurso. La Jefa del Departamento de Legislacion, Informes y Recursos. Fdo.: Aránzazu Blanco Higuera.»

Sevilla, 31 de mayo de 2010.- La Secretaria General Técnica, Isabel López Arnesto.

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