Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 153 de 05/08/2010

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Consejería de Empleo

Resolución de 20 de julio de 2010, de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias, por la que se hace público un extracto de las Resoluciones de concesión de subvenciones para programas destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes concedidas al amparo de la disposición adicional segunda de la Orden que se cita.

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Examinadas y resueltas las solicitudes presentadas al amparo de la disposición adicional segunda de la Orden de 28 de mayo de 2009, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras al arraigo, la inserción y promoción social de personas inmigrantes dirigidas a Entidades sin Ánimo de lucro y Universidades Públicas en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y concedidas en base a la Disposición Adicional Segunda de la Convocatoria para el año 2009.

RESUELVE

Hacer público conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Orden de 28 de mayo de 2009, los extractos de las resoluciones de fecha 28 y 29 de abril de 2010, por las que se conceden subvenciones a las siguientes entidades ACCEM, Asociación Almería Acoge, Coordinadora Comarcal Alternativas y Cruz Roja de Andalucía, al amparo de la Orden citada y que se transcriben en los Anexos I, II, III y IV.

Sevilla, 20 de julio de 2010.- La Directora General, Rocío Palacios de Haro.

ANEXO I

RESOLUCIÓN DE 29 DE ABRIL DE 2010, DE LA DIRECTORA GENERAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS, POR LA QUE SE CONCEDE SUBVENCIÓN A LA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO ACCEM, EN LA MODALIDAD DE PROGRAMAS, AL AMPARO DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA DE LA ORDEN DE 28 DE MAYO DE 2009, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS E INFRAESTRUCTURAS DESTINADOS AL ARRAIGO, LA INSERCIÓN Y LA PROMOCIÓN SOCIAL DE PERSONAS INMIGRANTES DIRIGIDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y UNIVERSIDADES PÚBLICAS EN EL ÁMBITO DE LAS COMPETENCIAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS Y SE EFECTÚA SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2009

1.º Con fecha 7 de julio de 2009 se publica la Orden de 28 de mayo de 2009, por la que aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes dirigidas a Entidades sin Ánimo de Lucro y Universidades Públicas en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2009.

2.º La disposición adicional segunda de dicha Orden regula las subvenciones finalistas financiadas con fondos provenientes del Estado, estableciendo que se concederán con cargo a las partidas presupuestarias habilitadas al efecto para los proyectos determinados por los referidos fondos.

3.º El Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de su Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y la Junta de Andalucía, a través de su Consejería de Gobernación, al amparo de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre competencias para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas, han acordado en virtud del correspondiente Convenio de colaboración, el desarrollo de un Plan Piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante. Con fecha 2 de abril de 2009, se suscribe un Anexo al Convenio por el que se acuerda la participación del Fondo Europeo de Integración de Nacionales de Terceros Países (FEI) en la financiación de los mismos. A través del Plan Piloto se pondrán en marcha en dichas zonas, actuaciones dirigidas a promover el acercamiento de la población española y de la población inmigrada, a prevenir conflictos no deseados y a lograr una adecuada interrelación entre ciudadanos procedentes de distintas culturas. Las actuaciones se desarrollarán en una selección de zonas que por sus especiales características sociales, demográficas, económicas y habitacionales resultan especialmente sensibles en la actual coyuntura económica.

La necesidad de dar continuidad a dichos proyectos, consolidando los resultados alcanzados y progresando en la consecución del objetivo de integración intercultural y cohesión social que este Plan pretende, da lugar, conforme a la cláusula novena del Convenio, a la firma de un Protocolo de Prórroga, con fecha de 12 de diciembre de 2009, en virtud del cual se amplia la vigencia del mismo por un año desde su firma.

4.º En virtud del Convenio prorrogado, el Ministerio de Trabajo e Inmigración contribuye con una aportación económica de dos millones quinientos mil euros, 2.500.000 €, con cargo a la aplicación 19.07.231H. 455.03 del Presupuesto vigente del Departamento, que se ha incorporado a la aplicación 0.1.15.00.18.00.487.01.31J.8 de la Junta de Andalucía en febrero de 2010.

5.º La entidad ACCEM con base en lo establecido en la Disposición adicional segunda de la Orden de 28 de mayo de 2009 y en el Convenio anteriormente referido, solicita una subvención por importe de 700.000 € para el desarrollo del proyecto en red «Plan piloto de actuación en Zona Macarena» que tiene por objeto potenciar, en el barrio de la Macarena de la ciudad de Sevilla, la integración de las personas migrantes en su entorno social evitando situaciones conflictivas y de exclusión social, trabajando a través de una doble línea de intervención dirigida tanto a este sector poblacional como al autóctono, procurando fomentar el intercambio intercultural, la difusión de valores entre la comunidad inmigrante y los vecinos y facilitando la participación comunitaria en el barrio.

6.º Al amparo de la referida Disposición adicional de la mencionada Orden, se concede a la Entidad sin ánimo de lucro, ACCEM una subvención por importe de setecientos mil euros (700.000 €), que supone el 100% del presupuesto aceptado, para el desarrollo del proyecto en red «Plan piloto de actuación en zona Macarena» que tiene por objeto, lo descrito en el párrafo anterior.

7.º La subvención será abonada sin justificación previa y hasta el 100% de su importe, a partir de la presente resolución, conforme el calendario de pago autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda. Dicho pago se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 0.1.15.00.18.00.487.01.31J.8 y 1.1.15.00.18.00487.00.31J.4.2009.

ANEXO II

RESOLUCIÓN DE 28 DE ABRIL DE 2010, DE LA DIRECTORA GENERAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS, POR LA QUE SE CONCEDE SUBVENCIÓN A LA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO ASOCIACIÓN ALMERÍA ACOGE, EN LA MODALIDAD DE PROGRAMAS, AL AMPARO DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA DE LA ORDEN DE 28 DE MAYO DE 2009, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS E INFRAESTRUCTURAS DESTINADOS AL ARRAIGO, LA INSERCIÓN Y LA PROMOCIÓN SOCIAL DE PERSONAS INMIGRANTES DIRIGIDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y UNIVERSIDADES PÚBLICAS EN EL ÁMBITO DE LAS COMPETENCIAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS Y SE EFECTÚA SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2009

1.º Con fecha 7 de julio de 2009 se publica la Orden de 28 de mayo de 2009, por la que aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes dirigidas a Entidades sin Ánimo de Lucro y Universidades Públicas en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2009.

2.º La disposición adicional segunda de dicha Orden regula las subvenciones finalistas financiadas con fondos provenientes del Estado, estableciendo que se concederán con cargo a las partidas presupuestarias habilitadas al efecto para los proyectos determinados por los referidos fondos.

3.º El Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de su Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y la Junta de Andalucía, a través de su Consejería de Gobernación, al amparo de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre competencias para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas, han acordado en virtud del correspondiente Convenio de colaboración, el desarrollo de un Plan Piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante. Con fecha 2 de abril de 2009, se suscribe un Anexo al Convenio por el que se acuerda la participación del Fondo Europeo de Integración de Nacionales de Terceros Países (FEI) en la financiación de los mismos. A través del Plan Piloto se pondrán en marcha en dichas zonas, actuaciones dirigidas a promover el acercamiento de la población española y de la población inmigrada, a prevenir conflictos no deseados y a lograr una adecuada interrelación entre ciudadanos procedentes de distintas culturas. Las actuaciones se desarrollarán en una selección de zonas que por sus especiales características sociales, demográficas, económicas y habitacionales resultan especialmente sensibles en la actual coyuntura económica.

La necesidad de dar continuidad a dichos proyectos, consolidando los resultados alcanzados y progresando en la consecución del objetivo de integración intercultural y cohesión social que este Plan pretende, da lugar, conforme a la cláusula novena del Convenio, a la firma de un Protocolo de Prórroga, con fecha de 12 de diciembre de 2009, en virtud del cual se amplia la vigencia del mismo por un año desde su firma.

4.º En virtud del Convenio prorrogado, el Ministerio de Trabajo e Inmigración contribuye con una aportación económica de dos millones quinientos mil euros, 2.500.000 €, con cargo a la aplicación 19.07.231H. 455.03 del Presupuesto vigente del Departamento, que se ha incorporado a la aplicación 0.1.15.00.18.00.487.01.31J.8 de la Junta de Andalucía en febrero de 2010.

5.º La entidad Asociación Almería Acoge con base en lo establecido en la Disposición adicional segunda de la Orden de 28 de mayo de 2009 y en el Convenio anteriormente referido, solicita una subvención por importe de 400.000 € para el desarrollo del proyecto en red «Plan piloto de actuación integral en zona sensibles de Andalucía, con presencia significativa de poblacion inmigrante» que tiene por objeto potenciar la integración social, laboral y cultural de las personas migrantes; facilitar la participación comunitaria de los mismos; e impulsar la difusión de valores entre la comunidad inmigrante y los vecinos, todo ello a llevar a cabo en los barrios de El Puche (Almería), La Fuentecica-Quemadero (Almería) y las 2OO Viviendas (Roquetas de Mar).

6º Al amparo de la referida Disposición adicional de la mencionada Orden, se concede a la entidad sin ánimo de lucro Asociación Almería Acoge una subvención por importe de un cuatrocientos mil euros (400.000 €), que supone el 100% del presupuesto aceptado, para el desarrollo del proyecto en red «Plan piloto de actuación integral en zona sensibles de Andalucía, con presencia significativa de población inmigrante» que tiene por objeto lo referido en el párrafo anterior.

7.º La subvención será abonada sin justificación previa y hasta el 100% de su importe, a partir de la presente resolución, conforme el calendario de pago autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda. Dicho pago se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.15.00.18.00.487.01.31J.8.

ANEXO III

RESOLUCIÓN DE 28 DE ABRIL DE 2010, DE LA DIRECTORA GENERAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS, POR LA QUE SE CONCEDE SUBVENCIÓN A LA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO COORDINADORA ALTERNATIVAS, EN LA MODALIDAD DE PROGRAMAS, AL AMPARO DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA DE LA ORDEN DE 28 DE MAYO DE 2009, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS E INFRAESTRUCTURAS DESTINADOS AL ARRAIGO, LA INSERCIÓN Y LA PROMOCIÓN SOCIAL DE PERSONAS INMIGRANTES DIRIGIDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y UNIVERSIDADES PÚBLICAS EN EL ÁMBITO DE LAS COMPETENCIAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS Y SE EFECTÚA SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2009

1.º Con fecha 7 de julio de 2009 se publica la Orden de 28 de mayo de 2009, por la que aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes dirigidas a Entidades sin Ánimo de Lucro y Universidades Públicas en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2009.

2.º La disposición adicional segunda de dicha Orden regula las subvenciones finalistas financiadas con fondos provenientes del Estado, estableciendo que se concederán con cargo a las partidas presupuestarias habilitadas al efecto para los proyectos determinados por los referidos fondos.

3.º El Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de su Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y la Junta de Andalucía, a través de su Consejería de Gobernación, al amparo de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre competencias para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas, han acordado en virtud del correspondiente Convenio de colaboración, el desarrollo de un Plan Piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante. Con fecha 2 de abril de 2009, se suscribe un Anexo al Convenio por el que se acuerda la participación del Fondo Europeo de Integración de Nacionales de Terceros Países (FEI) en la financiación de los mismos. A través del Plan Piloto se pondrán en marcha en dichas zonas, actuaciones dirigidas a promover el acercamiento de la población española y de la población inmigrada, a prevenir conflictos no deseados y a lograr una adecuada interrelación entre ciudadanos procedentes de distintas culturas. Las actuaciones se desarrollarán en una selección de zonas que por sus especiales características sociales, demográficas, económicas y habitacionales resultan especialmente sensibles en la actual coyuntura económica.

La necesidad de dar continuidad a dichos proyectos, consolidando los resultados alcanzados y progresando en la consecución del objetivo de integración intercultural y cohesión social que este Plan pretende, da lugar, conforme a la cláusula novena del Convenio, a la firma de un Protocolo de Prórroga, con fecha de 12 de diciembre de 2009, en virtud del cual se amplia la vigencia del mismo por un año desde su firma.

4.º En virtud del Convenio prorrogado, el Ministerio de Trabajo e Inmigración contribuye con una aportación económica de dos millones quinientos mil euros, 2.500.000 €, con cargo a la aplicación 19.07.231H. 455.03 del Presupuesto vigente del Departamento, que se ha incorporado a la aplicación 0.1.15.00.18.00.487.01.31J.8 de la Junta de Andalucía en febrero de 2010.

5.º La entidad Coordinadora Alternativas con base en lo establecido en la Disposición adicional segunda de la Orden de 28 de mayo de 2009 y en el Convenio anteriormente referido, solicita una subvención por importe de 500.000 € para el desarrollo del proyecto en red «Plan piloto de actuación integral en zona sensibles de Andalucía, con presencia significativa de población inmigrante: Un Barrio de Todos (II)» que tiene por objeto potenciar la integración social, laboral y cultural de las personas migrantes; asegurar el acceso de este colectivo, en condiciones de igualdad, a los servicios básicos comunes, facilitando la participación comunitaria de los mismos; e impulsar la difusión de valores entre la comunidad inmigrante y los vecinos, todo ello a llevar a cabo en los barrios de La Piñera, El Saladillo, Bajadilla y zona del Mercado de abastos de la ciudad de Algeciras (Cádiz).

6º Al amparo de la referida disposición adicional de la mencionada Orden, se concede a la Entidad sin ánimo de lucro, Coordinadora Alternativas una subvención por importe de quinientos mil euros (500.000 €), que supone el 100% del presupuesto aceptado, para el desarrollo del proyecto en red «Plan piloto de actuación integral en zona sensibles de Andalucía, con presencia significativa de población inmigrante: Un Barrio de Todos (II)» que tiene por objeto lo referido en el párrafo anterior.

7.º La subvención será abonada sin justificación previa y hasta el 100% de su importe, a partir de la presente resolución, conforme el calendario de pago autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda. Dicho pago se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.15.00.18.00.487.01.31J.8.

ANEXO IV

RESOLUCIÓN DE 28 DE ABRIL DE 2010, DE LA DIRECTORA GENERAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS, POR LA QUE SE CONCEDE SUBVENCIÓN A LA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO CRUZ ROJA ESPAÑOLA EN GRANADA, EN LA MODALIDAD DE PROGRAMAS, AL AMPARO DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA DE LA ORDEN DE 28 DE MAYO DE 2009, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS E INFRAESTRUCTURAS DESTINADOS AL ARRAIGO, LA INSERCIÓN Y LA PROMOCIÓN SOCIAL DE PERSONAS INMIGRANTES DIRIGIDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y UNIVERSIDADES PÚBLICAS EN EL ÁMBITO DE LAS COMPETENCIAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS Y SE EFECTÚA SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2009

1.º Con fecha 7 de julio de 2009 se publica la Orden de 28 de mayo de 2009, por la que aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes dirigidas a Entidades sin Ánimo de Lucro y Universidades Públicas en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2009.

2.º La Disposición adicional segunda de dicha Orden regula las subvenciones finalistas financiadas con fondos provenientes del Estado, estableciendo que se concederán con cargo a las partidas presupuestarias habilitadas al efecto para los proyectos determinados por los referidos fondos.

3.º El Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de su Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y la Junta de Andalucía, a través de su Consejería de Gobernación, al amparo de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre competencias para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas, han acordado en virtud del correspondiente Convenio de colaboración, el desarrollo de un Plan Piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante. Con fecha 2 de abril de 2009, se suscribe un Anexo al Convenio por el que se acuerda la participación del Fondo Europeo de Integración de Nacionales de Terceros Países (FEI) en la financiación de los mismos. A través del Plan Piloto se pondrán en marcha en dichas zonas, actuaciones dirigidas a promover el acercamiento de la población española y de la población inmigrada, a prevenir conflictos no deseados y a lograr una adecuada interrelación entre ciudadanos procedentes de distintas culturas. Las actuaciones se desarrollarán en una selección de zonas que por sus especiales características sociales, demográficas, económicas y habitacionales resultan especialmente sensibles en la actual coyuntura económica.

La necesidad de dar continuidad a dichos proyectos, consolidando los resultados alcanzados y progresando en la consecución del objetivo de integración intercultural y cohesión social que este Plan pretende, da lugar, conforme a la cláusula novena del Convenio, a la firma de un Protocolo de Prórroga, con fecha de 12 de diciembre de 2009, en virtud del cual se amplia la vigencia del mismo por un año desde su firma.

4.º En virtud del Convenio prorrogado, el Ministerio de Trabajo e Inmigración contribuye con una aportación económica de dos millones quinientos mil euros, 2.500.000 €, con cargo a la aplicación 19.07.231H. 455.03 del Presupuesto vigente del Departamento, que se ha incorporado a la aplicación 0.1.15.00.18.00.487.01.31J.8 de la Junta de Andalucía en febrero de 2010.

5.º La entidad Cruz Roja Española en Granada con base en lo establecido en la disposición adicional segunda de la Orden de 28 de mayo de 2009 y en el Convenio anteriormente referido, solicita una subvención por importe de 900.000 € para el desarrollo del proyecto «Plan piloto de actuación Integral en zona sensibles de Andalucía, con presencia significativa de población inmigrante: Programa Redes para la Solidaridad» a llevar a cabo en la Zona Distrito Norte de Granada capital, que tiene por objeto, consolidando las actuaciones iniciadas durante el programa anterior, acercar la sociedad de acogida y la sociedad inmigrada; lograr una adecuada convivencia entre ciudadanos de diferentes culturas; promover actitudes de aceptación, respeto y tolerancia; contribuir a la inclusión social de las personas más desfavorecidas; y sensibilizar con el fin de lograr una adecuada interrelación entre ciudadanos procedentes de distintas culturas, sexo, origen y etnia.

6.º Al amparo de la referida Disposición adicional de la mencionada Orden, se concede a la Entidad sin ánimo de lucro Cruz Roja Española en Granada una subvención por importe de novecientos mil euros (900.000 €), que supone el 100% del presupuesto aceptado, para el desarrollo del proyecto en red «Plan piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía, con presencia significativa de población inmigrante» que tiene por objeto lo referido en el párrafo anterior.

7.º La subvención será abonada sin justificación previa y hasta el 100% de su importe, a partir de la presente resolución, conforme el calendario de pago autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda. Dicho pago se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.15.00.18.00.487.01.31J.8.

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