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NIG: 2909442C20070000952.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 182/2007. Negociado: C.
Sobre: Acción declarativa de dominio.
De: Doña María Leonor Fernández García.
Procuradora: Sra. M.ª Eugenia Farre Bustamante.
Contra: Villas Andaluzas, S.A. y Construcciones Manuel Atencia, S.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 182/2007, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Vélez-Málaga, a instancia de doña María Leonor Fernández García contra Villas Andaluzas, S.A. y Construcciones Manuel Atencia, S.L. sobre acción declarativa de dominio, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Vélez-Málaga, a 27 de noviembre de 2008.
Vistos por mí, don José Baltasar Montiel Olmo, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Vélez-Málaga y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 182/2007, a instancia de doña María Leonor Fernández García, representada por la Procuradora Sra. Farré Bustamante y asistida de la Letrada Sra. Rodríguez Ródenas, frente a la entidad mercantil Construcciones Manuel Atencia, S.L. y la entidad mercantil Villas Andaluzas, S.A., en situación procesal de rebeldía, sobre acción declarativa de dominio.
FALLO
Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Farré Bustamante, en nombre y representación de doña María Leonor Fernández García, frente a la entidad mercantil Construcciones Manuel Atencia, S.L. y la entidad mercantil Villas Andaluzas, S.A., en situación procesal de rebeldía, declaro que doña María Leonor Fernández García es legítima propietaria de la vivienda chalet núm. 18, tipo B, situada sobre la parcela núm. 19, de la Urbanización El Conde, del término de Vélez-Málaga, a la altura del kilómetro 264 de la carretera de Málaga-Almería, finca registral núm. 32.902 (tomo 612, libro 411, folio 52, finca registral núm. 32.902, inscripción 1.ª), con una superficie de 516 m2, que se compone de planta baja, con una superficie de 127 metros y 10 decímetros cuadrados, distribuida en vestíbulo, pasillos, estar-comedor, dos dormitorios, cocina, despensa, un baño, lavadero y porche delantero y trasero; y planta primera con una superficie de 64 metros con 90 decímetros cuadrados, distribuida en pasillo, tres dormitorios, dos baños y balcón; linda al Norte con la parcela núm. 16 de la urbanización, Sur con la parcela núm. 20, Este con parcela núm. 18 y Oeste con calle B de la urbanización, condenando a los demandados a estar y pasar por dicha declaración.
Diríjase mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad núm. 2, de Vélez-Málaga, a fin de que se proceda a la inscripción del derecho de la actora con respecto a la finca descrita, así como la rectificación del asiento registral contradictorio.
Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.
Contra la presente resolución, cabe interponer recurso de apelación que deberá preparase en el plazo de cinco días contados desde el siguiente a su notificación.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a las demandadas Villas Andaluzas, S.A. y Construcciones Manuel Atencia, S.L., extiendo y firmo la presente en Vélez-Málaga, a doce de junio de dos mil nueve.- El/La Secretario.
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