Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 05/07/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 21 de junio de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda el cumplimiento de la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, recaída en el recurso de apelación núm. 450/2009.

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En el recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario núm. 868/2007, interpuesto por la entidad Capitas, S.L., contra la Resolución de 16 de febrero de 2007, que desestimaba recurso de reposición interpuesto contra Resolución de 19 de octubre de 2006, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de Sevilla, por la que se acordaba el reintegro del 75% de la subvención concedida a la actora en el expediente 41/2004/J/315, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cinco de Sevilla ha dictado sentencia con fecha 11 de diciembre de 2008, y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallo: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta en nombre y representación de la entidad “Capital, S.L.” contra la resolución citada en el antecedente primero por estar ajustada al Ordenamiento Jurídico y sin costas.»

Interpuesto recurso de apelación contra dicha sentencia por Capitas, S.L., la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla ha dictado sentencia, en el rollo de apelación núm. 450/2009, con fecha 23 de marzo de 2010, y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que debemos estimar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por Capitas, S.L., contra la sentencia dictada el 11 de diciembre de 2008 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Cinco de Sevilla, revocamos en cuanto a la no admisión de las facturas C/05/41/1, C/05/41/1/2, C/05/41/2 y C/05/41/2/1, reconociendo el derecho a que se admitan como gastos declarados los importes correspondientes a dichas facturas. Sin costas.»

Según lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 21 de junio de 2010.- La Secretaria General Técnica, Lourdes Medina Varo.

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