Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 06/07/2010

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Diputaciones

Anuncio de 22 de febrero de 2010, de la Diputación Provincial de Granada, de bases para selección de plazas de Ordenanza. OEP 2008.

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Por Resolución de esta Vicepresidencia núm. 32/2008, de 13 de marzo, se aprobó la Oferta de Empleo Público de la APAT para 2008, publicándose la misma en el BOP de Granada núm. 77, de 24 de abril de 2008, y ofertándose como plazas de funcionario de carrera, entre otras, las siguientes:

- Grupo según artículo 76, disposición adicional séptima y disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007: E. Clasificación: Escala de Administración General, subescala Subalterna. Denominación: Ordenanza. Núms. de vacantes: 2.

Vistas las bases de convocatoria de proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición libre, para cubrir 2 plazas de Ordenanzas de la plantilla de funcionarios de carrera de la APAT incluidas en la OEP 2008.

Visto el informe jurídico de la Jefa de Sección de Servicios Generales de la APAT de 23 de octubre de 2009, sobre justificación del sistema selectivo elegido.

En uso de las facultades que me atribuyen el artículo 8 apartados 14, 15 y 16 de los vigentes Estatutos de la APAT (BOP núm. 127, de 5 de julio de 2004)

HE RESUELTO

1. Aprobar las bases de convocatoria de proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición libre, para cubrir 2 plazas de Ordenanzas de la plantilla de funcionarios de carrera de la APAT incluidas en la OEP 2008, que se detallan a continuación, y ordenar su publicación en los boletines o diarios oficinales correspondientes.

2.º Convocar el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición libre, para cubrir 2 plazas de Ordenanzas de la plantilla de funcionarios de carrera de la APAT incluidas en la OEP 2008; convocatoria que deberá ser anunciada en el Boletín Oficial del Estado.

Así lo resuelve y firma el Vicepresidente de la Agencia Provincial de Administración Tributaria, don José M.ª Aponte Maestre, en uso de las facultades delegadas por Resolución de la Presidencia núm. 169/2007, de 8 de octubre, de lo que yo, el Secretario, certifico.

Granada, 22 de febrero de 2010.- El Vicepresidente.

Bases de convocatoria de proceso selectivo, me-diante el sistema de concurso-oposición libre, para cubrir 2 plazas de Ordenanza

1. Naturaleza y características de las plazas a cubrir y sistema selectivo elegido.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión por el sistema de concurso-oposición libre, de dos plazas de Ordenanza de la plantilla de funcionarios de carrera vacantes en la plantilla de la Agencia Provincial de Administración Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Granada, dentro de las plazas reservadas a funcionarios de carrera, e incluida en la Oferta de Empleo Público de esta Corporación para el año 2008.

Estas plazas se encuentran encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala de Subalternos, y dotadas presupuestariamente con los emolumentos correspondientes al grupo de clasificación E, a tenor de los dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás especificados en la Relación de Puestos de Trabajo de este Organismo Autónomo.

1.2. Al presente concurso-oposición le será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, en lo que no se oponga a lo dispuesto en el citado Estatuto Básico del Empleado Público, las Bases de la presente convocatoria, junto con los Anexos que la acompañan, y, supletoriamente, el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.

2. Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

2.1. Para ser admitido a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, y Real Decreto 800/95.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubieses sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del título de Certificado de Escolaridad o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias.

De conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 8 de la Ley 2271/2004, de 3 de diciembre, de acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad, serán admitidas las personas con minusvalías en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias de esta plaza. A estos efectos, podrán establecerse para las personas con la condición legal de discapacitados que lo soliciten, las adaptaciones de tiempo y medios que sean necesarios para la realización de los ejercicios de esta convocatoria. Para ello, los interesados deberán formular la correspondiente petición motivada, concretando las adaptaciones necesarias, que aportarán junto con la solicitud de participación dentro del plazo de presentación de instancias. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de aspirantes.

2.2. Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.

3. Instancias y documentación a presentar.

3.1. Quienes deseen tomar parte en este concurso-oposición, lo solicitarán en instancia dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Agencia Provincial de Administración Tributaria de Granada, según el modelo que figura en el Anexo II, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a la instancia fotocopia del Documento Nacional de Identidad y documentación acreditativa, debidamente compulsada, de los méritos alegados para su valoración en la fase del concurso, en su caso. Igualmente deberán aportar justificante del ingreso de los derechos de examen expedido por el órgano competente.

3.2. El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.3. Los derechos de examen serán de 16 euros, estando exentos los que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33% o el correspondiente título de condición de miembro de familia numerosa (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen de la Excma. Diputación Provincial de Granada, BOP de 6.5.2009) que se ingresarán en la Caja de la APAT mediante ingreso en la Cuenta de Caja Granada 2031.0301.61.0100442220.

En ningún caso, la presentación y pago supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud referida anteriormente. Solo procederá la devolución del importe de los derechos de examen cuando se trate de causa o error imputable a la Agencia Provincial de Administración Tributaria.

3.4. Las instancias y documentación oportunas se presentarán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el Registro General de la Agencia Provincial de Administración Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Granada (Pza. Mariana Pineda, núm. 7, de Granada), o en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Excmo. Sr. Presidente de la APAT, en el plazo máximo de un mes, dictará Resolución, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio, publicándose dicha resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y exponiéndose además en el tablón de anuncios de la APAT.

4.2. Contra esta Resolución, se podrá presentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

4.3. Si se presentara escrito de subsanación y/o reclamación, será aceptado o rechazado en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, en los lugares indicados para la lista inicial. En el caso de que no se presente escrito de subsanación y/o reclamación alguno, la lista inicial de aspirantes admitidos y excluidos quedará elevada automáticamente a definitiva.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría correspondiente de las recogidas en el art. 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, está integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Un funcionario de carrera de la Agencia Provincial de Administración Tributaria de Granada o de la Diputación Provincial de Granada, con igual o superior grupo de titulación que la plaza convocada.

Vocales:

- Un representante de la Comunidad Autónoma, designado por esta, entre los funcionarios con igual o superior grupo de titulación que la plaza convocada.

- Tres funcionarios de carrera de la Agencia Provincial de Administración Tributaria o, en su defecto, de la Diputación Provincial de Granada, con igual o superior grupo de titulación que la plaza convocada.

- Un Secretario, que será designado por el Ilmo. Sr. Presidente entre funcionarios de la Agencia Provincial de Administración Tributaria o, en su defecto, de la Diputación Provincial de Granada.

La designación de los miembros del Tribunal, que incluirá la de los respectivos suplentes, se hará por Resolución del Excmo. Sr. Presidente de la APAT y se hará pública en el BOP, así como en el tablón de anuncios de la APAT.

5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la base 6.ª de la presente convocatoria.

5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad al menos de los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.

5.4. El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.

5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.6. Los interesados podrán promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.

5.7. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

5.8. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas, sin perjuicio de que, de oficio, deba el afectado notificarlo al organismo al que representa.

5.9. El Tribunal estará facultado para resolver cualquier duda o incidente que pudiera surgir durante la celebración de las pruebas selectivas, y para tomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas para el buen orden y resultado de las mismas.

A los efectos de comunicaciones, anuncios y demás incidencias, el Tribunal, sea cual fuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sede en el Plaza Mariana Pineda, núm. 7, de Granada, a través del correspondiente tablón de anuncios.

6. Procedimiento de selección.

6.1. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

6.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

6.3. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio, para valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. El escrito resultado de ésta ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso, con indicación, además, de la puntuación por méritos profesionales, cursos, seminarios, congresos y jornadas, no debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan en el apartado de la base 6.10 «aplicación del concurso». Dicho escrito ha de publicarse en el Tablón de Anuncios de la sede de la Agencia Provincial de Administración Tributaria (Plaza Mariana Pineda, núm. 7) de Granada, con al menos una antelación de 48 horas a la realización del primer ejercicio.

6.4. La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución de la Presidencia a la que hace referencia la base 4.ª de la presente convocatoria, en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo.

6.5. La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos ejercicios se anunciará con una antelación mínima de 48 horas, en el tablón correspondiente ubicado en el local donde se haya celebrado el ejercicio anterior, debiendo exponerse además en el tablón de anuncios de la Agencia Provincial de Administración Tributaria (Plaza Mariana Pineda, núm. 7), de Granada.

6.6. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético, a partir del primero de la letra «J», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 26 de enero de 2010 (BOE de 5.2.2010).

6.7. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

6.8. En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.9. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carnet de conducir.

6.10. Valoración de méritos. Fase de concurso:

Méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en las Administraciones Públicas u Organismo Público en plaza de igual contenido a la que se opta: 0,2 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en las Administraciones Públicas u Organismo Público en plaza del mismo grupo y titulación al que se opta: 0,02 puntos

En cualquier caso será obligatorio acreditar dichos servicios mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Sin embargo, en los casos de reducción de jornada por motivos familiares, establecidos en el art. 2 de la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras (lactancia de un hijo menor de nueve meses, quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o discapacitado o cuidado directo de un familiar), se computará en todo caso como jornada completa.

Cursos y seminarios, congresos y jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta.

a) Por la participación como asistente:

Hasta 14 horas o 2 días: 0,20 puntos.

De 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,30 puntos.

De 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días: 0,40 puntos.

De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,50 puntos.

De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,60 puntos.

De 201 horas en adelante o más de 40 días: 1,00 punto.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

b) Por la participación en cursos, seminarios, congresos y jornadas, como Director, Coordinador o Ponente, independientemente de la duración: 0,40 puntos por cada participación.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

La participación en una misma actividad en distinta condición sólo será objeto de una única puntuación, que será la más favorable para el aspirante.

Aplicación del concurso.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

El número máximo de puntos que se otorguen en la fase de concurso será el siguiente:

Méritos profesionales: 9 puntos.

Cursos, seminarios, congresos y jornadas: 3 puntos.

6.11. Fase de oposición.

Constará de los siguientes ejercicios, eliminatorios y obligatorios para todos los aspirantes:

Primer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo de 60 minutos, un cuestionario de 40 preguntas de tipo test, con tres respuestas alternativas, sin deducción por respuestas erróneas o en blanco, siendo sólo una de ellas la correcta. Las preguntas versarán sobre el programa de materias indicado en el Anexo I de esta convocatoria, y se confeccionarán con una proporción de, al menos, una pregunta por tema.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio.

Segundo ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo de 90 minutos, 3 preguntas objetivas a elegir de entre 5 propuestas por el Tribunal sobre los temas 5 al 12, ambos inclusive, del programa de materias indicado en el Anexo I de esta convocatoria.

En este ejercicio se valorará, fundamentalmente, la corrección y concreción de las respuestas, la forma de exposición, y el conocimiento de la cuestión planteada.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio.

Tercer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la realización, de una o varias pruebas prácticas directamente relacionados con los cometidos de la plaza a la que se opta, cuyo contenido y duración será fijado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización por los aspirantes, y referidos a los temas numerados del 5 al 12, ambos inclusive, del programa de materias indicado en el Anexo I de esta convocatoria.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio.

6.14. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la Fase de oposición y de la del concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición, si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio, y si continuase el empate, a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio. Si el empate persiste, se resolverá por sorteo.

7. Relación de aprobados.

7.1. Una vez finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios de la Agencia Provincial de Administración Tributaria la relación de los candidatos que hubiesen superado la misma por orden de puntuación total obtenida, en la que constarán las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y de la fase de concurso.

7.2. La relación definitiva de aprobados será elevada al Excmo. Sr. Presidente de la APAT, con propuesta de nombramiento de funcionario de carrera.

7.3. Los opositores que no se hallen incluidos en tales relaciones tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.

7.4. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

8. Presentación de documentos.

8.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en ella deberán presentar los documentos acreditativos de capacidad y requisitos exigidos en la Base Segunda, a saber:

1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2. Copia autenticada o fotocopia (acompañada del original para su cotejo) de la Titulación exigida en la convocatoria, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si estos documentos estuvieran expedidos después de la fecha en que expiró el plazo de presentación de instancias, se deberá justificar el momento en que concluyó los estudios.

3. Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, así como no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica, conforme a la normativa vigente.

4. Declaración responsable de poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de la plaza objeto de esta convocatoria.

8.2. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no se presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial, proponiéndose por el Tribunal nombramiento del siguiente aspirante aprobado siguiendo el orden de puntuación final.

8.3. Quienes tuvieren la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y los requisitos exigidos en su anterior nombramiento, siendo suficiente la presentación de un certificado del Ministerio, Comunidad Autónoma, Corporación Local u Organismo Público del que dependan, justificativo de su condición y de que cumplen las condiciones y requisitos señalados en la base segunda, sin perjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen y no consten en su expediente personal.

9. Nombramiento de funcionarios de carrera y toma de posesión.

9.1. Cumplimentado por los aspirantes propuestos lo establecido en la base anterior y realizados los trámites administrativos pertinentes, el Sr. Presidente de la Agencia Provincial de Administración Tributaria de Granada efectuará el nombramiento correspondiente, debiendo el interesado tomar posesión de su puesto en el plazo reglamentario.

9.2. De no tomarse posesión en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida, aplicándose a tales efectos lo previsto en el art. 61.8 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

10. Base final.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de estas, agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo ante la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde la mencionada publicación, o cualquier otro recurso que estime procedente.

ANEXO I

Temario General

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Organización territorial del Estado: la Comunidad Autónoma de Andalucía: organización y competencias.

Tema 3. El municipio y la provincia: organización y competencias.

Tema 4. El personal al servicio de las Corporaciones Locales. Derechos y Deberes del personal al servicio de los Entes Locales.

Temario Específico

Tema 5. La organización de la Diputación Provincial de Granada. Su constitución funcional. Localización de las distintas dependencias de la Diputación.

Tema 6. Ubicación de las distintas Administraciones Públicas en la ciudad de Granada.

Tema 7. Vigilancia y custodia del interior de edificios e instalaciones. Actuaciones en caso de emergencia. Control de accesos.

Tema 8. Manejo de máquinas auxiliares de oficina: reproductoras, fotocopiadoras, encuadernadoras, franqueadoras, destructoras, faxes y otras análogas. El papel, su uso en fotocopiadoras y faxes. Trabajos de oficina. Utilización y mantenimiento básico preventivos.

Tema 9. Los documentos en la Administración: depósito, entrega, recogida y distribución. Nociones de archivo y almacenamiento. Registro de entrada y salida.

Tema 10. La relación con los administrados y autoridades. La información y atención al público, en especial el uso del teléfono, el correo electrónico y la consulta de bases de datos de gestión tributaria y recaudación. Listines telefónicos: confección, actualización y uso. El deber de sigilo profesional.

Tema 11. La Agencia Provincial de Administración Tributaria de Granada (APAT): sus Estatutos, organigrama y organización funcional. Localización de sus distintas dependencias, oficinas y agencias.

Tema 12. Régimen de notificaciones y publicaciones administrativas. Especial referencia a las notificaciones y edictos tributarios. El calendario fiscal de la APAT.

ANEXO II

MODELO DE INSTANCIA

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS

Denominación de la plaza: ..........................................................

Titulación requerida para la plaza: ..............................................

Fecha de convocatoria en BOE: ................................

Forma de acceso:  Libre

 Reserva minusvalía

DATOS PERSONALES:

Nombre .......................................................... DNI .......................

Apellidos ........................................................................................

Domicilio a efectos de notificaciones: .....................................................................................

Población: ........................................ Código Postal: ...................

Provincia: ...........................................

Teléfonos de contacto: .............................................

Fecha de nacimiento: ................... Nacionalidad: .......................

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA: (marcar con una cruz)

1. Fotocopia del título requerido, o documento oficial de su solicitud.

2. Fotocopia del DNI, NIE, pasaporte o carnet de conducir.

3. Relación de méritos y documentación acreditativa para la valoración, en su caso, en la fase de concurso.

El abajo firmante, solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud.

En ........................ a ........ de ...................... de ........

Excmo. Sr. Presidente de la Agencia Provincial de Administración Tributaria. Diputación Provincial de Granada

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