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En el recurso contencioso-administrativo número 337/2005, interpuesto por doña Teresa López Domínguez, siendo la actuación administrativa recurrida la desestimación presunta de solicitud de reclamación patrimonial por importe de 14.274,50 euros, se ha dictado sentencia con fecha 11 de febrero de 2010, núm. 13/2010, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Ocho de Sevilla, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo deducido por doña Teresa López Domínguez, frente a la desestimación presunta por silencio administrativo de la reclamación de responsabilidad patrimonial que formuló mediante escrito de fecha 7.6.04, en cuantía de 14.274,50 euros por los días de curación con impedimentos invertidos a raíz del accidente de trabajo sufrido el día 9.9.04, por anormal funcionamiento de los servicios públicos, debo declarar y declaro ser ajustada a Derecho la actuación impugnada. Sin costas del procedimiento.»
Por lo tanto, a la vista de la certificación, de fecha 26 de febrero de 2010, de firmeza de la susodicha sentencia emitida por la Secretaría del mencionado Juzgado, en virtud de lo establecido en la disposición transitoria primera del Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías, disposición transitoria segunda del Decreto 134/2010, de 13 de abril, de regulación de estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, así como el artículo 3 de la Orden de 21 de mayo de 2009, de delegación de competencias (BOJA núm. 107, de 5 de junio de 2009), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 10 de junio de 2010.- La Secretaria General Técnica, Ana María Robina Ramírez.
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