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Habida cuenta de que no ha sido posible la notificación en el domicilio conocido, y de conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica para que sirva de notificación la resolución dictada por esta Delegación Provincial, por la que se acuerda la extinción del derecho a la prestación no contributiva a los beneficiarios que se citan en el Anexo adjunto.
Contra dicha Resolución podrá interponer reclamación previa a la vía de la jurisdicción laboral ante esta Delegación Provincial dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación, según el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por R.D.L. 2/1995, de 7 de abril (BOE de 11 de abril).
ANEXO
Doña Teresa Hernández Romero.
C/ San Vicente, núm. 2, bajo.
11100, San Fernando.
Fecha de la Resolución: 24.2.2010.
Don Domingo Barea Aguilar.
C/ San Honorio, núm. 2.
11403, Jerez de la Frontera.
Fecha de la Resolución: 24.2.2010.
Doña Antonia Rodríguez Domínguez.
C/ Flor de Loto, 14, Apdo. de Correos núm. 358.
11500, El Puerto de Santa María.
Fecha de la Resolución: 24.2.2010.
Cádiz, 27 de mayo de 2010.- La Delegada, Manuela Guntiñas López.
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