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Vacante el puesto de trabajo de Adjunto a Intervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, del Excmo. Ayuntamiento de Marbella (Málaga), por dicha Entidad Local se han aprobado las bases de selección y se ha acordado asimismo su convocatoria con fecha 31 de marzo de 2010, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en los artículos 27 y 28 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real Decreto 834/2003.
Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por la disposición adicional novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, y el artículo 8.2.o) del Decreto 132/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia, esta Dirección General de Administración Local
R E S U E L V E
Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Adjunto a Intervención, con las características que a continuación se indican, vacante en la plantilla de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal del Ayuntamiento de Marbella:
a) Corporación: Excmo. Ayuntamiento de Marbella.
b) Denominación y clase del puesto: Adjunto a Intervención.
c) Nivel de complemento de destino: 30.
d) Complemento específico: 31.838,88 euros/anuales.
e) Requisitos para su desempeño conforme a la relación de puestos de trabajo: Pertenecer a la Subescala de Intervención-Tesorería, Categoría de entrada.
Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Sra. Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Marbella, dentro del plazo de quince días naturales siguientes al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. A la solicitud se acompañará relación de méritos profesionales y académicos, en la que conste los títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudios, cursos, así como cualquier otro mérito que se estime poner de manifiesto. Los méritos alegados por los candidatos se acreditarán mediante la presentación de documentos públicos administrativos originales o copias debidamente compulsadas por Secretaría General o fedatario público legalmente habilitado. A estos efectos, los méritos alegados se computarán hasta el último día, inclusive, del plazo de presentación de solicitudes.
Segundo. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 15 de junio de 2010.- El Director General, José María Reguera Benítez.
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