Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha de 5 de noviembre de 2009, don Pío Javier Ramón Teijelo, en nombre y representación de la entidad mercantil «Endesa Gas Transportista, S.L.», con domicilio en la C/ Doctor Aznar Molina, núm. 2, CP 50002, en la ciudad de Zaragoza, solicitó la Aprobación del Proyecto y Declaración de Utilidad Pública, en concreto, para la instalación que se cita, de acuerdo con el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
A tal efecto se adjunta el Proyecto de Ejecución de la línea aérea 15 kV para alimentación eléctrica a la posición de Rota en el término municipal de Rota y relación de propietarios de los terrenos afectados.
Segundo. De conformidad con el artículo 144 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante R.D. 1955/2000), se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio, respectivamente, en el BOP de Cádiz número 70, de 16.4.2010, BOJA número 72, de 15.4.2010, BOE número 84, de 7.4.2010 y en el Diario Bahía de Cádiz de fecha 22.3.2010. Del mismo modo, se publicó en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Rota, durante el período de 20 días.
Tercero. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, fueron notificados los organismos que pudieran ser afectados en sus bienes y servicios, en concreto el Ayuntamiento de Rota.
La contestación de la anterior entidad y la preceptiva respuesta de la solicitante, de conformidad con el procedimiento establecido en el R.D. 1955/2000, se desarrolló en los siguientes términos:
- Con fecha de 4.3.2010 tiene entrada en esta Delegación escrito del Ayuntamiento de Rota por el que se informa que la actuación debe someterse a el procedimiento de Calificación Ambiental, según lo indicado en el apartado 2.17 del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, se acredite que dicha actuación ha sido declarada de interés público y se someta el expediente a informe previo de la Delegación Municipal de Agricultura y Medio Ambiente. En fecha 8.4.2010, la peticionaria, previo traslado de los mencionados escritos, muestra conformidad.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Esta Delegación Provincial es competente para resolver sobre la citada autorización y aprobación del proyecto, según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía L.O. 2/2007, de 19 de marzo; en los Decretos del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías de la Junta de Andalucía, y 134/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, BOJA núm. 59, de 28.3.2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería Innovación, Ciencia y Empresa, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,
resuelve
Otorgar a Endesa Gas Transportista, S.L., autorización administrativa, aprobación del proyecto y declarar en concreto la utilidad pública a los efectos señalados en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, para el establecimiento de la instalación cuyas principales características son las siguientes:
Descripción de la instalación: Línea eléctrica aérea de alta tensión, S/C, de 15 kV para la alimentación eléctrica a la posición de Rota en el término municipal de Rota (Cádiz).
Lugar donde se va a establecer la instalación: Posición de Rota del Gasoducto Costa Noroeste de Cádiz.
Término municipal afectado: Rota.
Finalidad: Suministro de energía eléctrica a la posición de Rota del Gaseoducto Costa Noroeste de Cádiz.
Características fundamentales.
Línea Eléctrica.
Origen: Red de EDE, S.L.U., en apoyo A-121259.
Final: C.T. proyectado.
Tipo: Aérea.
Tensión de servicio: 15 kV.
Longitud en km: 0,746.
Conductores: LARL-56.
Referencia: A.T.: 11219/09.
Esta autorización y aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes:
1. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación.
2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
3. El plazo de puesta en marcha será de dos años contado a partir de la presente resolución.
4. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta puesta en marcha.
5. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
6. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
7. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Ilmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cádiz, 18 de mayo de 2010.- La Delegada, Angelina María Ortiz del Río.
Descargar PDF