Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De acuerdo con lo establecido en el artículo 1 del Decreto 139/2010, de 13 de abril, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, esta es competente entre otras en la gestión integrada de la calidad ambiental, la planificación y desarrollo de actuaciones para la consolidación de un modelo de desarrollo urbano y ciudades sostenibles, la planificación y desarrollo de modelos de gestión de residuos que minimicen su producción en origen y fomenten su reutilización y reciclado, y la definición, desarrollo e implantación de las políticas de mitigación y adaptación en materia de cambio climático.
Según lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y otras entidades de recaudación, de contratación, de función pública y de fianzas de arrendamientos y suministros, la Empresa de Gestión Medioambiental, S.A., como medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración Pública, está obligada a realizar los trabajos que, en las materias que constituyen el objeto social de la empresa, le encomienden: la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los organismos públicos dependientes de ella, así como las corporaciones locales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía que suscriban a tal fin un convenio de colaboración con la Junta de Andalucía.
Entre los contenidos del objeto social de la Empresa de Gestión Medioambiental, S.A., definidos por el artículo 2.1 del Decreto 17/1989, de 7 de febrero por el que se autoriza la constitución de la empresa de la Junta de Andalucía, Empresa de Gestión Medioambiental S.A., se encuentra «… la Sociedad tendrá por objeto social la realización de todo tipo de trabajos, obras, estudios, proyectos, dirección de obras, consultorías, asistencias técnicas y servicios relacionados con la protección, conservación, regeneración o mejora del medio ambiente…».
La participación de la Empresa de Gestión Medioambiental, S.A., en la gestión de las tareas encomendadas relacionadas con las materias descritas de competencia de esta Consejería, y que constituyen su objeto social, venía regulada hasta la fecha por la Orden de 3 de junio de 2009, por la que se encomienda a la Empresa Pública de Gestión Medioambiental, S.A., la realización de determinados trabajos en materia de calidad ambiental, cambio climático y medio ambiente urbano.
La necesidad de actualizar los trabajos encomendados a la Empresa de Gestión Medioambiental, S.A., hace necesaria una nueva encomienda de tareas en el ámbito funcional anteriormente referenciado.
En su virtud, conforme a lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de dicha ley en relación con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás normativa vigente de aplicación,
R E S U E L V O
Encomendar a la Empresa de Gestión Medioambiental, S.A. (en adelante, EGMASA) la gestión de determinadas acciones contempladas como objeto social de este medio propio de la Administración por el artículo 2.1 del Decreto 17/1989, de 7 de febrero, de acuerdo con las siguientes condiciones:
Primera. Trabajos a realizar.
1. En materia de vigilancia y control de la calidad del aire de acuerdo con lo establecido en el Anexo y con el alcance de los protocolos anuales.
a) Realización de informes y actividades relativas a la evaluación de la calidad del aire ambiente y de las emisiones a la atmósfera:
1.º Informes periódicos de carácter obligatorio, incluso la evaluación del cumplimiento de la normativa aplicable.
2.º Informes monográficos para seguimiento o para difusión de los resultados obtenidos en las evaluaciones.
3.º Vigilancia permanente de la calidad del aire y las emisiones a la atmósfera.
4.º Seguimiento del estado de la Red de Vigilancia y Control de la Calidad del Aire en Andalucía (en adelante, RVCCAA).
5.º Aseguramiento de la calidad de la RVCCAA.
6.º Operación y mantenimiento de las unidades móviles de inmisión y emisión y del Laboratorio Andaluz de Referencia de la Calidad Ambiental (en adelante, LARCA).
7.º Realización inventarios anuales de emisiones.
8.º Colaboración en el mantenimiento actualizado de la información de la página web de la Consejería de Medio Ambiente (en adelante, CMA).
9.º Colaboración en el desarrollo y explotación de los sistemas informáticos sobre la materia de la CMA.
b) Apoyo a la elaboración en los planes de mejora de la calidad del aire que elabore la CMA.
c) Realización de informes y actividades relativas a la evaluación de la contaminación acústica.
1.º Operación y mantenimiento de las unidades móviles de medida de la contaminación acústica.
2.º Apoyo técnico para la atención a denuncias por contaminación acústica.
3.º Informes monográficos para seguimiento o para difusión de los resultados obtenidos sobre contaminación acústica.
d) Apoyo a la CMA en cuestiones relativas a la contaminación lumínica.
2. En materia de vigilancia y control de vertidos y de la calidad de las aguas litorales:
a) Apoyo técnico en la vigilancia y control de aguas litorales.
b) Apoyo técnico en el desarrollo e implantación de la Directiva Marco de Aguas.
c) Elaboración de inventarios de vertidos urbanos e industriales y seguimiento de estos.
d) Apoyo en los programas de seguimiento de la calidad de las aguas.
e) Actuaciones de vigilancia ambiental: para la detección de aquellos incidentes susceptibles de provocar un impacto negativo en la calidad de las aguas y/o el medio ambiente en general.
f) Explotación de la información generada en las tareas de vigilancia y control.
g) Gestión del funcionamiento en las redes de vigilancia de emisión e inmisión: Análisis de verificación de determinados parámetros.
h) Gestión del equipamiento e instalaciones necesarios para el seguimiento y control de la calidad de las aguas: Laboratorios de Vigilancia y Control de la Contaminación (en adelante LVCC) y Barcos de Vigilancia.
i) La planificación, desarrollo y análisis de campañas de medida y caracterización de los vertidos y de la calidad de las aguas.
j) Apoyo técnico para la atención a denuncias e incidentes medioambientales.
k) Aseguramiento y Control de Calidad de las Actividades.
l) Actuaciones de apoyo a trabajos de carácter específico sobre actividades de interés para la CMA.
m) Apoyo a los trámites de fiscalidad ambiental.
n) Evaluación del cumplimiento frente a la normativa vigente.
3. En materia de emisiones de gases de efecto invernadero:
a) Apoyo técnico para la preparación de las autorizaciones de emisiones de gases de efecto invernadero (en adelante, AEGEI) de las instalaciones afectadas por la legislación vigente sobre la materia.
b) Asistencia técnica en las tareas de seguimiento de las AEGEI y en la certificación de la entrada en funcionamiento desde el punto de vista del Régimen del Comercio de Derechos de Emisión.
c) Apoyo técnico en la validación de los informes de notificación/verificación de emisiones.
d) Elaboración de guías, manuales, planes, criterios, normas y procedimientos en relación con la aplicación de Régimen de Comercio de Derechos de Emisión.
4. En materia de medio ambiente urbano dentro del Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21:
a) Desarrollo de iniciativas específicas en cada una de las áreas temáticas del programa.
b) Estudios y documentos técnicos en medio ambiente urbano.
5. En materia de gestión de residuos y suelos contaminados:
a) Apoyo Técnico en materia de residuos.
b) Apoyo Técnico en materia de suelos contaminados.
c) Soporte en la tramitación de expedientes y documentación de suelos contaminados.
d) Asesoramiento/apoyo en la elaboración de guías, manuales, criterios, normas y procedimientos.
e) Explotación y mantenimiento de los Sistemas de Información de Residuos Peligrosos y de Suelos Contaminados.
f) Apoyo en la tramitación de expedientes y documentación en materia de Residuos.
6. En materia de Zona de servidumbre de protección e Inventario de vertidos:
a) Apoyo Técnico para la caracterización de la Zona de Servidumbre de Protección (en adelante, ZSP) del dominio público marítimo-terrestre (en adelante, DPM-T) en todo el litoral andaluz.
b) Apoyo Técnico para la propuesta de criterios de gestión en la ZSP del DPMT.
c) Apoyo técnico para la realización de valoraciones y, en su caso, redacción y dirección técnica de proyectos de demolición.
d) Elaboración, actualización y mantenimiento del inventario de vertidos al litoral.
e) Explotación y mantenimiento de la información generada mediante el desarrollo de las herramientas informáticas necesarias.
7. En materia de Planes de Calidad Ambiental de Huelva y su entorno y del Campo de Gibraltar (en adelante PCAHE y PCACG, respectivamente):
a) Apoyo técnico en la elaboración de la normativa de desarrollo de ambos planes.
b) Asistencia técnica a la organización de las convocatorias de los Comités Institucional y de Participación Ciudadana.
c) Publicidad y Difusión de los contenidos de ambos Planes.
d) Realización de estudios técnicos y trabajos de campo específicos relacionados con la calidad ambiental en los ámbitos geográficos de dichos planes.
Segunda. Marco general de actuación.
1. Las personas titulares de la Dirección General de Cambio Climático y Medio Ambiente Urbano y de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, desarrollarán con carácter general en el ámbito de sus competencias y para el impulso de los trabajos encomendados por la presente Orden, las siguientes funciones:
a) La planificación y diseño de los objetivos, finalidades y estrategias de los trabajos definidos en la condición primera, así como la dirección y el seguimiento de los mismos y los establecidos en el correspondiente protocolo de funcionamiento.
b) La coordinación con las respectivas Delegaciones Provinciales de la CMA, así como con los distintos organismos de las administraciones implicados en los trabajos definidos en la condición primera.
c) Establecer las prioridades en la realización de las distintas actividades en función de las necesidades.
2. EGMASA desarrollará con carácter general y para el impulso de los trabajos encomendados por la presente Orden, las siguientes funciones:
a) El cumplimiento de los objetivos, criterios y estrategias encomendadas por la presente Orden.
b) La organización, planificación y dirección de los distintos medios de producción necesarios para el desarrollo de los trabajos encomendados en esta Orden.
c) La elaboración y presentación de propuestas de mejoras en el desarrollo de los trabajos encomendados en esta Orden.
d) La CMA cederá a EGMASA, por el tiempo de tiempo de duración de la presente Orden, el uso de las instalaciones y equipos necesarios exclusivamente para el desarrollo de los trabajos encomendados, salvo autorización expresa de la Comisión regulada en la condición quinta de la presente Orden.
e) El uso, conservación y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles cedidos a EGMASA para la prestación de los servicios encomendados.
3. Los trabajos encomendados en la presente orden vendrán especificados en Protocolos Individuales de Funcionamiento, donde se concretarán los trabajos a realizar, su programación, los medios materiales, equipos y medios personales a utilizar en cada una de las tareas encomendadas.
4. El coste de los trabajos podrá ser valorado mediante la aplicación de tarifas.
5. Se habilita a las personas titulares de la Dirección General de Cambio Climático y Medio Ambiente Urbano y de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental para modificar el Anexo de la presente Orden.
Tercera. Funciones a desarrollar por EGMASA.
Sin perjuicio del marco general de actuación definido por la condición segunda de la presente Orden, EGMASA desarrollará para cada uno de los trabajos encomendados las tareas descritas en el Anexo de la presente Orden.
Cuarta. Financiación de la participación de EGMASA.
El coste de las inversiones y gastos en que incurra EGMASA con motivo del desarrollo de los trabajos encomendados por esta Orden, será sufragado con cargo a las transferencias previstas en el Programa de Actuación, Inversión y Financiación aprobado, con carácter finalista para los trabajos encomendados, en la correspondiente Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Dicha inversión está cofinanciada por la Unión Europea con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en un 70%. Lo que se indica a los efectos de que EGMASA deberá cumplir lo establecido en los Reglamento (CE) núm. 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006 por el que se establecen las disposiciones relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, así como, lo establecido en el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el se fijan normas de desarrollo de los citados Reglamentos 1080/2006 y 1083/2006.
La naturaleza, cuantía y proyección temporal de las inversiones y gastos deberá responder a los trabajos encomendados en la condición primera.
Quinta. Comisión Mixta de Seguimiento.
La coordinación entre EGMASA, la Dirección General de Cambio Climático y Medio Ambiente Urbano y la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental en el desarrollo de los trabajos encomendados definidos en la condición primera, se articulará a través de una Comisión Mixta de Seguimiento, que tendrá las siguientes características:
1. Composición:
a) La persona titular de la Dirección General de Cambio Climático y Medio Ambiente Urbano.
b) La persona titular de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental.
c) El Consejero Delegado de EGMASA.
d) La persona titular de la División de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de EGMASA.
2. Los miembros de la Comisión Mixta de Seguimiento podrán requerir a las reuniones de ésta la presencia, con voz pero sin voto, del personal que estimen necesario en función de los asuntos a tratar por parte de la misma.
3. La Presidencia de la Comisión Mixta de Seguimiento corresponde a la persona titular de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, quien designará a una persona con la condición de funcionario para el desempeño de las funciones de Secretaría.
4. La Comisión Mixta de Seguimiento se reunirá al menos tres veces al año, sin perjuicio de cuantas otras reuniones de carácter ordinario o extraordinario se consideren necesarias.
5. Cada centro directivo nombrará de entre los funcionarios adscritos al mismo, Técnicos Responsables de los distintos Protocolos que afecten a sus competencias.
6. Constituyen funciones de la Comisión Mixta de Seguimiento las siguientes:
a) La identificación anual del Catálogo de Medios aportados por la CMA para la prestación de los Servicios Públicos encomendados y la aprobación de la planificación de medios humanos y materiales y actividades dispuestos para abordar su gestión, con arreglo a los documentos complementarios a esta Orden que se establezcan y siempre dentro del marco financiero que anualmente se apruebe, con carácter finalista, en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) La valoración de las propuestas de mejora presentadas.
c) El establecimiento de las prioridades de actuación en función de las necesidades.
d) La definición de las características técnicas y operativas de los medios técnicos objeto de la presente Orden.
e) El establecimientos de los recursos humanos que intervengan en los trabajos encomendados.
f) La definición de los medios humanos y materiales dispuestos por EGMASA para la prestación de los servicios encomendados.
g) La prestación de conformidad a todos los gastos producidos, sin perjuicio de las competencias de la intervención de la Junta de Andalucía.
h) La aprobación de los protocolos individuales de funcionamiento durante el último trimestre del año anterior. Igualmente, la Comisión deberá aprobar, previo informe del Técnico Responsable correspondiente a cada Protocolo, las revisiones que se puedan producir durante el desarrollo de los trabajos.
i) La aprobación del informe anual de los trabajos realizados presentado por EGMASA, previo informe de evaluación sobre la idoneidad del trabajo desarrollado de los Técnicos Responsables de los Protocolos.
j) El conocimiento de cualquier otro aspecto que afecte al desarrollo de los trabajos encomendados definidos en la condición primera no previsto en los apartados anteriores.
Sexta. Responsable técnico de EGMASA.
EGMASA designará, para cada uno de trabajos encomendados recogidos en la condición primera, el personal técnico responsable del correcto funcionamiento del conjunto de medios humanos y materiales gestionados por dicha empresa, su adecuación a los niveles de eficacia, rendimiento y calidad que se determinen y de su coordinación con el personal técnico funcionario responsable de los respectivos trabajos encomendados por esta Orden.
Séptima. Plazo de vigencia.
La naturaleza de los trabajos que se encomiendan por la presente Orden hace que sea necesario fijar un plazo de vigencia cuatrienal, revisándose anualmente en función del presupuesto definido en el Plan de Actuación, Inversión y Financiación que se apruebe en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Octava. Órdenes de encomienda anteriores.
Quedan sin efecto cuantas disposiciones contradigan a la presente Orden y en concreto la Orden de 3 de junio de 2009, por la que se encomienda a la Empresa Pública de Gestión Medioambiental, S.A., la realización de determinados trabajos en materia de calidad ambiental, cambio climático y medio ambiente urbano.
Novena. Efectos.
La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de junio de 2010
JOSÉ JUAN DIAZ TRILLO
Consejero de Medio Ambiente
A N E X O
Sin perjuicio de cualquier otra actuación relacionada con la prestación del servicio público cuya realización exijan las circunstancias concurrentes, las actuaciones básicas que corresponde desarrollar a EGMASA para el desarrollo de cada uno de los trabajos encomendados en la condición 1 de la presente Orden, en función de los medios asignados, son:
1. Calidad del aire.
1.a) Realización de campañas de medida con las Unidades Móviles de Medida de Calidad del Aire.
Funciones:
1.º Medida de la contaminación en zonas no cubiertas por la red.
2.º Evaluación, frente a la legislación vigente, de niveles de calidad del aire Contraste de los datos proporcionados por la red. Apoyo técnico para la atención a denuncias.
3.º Atención a incidentes.
4.º Participar en programas de garantía de calidad. Estudios para reubicación de cabinas y verificación de los datos proporcionados por la RVCCAA.
1.b) Realización de las operaciones de contraste y calibración de las cabinas fijas. Supervisión del funcionamiento de las mismas.
Funciones:
1.º Calibración y contraste de las redes de emisiones e inmisiones atmosféricas.
2.º Inspección y control del estado de las Redes.
3.º Auditorías del Sistema de Calidad de las Redes. Informar a la CMA, de manera que permita una primera validación inmediata, de las anomalías detectadas y proposiciones de mejoras. Transferencia a las cabinas de la red de los patrones preparados en el LARCA.
4.º Participar en programas de garantía de calidad.
1.c) Realización de medidas de emisiones de contaminantes al ambiente.
Funciones:
1.º Mediciones e inspección de emisión de contaminantes a la atmósfera.
2.º Determinación de partículas en suspensión, totales, PM2.5 y PM10 mediante captadores de alto y bajo volumen. Determinación de partículas sedimentables. Determinación de COV, metales y otros contaminantes orgánicos e inorgánicos.
3.º Captación y análisis de otros contaminantes, como, SOx, NOx, CO, compuestos orgánicos volátiles, cloruros, fluoruros, dioxinas y furanos y aquellos otros que sean necesarios incorporar a criterio de la CMA.
4.º Realización de auditorías en Autorizaciones Ambientales Integradas.
5.º Campañas de medidas para la realización de estudios por contaminantes y/o instalaciones.
6.º Campañas de medidas para la realización de estudios de sistemas de depuración de gases emitidos a la atmósfera.
1.d) Trabajos complementarios de apoyo de toma de muestras y ensayos analíticos a los «Planes de Evaluación de las Necesidades de Adaptación Ambiental de la Industria en Andalucía».
Funciones:
Apoyo en inspección y analíticas a las inspecciones de la Directiva sobre prevención y control integrados de la contaminación.
1.e) Realización de medidas de emisiones difusas.
Funciones:
Determinaciones de emisiones, y de inmisiones en el caso de que no sea posible el control directo en el foco.
1.f) Calibración de los equipos de las unidades móviles y de los calibradores y botellas de gases utilizados como patrones en la red de medida.
Funciones:
1.º Generación de muestras patrón primarias para la calibración de los analizadores de referencia del laboratorio.
Contraste de diversos métodos de generación de patrones primarios.
2.º Generación de muestras patrón para calibración de los analizadores de las unidades móviles.
3.º Calibración/contraste de los calibradores y botellas de mezcla de gases procedentes de la RVCCAA. Calibración de equipos de las unidades móviles. Asegurar la calidad de los patrones preparados y de las medidas realizadas.
4.º Asegurar la reproducibilidad y repetibilidad de los métodos empleados tanto para las calibraciones como para la preparación de muestras patrón.
5.º Validación de métodos y equipos de medida. Generación de atmósferas de concentraciones conocidas.
6.º Participación en programas nacionales e internacionales de ínter comparaciones.
7.º Valoración de patrones secundarios a través de patrones primarios.
8.º Puesta a punto de nuevas técnicas de calibración de equipos y medición de contaminantes atmosféricos.
1.g) Apoyo analítico a las unidades móviles.
Funciones:
1.º Preparación y análisis gravimétricos de filtros para campañas tanto de emisiones como de inmisiones. Preparación de soluciones captadoras para toma de muestra de emisiones.
2.º Análisis de contaminantes.
3.º Control de equipos de análisis.
4.º Realización de ejercicios ínter laboratorio de análisis.
5.º Verificación de material volumétrico.
1.h) La planificación, desarrollo y los análisis que requieran las campañas de captadores difusivos que la CMA necesite realizar.
Funciones:
1.º Planificación de las campañas, adquisición de material necesario y preparación de los medios captadores. Toma de muestra, incluyendo colocación de los captadores cuando sea necesario y análisis en laboratorio de los parámetros muestreados.
2.º Campañas de medida orientadas a obtener datos para:
- Identificación de zonas de riesgo/grado de cumplimiento de la normativa.
- Localización de focos de emisión.
- Estudios de la representatividad de cabinas.
- Rediseño de Redes de Vigilancia.
- Ayuda a Gestores.
- Optimización de redes de vigilancia.
- Estudios de contaminación debida al tráfico. Puesta a punto de nuevas técnicas de muestreo y análisis.
- Estudios de control de calidad de los resultados.
1.i) Apoyo a los trámites de fiscalidad ambiental.
Funciones:
Planificación de las campañas, adquisición de material necesario y preparación de los medios captadores. Toma de muestra y análisis en laboratorio de los parámetros muestreados.
2. Calidad de las aguas litorales y vertidos
2.a) Control de las normas de emisión.
Funciones:
1.º Recogida periódica de muestras representativas del vertido de 24 horas en efluentes urbanos e industriales autorizados. En el caso de depuradoras de vertidos urbanos se tomarán muestras a la entrada y salida para verificar el rendimiento. En instalaciones acuícolas, desaladoras y resto de instalaciones industriales cuyos límites se fijen por diferencia entre el vertido y el agua de aporte, se tomará también una muestra de esta.
2.º En la mayor parte de los casos la frecuencia de muestreo será mensual, si bien ésta se establecerá para cada instalación, pudiendo ser también quincenal o bimestral. Se tendrán en cuenta también las instrucciones recibidas respecto a situaciones especiales del seguimiento de vertidos: Inicio, cese definitivo, temporales e intermitentes. Incluye análisis en laboratorio de parámetros incluidos en la autorización de vertido o en la autorización ambiental integrada de la empresa y otros establecidos por la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental.
2.b) Control de autoanálisis.
Funciones:
1.º Análisis de una muestra duplicada, tomada por los titulares de los vertidos en su autocontrol o conjuntamente por el titular y el LVCC.
2.º La frecuencia del control de autoanálisis será mensual, si bien ésta se aumentará o disminuirá en función del resultado de la comparación de los resultados obtenidos. Los parámetros a determinar en estas muestras serán los recogidos en la autorización de vertido o en la autorización ambiental integrada correspondiente.
2.c) Caracterización de vertidos industriales.
Funciones:
1.º Toma de muestras compuestas de 24 horas, durante uno o varios días consecutivos, para proceder a la investigación de la composición y concentración de los componentes de un vertido. Se determina caudal, parámetros in situ, los incluidos en las autorizaciones de vertido o en la autorización ambiental integrada correspondiente y los incluidos en el Registro Estatal de Emisiones y Fuentes de Contaminantes (en adelante, PRTR-España), HARP y RID.
2.º Se llevará a cabo una caracterización inicial, al inicio del trámite de autorización de un vertido y caracterizaciones de seguimiento periódicas o a demanda de la CMA. La frecuencia en general será anual, si bien ésta se podrá disminuir en función del tipo de vertido, de acuerdo con las indicaciones de la CMA. No obstante, los parámetros no detectados en los vertidos durante tres años consecutivos se analizarán con periodicidad trienal.
2.d) Caracterización de vertidos urbanos.
Funciones:
1.º Toma de muestras compuestas de 24 horas durante uno o varios días consecutivos, para proceder a la determinación de la concentración de determinados parámetros en el efluente de los vertidos de naturaleza urbana. Se determina caudal, parámetros in situ, los incluidos en las autorizaciones de vertido y los establecidos en PRTR-España y en el Convenio OSPAR. Igualmente, se determina el rendimiento de depuración.
2.º La temporalidad será variable, según el número de habitantes equivalente y se determinará caudal, parámetros in situ, sólidos en suspensión, COT, DQO, DBO5, los incluidos en OSPAR, toxicidad y sustancias prioritarias. No obstante, los parámetros no detectados en los vertidos durante tres años consecutivos se analizarán con periodicidad trienal.
2.e) Seguimiento de otros vertidos.
Funciones:
Consistirá en la toma de muestras puntuales o compuestas de 24 horas de los vertidos sin autorización o en trámite, de acuerdo con las demandas puntuales de la CMA respecto a frecuencia y tipo de análisis.
Para vertidos urbanos se analizarán los parámetros característicos de este tipo de efluente. Para vertidos industriales, los definidos por la CMA y los parámetros PRTR-España del sector.
2.f) Actuaciones extraordinarias.
Funciones:
En función del grado de cumplimiento de las condiciones de la autorización de vertido o autorización ambiental integrada, de su potencial carga contaminante o a consecuencia de un incidente, se realizarán controles o seguimientos especiales a vertidos.
Se incluyen también dentro de este capítulo los estudios del medio receptor afectado y de las instalaciones de vertido.
Estas actuaciones se realizarán de acuerdo con las demandas de la CMA respecto a frecuencia y tipo de análisis.
2.g) Asistencia a incidentes.
Funciones:
Deberán analizarse las muestras tomadas por los barcos de vigilancia ambiental adscritos a la CMA en su labor de vigilancia y control de las aguas litorales y la recogida de muestras en caso de incidentes, a requerimiento de la CMA.
2.h) Control de las redes automáticas.
Funciones:
Se contrastarán periódicamente los valores emitidos por los medidores automáticos de la red de la CMA, mediante la realización de toma de muestras puntuales y análisis en laboratorio de los parámetros controlados en cada sensor.
2.i) Plan de vigilancia de aguas costeras y de transición.
Funciones:
1.º Incluye el muestreo, análisis y estudio de determinados indicadores de calidad biológicos (fitoplancton y macroinvertebrados bentónicos) y químicos y fisicoquímicos generales que afectan a los indicadores biológicos para atender a los requerimientos de la Directiva 2000/60/CE, marco de aguas, y de los convenios internacionales (OSPAR).
2.º En cada masa de agua costera y de transición de Andalucía se realizará la medida de los diferentes indicadores de calidad, en función de las características de cada una de ellas, definidas por la CMA.
Los tipos de muestreo son los siguientes:
- Muestreo Q: Muestras mensuales para la determinación de clorofila a y parámetros «in situ» y trimestralmente se recogerán muestras para el análisis de nutrientes.
- Muestreo B: Muestras anuales para la determinación taxonómica de macroinvertebrados bentónicos, incluyendo la determinación de nutrientes y físico-químico.
- Muestreo F: En 15 estaciones se tomarán muestras trimestrales para la determinación taxonómica de fitoplancton en estaciones de referencia. El número de estaciones podrá ampliarse, a requerimiento del grupo de expertos que asesora a la CMA sobre este indicador.
En relación con las determinaciones de macroinvertebrados bentónicos, se considera como nivel taxonómico a determinar, el de especie, salvo que el grupo de expertos que asesora a la CMA indique que los indicadores establecidos a nivel de familia son adecuados.
Asimismo, atendiendo a los requerimientos de la CMA se podrán ejecutar otros controles, tales como estudios de homogeneidad de masas de agua o seguimiento de las plumas de dispersión de los ríos.
2.j) Análisis de muestras procedentes de entidades y organismos autorizados.
Funciones:
Análisis, previa autorización de la CMA de aquellas muestras que provengan de personas o entidades que aparezcan en el documento entidades y organismos autorizados para entregar muestras, siempre que estas presenten unas condiciones mínimas de almacenamiento y conservación.
2.k) Organización ejercicios intercomparación.
Funciones:
Se realizarán ejercicios de intercomparación en los que puedan participar, tanto las Entidades Colaboradoras de la CMA como los Laboratorios Acreditados que presten servicios de control de vertidos al medio hídrico, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Se organizarán 4 rondas de participación, una para cada grupo de parámetros: I–Generales, II–In situ, III–Metales y IV–Prioritarias.
2.l) Actualización inventario de vertidos.
Funciones:
Recopilar todas aquellas características asociadas, no solo al vertido, sino a la conducción que lo sustenta, siendo el ámbito geográfico, todo el litoral andaluz y las zonas de transición.
Mantenimiento y actualización del inventario de vertidos y conducciones al litoral andaluz, con el objetivo de dotar de un mayor aprovechamiento y versatilidad para la CMA.
3. Barcos de vigilancia.
3.a) Vigilancia ambiental.
Funciones:
1.º Identificación de actividades que puedan provocar algún impacto negativo en la calidad de las aguas litorales o al medio ambiente, en general.
2.º Localización, alerta y seguimiento de incidentes.
3.º Especial seguimiento al tráfico marítimo y actividades portuarias. Navegación aleatoria en cuanto a horarios y trayectorias. Especial atención a zonas susceptibles de presentar mayor número de incidentes.
4.º Apoyo gráfico de todas las actuaciones.
3.b) Seguimiento y control ambiental de vertidos industriales y urbanos.
Funciones:
1.º Apoyo a los LVCC en las campañas analíticas de control de la calidad de las aguas afectadas directamente por los vertidos.
2.º Inmersiones para la inspección de los emisarios submarinos y evaluación de los fondos adyacentes.
3.º Seguimiento de las praderas de fanerógamas marinas afectadas por vertidos.
4.º Seguimiento del medio afectado por vertidos de desaladoras.
5.º Apoyo gráfico de todas las actuaciones.
3.c) Seguimiento de operaciones de dragado y actividades afines.
Funciones:
Asistencia técnica especializada referente a los planes de trabajo específicos para cada una de las actuaciones a supervisar.
3.d) Apoyo para el desarrollo del Plan de Vigilancia de Aguas costeras y de transición.
Funciones:
1.º Toma de muestras de parámetros «in situ» mediante CTD, midiendo en el perfil de profundidad. Integración de resultados en superficie, Secchi y fondo.
2.º Apoyo a los LVCC para la realización de las determinaciones de clorofila y nutrientes, así como del resto de parámetros biológicos contemplados en dicho Plan (fitoplancton y macroinvertebrados bentónicos).
3.e) Seguimiento de los efluentes de refrigeración de centrales térmicas e industrias afines.
Funciones:
1.º Seguimiento de las temperaturas en las zonas de vertido de determinadas empresas en la ría de Huelva, bahía de Algeciras y Carboneras.
2.º Estudio del gradiente térmico en aguas de la ría de Huelva, en diferentes condiciones de marea.
3.f) Seguimiento de la evolución de la salinidad y turbidez en el estuario del Guadalquivir.
Funciones:
1.º Realización de toma de muestras de turbidez y salinidad en el estuario del Guadalquivir.
2.º Vigilancia de actividades realizadas en el estuario del Guadalquivir.
3.g) Actuaciones de apoyo.
Funciones:
Programar todas aquellas actividades de interés para la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental. Colaborar en la realización de las mismas.
4. Aseguramiento de la calidad.
4.a) Ampliación y mantenimiento de acreditaciones concedidas por la Entidad Nacional de Acreditación (en adelante, ENAC).
Funciones:
1.º Preparación y coordinación de auditorías externas realizadas por ENAC.
2.º Elaboración de informes de acciones correctoras.
3.º Definición, implantación y seguimiento de acciones correctivas propuestas.
4.º Ampliación y mantenimiento de la acreditación como laboratorio de calibración en el área Química y de Fluidos (Norma ISO/IEC 17025).
5.º Ampliación y mantenimiento de la acreditación como entidad de inspección para el área medioambiental (Norma ISO 17020). Para toma de muestra e inspección de:
6.º Aguas residuales.
7.º Aguas continentales superficiales.
8.º Aguas marinas.
9.º Emisiones.
10.º Calidad del aire (inmisiones).
11.º Ruidos y vibraciones.
12.º Aislamiento acústico.
13.º Ampliación y mantenimiento de la acreditación como laboratorio de ensayo (Norma ISO/IEC 17025). Para la toma de muestra y análisis de:
14.º Emisiones de fuentes estacionarias.
15.º Inmisiones atmosféricas.
16.º Aguas continentales, marinas y residuales.
17.º Suelos.
18.º Lodos.
19.º Sedimentos y residuos sólidos.
20.º Biota.
4.b) Actualización continua, implantación y mantenimiento del sistema de calidad definido.
Funciones:
1.º Se pretende alcanzar un alto nivel de fiabilidad para todas las medidas realizadas por los laboratorios y unidades móviles, para ello se ha implantado un sistema que asegura la calidad de los datos.
2.º Elaboración y control de la documentación integrante del sistema de calidad.
3.º Calificación de técnicos.
4.º Seguimiento y evaluación de la eficacia de acciones correctoras.
5.º Coordinación de ejercicios de intercomparación y evaluación de resultados.
6.º Coordinación de las revisiones anuales de los sistemas de calidad.
7.º Seguimiento y evaluación de resultados de las actividades de control de calidad.
8.º Definición e implantación del sistema de calidad en nuevas actividades.
9.º Supervisión del cumplimiento de los planes anuales de calidad.
10.º Elaboración de informes que emanen del sistema de calidad.
4.c) Realización de auditorías internas que permiten comprobar el grado de implantación y la eficacia del sistema de calidad:
Funciones:
1.º Elaboración de lista de comprobaciones y cuestionarios de auditoría.
2.º Evaluación de los trabajos desarrollados.
3.º Descripción de desviaciones detectadas y definición de acciones correctoras.
4.º Elaboración y distribución de informes de auditorías.
Seguimiento de la eficacia de las acciones correctoras propuestas y cierre de desviaciones.
4.d) Control de calidad de las medidas realizadas por la Red de Vigilancia y Control de la Calidad Ambiental de la Junta de Andalucía.
Funciones:
1.º Revisión de la documentación que integra el sistema de calidad a implantar en la red.
2.º Asesoramiento en la implantación del sistema de calidad.
3.º Realización de auditorias de calidad a las cabinas de la red.
5. Centro de datos de calidad ambiental (en adelante, CDCA).
5.a) Supervisión del adecuado funcionamiento de las redes de vigilancia y control de la calidad ambiental durante 24 horas.
Funciones:
1.º Supervisión del cumplimiento de los criterios de calidad del aire descritos en la legislación, de los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera en las industrias, de los criterios de calidad de las aguas litorales descritos en la legislación y de los límites de vertido en los puntos autorizados y sometidos a monitorización. Supervisión del estado de funcionamiento de los analizadores y estaciones que componen las redes de vigilancia.
2.º Activación de los protocolos de información a la población en caso de superación de los valores establecidos. Participación en la coordinación de las actuaciones derivadas tras la comunicación sobre incidentes, accidentes, denuncias, averías, paradas o puestas en marcha, tras consultas de los Centros de Coordinación de Emergencia sobre niveles de presencia de contaminantes en tiempo real y tras las comunicaciones de incidentes por parte de los barcos y laboratorios.
5.b) Homogeneización de los soportes y de la metodología de tratamiento y análisis de la información.
Funciones:
1.º Mantenimiento y mejora del sistema operativo, software de adquisición de datos y software de comunicaciones de estaciones remotas y centros de control, así como del sistema de Paneles de Información Ambiental. Depuración de los procesos automáticos de adquisición y carga de datos en el sistema de la CMA. Intervención en el caso de incidencias, como parada del sistema por existencia de archivos de datos corruptos o fallos en los protocolos de comunicaciones. Coordinación con la empresa encargada del mantenimiento de estaciones y analizadores, facilitándole información diaria detallada sobre el estado de las redes y los analizadores.
2.º Desarrollo y programación de sistemas de adquisición de datos y de protocolos para la exportación de datos en tiempo real específicos para los Centros de Control de determinadas industrias.
3.º Mantenimiento de equipos y software del CDCA.
5.c) Elaboración de informes y procesado de la información.
Funciones:
1.º Validación de los datos de las redes de vigilancia. Realización de informes específicos sobre materias relacionadas con la encomienda, a solicitud de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental. Redacción de informes periódicos de calidad ambiental en Andalucía, colaborando en la elaboración del Informe de Medio Ambiente de Andalucía.
2.º Estudios de modelización de la contaminación atmosférica. Integración de la información generada con Sistemas de Información Geográfica.
3.º Apoyo técnico en la aplicación de la Ley 37/2003 del ruido, del Decreto 326/2003, así como en la gestión en materia de prevención e inspección acústica. Realización de informes para su remisión a otros Organismos Públicos.
4.º Coordinación, participación y realización de informes para los distintos planes de mejora de la calidad ambiental que formule la CMA, así como la Planificación de campañas de evaluación de la calidad ambiental, en general.
5.º Redacción de informes anuales sobre la red de vigilancia de vertidos al litoral: evolución y comportamiento de los vertidos controlados, contraste con las condiciones establecidas en las autorizaciones de vertido e información de las declaraciones anuales presentadas por las respectivas empresas.
6.º Revisión, mantenimiento y actualización de la web de la CMA y de la web del CDCA.
7.º Informe sobre las conducciones de vertido, estado de los puertos y estado de las depuradoras de aguas residuales urbanas del litoral andaluz.
8.º Recolección de los datos necesarios para poder realizar el cálculo de la carga contaminante vertida al medio receptor y elaboración de informes sobre cargas contaminantes vertidas al litoral andaluz.
9.º Programación de aplicaciones informáticas y bases de datos necesarias para el tratamiento de la información.
10.º Administración, gestión y mantenimiento de aplicaciones informáticas relacionadas con la gestión de datos de información ambiental generados en el ámbito de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental.
11.º Verificación del funcionamiento del Sistema de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
5.d) Seguimiento y actualización del inventario de emisiones y focos contaminantes.
Funciones:
1.º Elaboración de inventarios anuales de emisiones a la atmósfera.
2.º Seguimiento y mejora de los procedimientos para la actualización y mejora de los Inventarios de Emisiones a la atmósfera en Andalucía.
3.º Adecuación en continuo de la metodología, frecuencia e información de salida de los inventarios a las necesidades de suministro de información que tiene la Consejería. Actualización de procedimientos de control de calidad de los inventarios.
5.e) Facilitar el acceso a los usuarios potenciales de información ambiental.
Funciones:
1.º Preparación de información para responder a las solicitudes de datos realizadas por otras administraciones, empresas y particulares.
2.º Gestión de la información a presentar en los Paneles de Información Ambiental.
3.º Atención a visitas al CDCA.
5.f). Soporte en las actividades relacionadas con la ZSP del DPM-T.
Funciones:
1.º Desarrollo de software para apoyo en la toma de decisiones respecto a la gestión de la Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre.
2.º Apoyo para la caracterización socioambiental de la ZSP del DPM-T de los municipios seleccionados en Andalucía.
3.º Propuestas para el establecimiento de los criterios de gestión de la ZSP del DPM-T.
4.º Apoyo Técnico para la realización de valoraciones en las construcciones a los efectos del expediente sancionador y, en los casos que se requieran, redacción y dirección técnica de las obras de demolición realizadas por técnico competente.
6. Emisiones a la atmósfera de gases de efecto invernadero.
Funciones:
1.º Apoyo a las instalaciones en la tramitación de la AEGEI. Atención de consultas y resolución de dudas de carácter general.
2.º Análisis y evaluación de las solicitudes de autorización en base a las directrices recogidas en la Decisión 2007/589/CE, de 18 de julio.
3.º Asesoramiento en relación con la metodología de seguimiento más conveniente para cada instalación afectada por la normativa sobre el régimen del comercio.
4.º Preparación del condicionado de la AEGEI y apoyo a su cumplimentación tramitación y envío.
5.º Asistencia técnica a la CMA para la certificación de la entrada en funcionamiento y el cese de actividad de las instalaciones afectadas por el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión.
6.º Diseño de los formatos del informe de notificación de emisiones y de la declaración del verificador a emplear durante la validación.
7.º Diseño y apoyo a la aplicación de los procedimientos operativos e instrucciones técnicas para la validación de los informes de emisiones verificados.
8.º Apoyo a la validación de los informes de notificación de emisiones verificados, que establece la Ley 1/2005, de 9 de marzo.
9.º Mantenimiento de la base de datos en lo referente a Andalucía del RENADE, regulado en el Real Decreto 1264/2005, de 21 de octubre.
10.º Mantenimiento y actualización de la Base de Datos de las Instalaciones afectadas por el Régimen del Comercio.
11.º Mantenimiento y actualización de los Archivos de Documentación de las Instalaciones afectadas por el Régimen del Comercio.
12.º Gestión de los Planes de Acciones Correctoras y elaboración de los escritos de reclamación a los titulares y verificadores como resultado del proceso de validación de las emisiones.
13.º Elaboración de informes y estudios de diversa índole relacionados con la aplicación del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión.
14.º Elaboración de documentos técnicos: guías, manuales, planes, criterios, normas y procedimientos en relación con la aplicación de Régimen de Comercio de Derechos de Emisión.
15.º Asistencia técnica a la CMA en relación con la Autoridad Nacional Designada y estudio de proyectos MDL y AC.
16.º Atención de consultas mediante Línea 900 de atención telefónica y correo electrónico kioto.cma@juntadeandalucia.es.
17.º Otros trabajos encargados por la CMA en relación con el Comercio de Derechos de Emisión.
7. Protección contra la contaminación acústica.
7.a) Realización de medidas e inspecciones de ruidos y vibraciones.
Funciones:
1.º Mediciones e inspección para dar cumplimiento a lo recogido en el Decreto 326/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Protección Contra la Contaminación Acústica referente a:
2.º Emisiones de ruidos.
3.º Inmisiones de ruidos.
4.º Inmisión de vibraciones sonoras.
5.º Ruido ambiente.
7.b) Realización de medidas e inspecciones de aislamientos acústicos.
Funciones:
1.º Mediciones e inspección para dar cumplimiento a lo establecido para esta materia en la Ley 7/2007, de 9 de julio de 2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y en el reglamento de desarrollo.
2.º Aislamiento acústico a ruido aéreo.
3.º Aislamiento acústico a ruido de fachadas y cubiertas de edificaciones.
4.º Aislamiento acústico a ruido de impactos.
7.c) Realización de mapas de ruidos.
Funciones:
1.º Apoyo técnico para la realización de mapas de ruidos, mapas estratégicos de ruidos, y otros estudios de interés.
2.º Realización de las medidas necesarias para su ejecución.
7.d) Realización de auditorías en Autorizaciones Ambientales Integradas.
Funciones:
1.º Participación en las inspecciones derivadas del plan de vigilancia y control de las Autorizaciones Ambientales Integradas.
2.º Realización de las medidas necesarias para su ejecución.
8. Planes de calidad ambiental.
8.a) PCAHE.
Actividades de Secretaria Técnica.
Funciones:
- Actuaciones relativas a la elaboración del Decreto hasta la aprobación del texto definitivo.
- Apoyo a la organización de reuniones de los Comités Institucional y de Participación Ciudadana.
- Actuaciones relacionadas con la publicidad/difusión del Plan: notas de prensa, cursos y jornadas, campañas de divulgación, etc.
- Estudio de caracterización del suelo del entorno de la antigua planta de tratamiento de mineral de Corrales (Aljaraque)
- Estudio en campo de la resuspensión de polvo en ámbito PCAHE
- Apoyo al Comité de evaluación de la restauración de los fosfoyesos
8.b) PCACG.
Funciones:
- Actuaciones relativas a la elaboración del Decreto hasta la aprobación del texto definitivo.
- Apoyo a la organización de reuniones de los Comités Institucional y de Participación Ciudadana
- Actuaciones relacionadas con la publicidad/difusión del Plan: notas de prensa, cursos y jornadas, campañas de divulgación, etc.
- Realización de campañas de captadores (difusivos y gravimétricos) para estudiar la influencia del tráfico marítimo en la calidad del aire (SO2 y partículas) de los municipios del ámbito del PCACG
9. Programa de Sostenibilidad Ambiental Urbana Ciudad 21.
9.a) Desarrollo de iniciativas específicas en cada una de las áreas temáticas del programa.
Funciones:
1.ª Apoyo a la implantación de políticas municipales de sostenibilidad.
2.ª Desarrollo de iniciativas específicas en municipios concretos relacionadas con las áreas temáticas del Programa Ciudad 21.
3.ª Selección de municipios objetivo en función de la influencia que sus características intrínsecas puedan tener sobre los resultados de la iniciativa.
4.ª Obtención de conclusiones exportables que permitan, por ejemplo, plantear futuras líneas de incentivos.
9.b) Estudios y documentos técnicos en Medio Ambiente Urbano.
Funciones:
1.º Actividades destinadas a impulsar el proceso de Agenda Local 21.
2.º Análisis, diagnóstico y elaboración de los planes de acción local de aquellos municipios adheridos en 2002, que aún no tengan cumplimentada esta fase de su Agenda 21 Local.
10. Gestión de Residuos.
10.a) Gestión de Residuos.
Funciones:
1.º Explotación y mantenimiento del Sistema de Información de Residuos Peligrosos (en adelante, SIRTP):
- Archivo, revisión, validación y grabación de la documentación oficial en materia de residuos peligrosos.
- Control de calidad de los datos grabados en SIRTP, según procedimiento.
- Revisiones de funcionamiento del Sistema.
2.º Cruce de datos de la documentación oficial presentada por las empresas en materia de residuos peligrosos. En particular, balances entrada-salida de gestores.
3.º Archivo y tramitación de documentos de control y seguimiento, documentos A y B de aceites usados y de documentos de control y seguimiento de pequeñas recogidas.
4.º Traslado de no conformidades detectadas en la documentación en materia de residuos peligrosos a las Delegaciones Provinciales y a la Dirección general de Prevención y Calidad Ambiental, y en concreto a los Servicios de Residuos y Calidad del Suelo y de Inspecciones.
5.º Recepción y archivo de notificaciones previas de traslado de residuos peligrosos.
6.º Seguimiento de las importaciones y exportaciones de residuos peligrosos en Andalucía.
7.º Asistencia a empresas para la entrega de documentación oficial de residuos peligrosos por vías telemáticas/informáticas.
8.º Elaboración de informes, consultas, estadísticas (Informe de Medio Ambiente, Medio Ambiente Datos Básicos, entre otras), respuesta a peticiones de datos del Ministerio de Medio Ambiente y Medios Rural y Marino, particulares, universidades, etc.
9.º Asistencia técnica para la evaluación del cumplimiento de objetivos del Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos 2004-2010, y a la Secretaría de su Comisión de Seguimiento: definición y evolución del Sistema de Indicadores, propuesta de actuaciones, informes para la Comisión, etc.
10.º Celebración de ponencias técnicas sobre la gestión de residuos peligrosos en Andalucía.
11.º Elaboración de una norma de referencia sobre puntos limpios en polígonos industriales y redacción de una guía técnica de diseño de puntos limpios industriales.
12.º Definición de programa formativo en materia de residuos peligrosos para profesorado de institutos de enseñanzas secundarias.
13.º Puesta en marcha de Comités Sectoriales de Minimización: asistencia técnica a la CMA para su creación, selección de sectores, asociaciones y federaciones, etc. interlocutoras, asistencia técnica para la implicación de los sectores, elaboración de propuesta de protocolo para regular la adhesión de empresas y la concesión del certificado de minimización.
14.º Puesta en marcha y actualización continua del Catálogo de Residuos de Andalucía.
15.º Asistencia técnica para la actualización de los contenidos de residuos de la web de la CMA.
16.º Validación, grabación y evaluación de estudios de minimización de residuos peligrosos. Elaboración de informe de situación.
17.º Validación, grabación y evaluación de planes de prevención de envases.
18.º Actualización del inventario de PCBs y equipos que contienen PCBs a partir de las declaraciones de posesión presentadas. Elaboración de informe de situación para el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
19.º Asistencia técnica para el diseño de la nueva base de datos SIRTP (AUGIAS).
20.º Asistencia técnica en relación con la propuesta estatal para la integración de la información en materia de residuos (Proyecto ÉTER).
21.º Participación en experiencias de transferencia de conocimientos con otras administraciones, empresas, etc.
22.º Sesiones de formación y coordinación en materia de residuos peligrosos.
23.º Actualización continua de panel e informes de seguimiento: indicadores y cuadro de mandos.
24.º Asistencia técnica en materia de residuos: realización de consultas, estadísticas, informes, etc. de diversa índole para la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental.
25.º Otros trabajos de consultoría relacionados, cuya ejecución se considere necesaria, que serán encargados por escrito y que quedarán registrados en el área de trabajo de la encomienda.
10.b) Suelos Contaminados.
Funciones:
1.º Asistencia técnica en materia de suelos: realización de consultas, estadísticas, informes, etc. de diversa índole para la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental.
2.º Asistencia para la tramitación de expedientes, tanto técnica como administrativa, a los Servicios Centrales y las Delegaciones Provinciales de la CMA.
3.º Valoración de informes de situación de suelos.
4.º Valoración de informes de caracterización de suelos: informes, muestreos, análisis cuantitativos de riesgos, etc., incluyendo visita a emplazamientos, muestreo y análisis en caso de ser necesario.
5.º Realización de Análisis Cuantitativos de Riesgos.
6.º Explotación aplicación informática de suelos (SUCO).
7.º Servicio de atención (correo electrónico y telefónico) a empresas afectadas por la normativa de suelos contaminados.
8.º Creación y actualización de los catálogos de suelos contaminados y potencialmente contaminados.
9.º Mailing, recepción y validación de segunda campaña de informes preliminares de situación (unos 22.000).
10.º Gestiones con Registro de la Propiedad para indagación de titulares de suelos.
11.º Participación en los grupos de trabajo del CONAMA y en el de Comunidades Autónomas.
12.º Sesiones de formación y coordinación en materia de suelos.
13.º Asistencia técnica para la actualización de los contenidos de suelos contaminados de la web de la CMA.
14.º Asistencia telefónica a empresas en relación con sus informes preliminares de situación.
15.º Propuesta y actualización continua de Informes de seguimiento: indicadores y cuadro de mandos.
16.º Visita de actividades potencialmente contaminantes del suelos. Emisión de informes de las visitas.
17.º Otros trabajos de consultoría relacionados, cuya ejecución se considere necesaria, que serán encargados por escrito por el TRS y que quedarán registrados en el área de trabajo de la encomienda.
Descargar PDF