Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 06/08/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 19 de julio de 2010, de la Delegación del Gobierno de Almería, por la que se conceden y deniegan subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, solicitadas al amparo de la Orden que se cita, para el ejercicio 2010.

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Iniciado el procedimiento para conceder subvenciones a los Ayuntamientos andaluces con objeto de cooperar con la mejora de los Juzgados de Paz, en su convocatoria de 2010, al amparo de la Orden de 30 de noviembre de 2010, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 244, de 16 de diciembre de 2009), modificada por la Orden de 9 de febrero de 2010 (BOJA núm. 41, de 2 de marzo de 2010), por la que se establecen las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz.

Por Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías (BOJA núm. 57, de 23 de marzo de 2010), se atribuye a la Consejería de Gobernación y Justicia las competencias que tenía atribuidas la Consejería de Justicia y Administración Pública, y resultando los siguientes:

HECHOS

Primero. El plazo de presentación de solicitudes finalizó el 15-3-2010, habiendo tenido entrada en esta Delegación en los términos del artículo 7 de la citada Orden y de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, 68 solicitudes.

Segundo. De acuerdo con las previsiones del artículo 12.2 de la Orden de 30 de noviembre de 2009 se constituyó la Comisión de Valoración, integrada por quien desempeña la Secretaría General de la Delegación, quien ocupa la jefatura del Servicio de Justicia y el funcionario designado por la persona titular de esta Delegación, que han desarrollado las funciones que les encomiendan las bases reguladoras contenidas en la Orden citada.

Teniéndose en consideración la siguiente:

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

Primera. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación directa o supletoria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en función del carácter básico o no de sus preceptos; el Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía; y el Capítulo I del Título III de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.

Segunda. El Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico.

Tercera. La Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de 30 de noviembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de pos Juzgados de Paz, que establece en su artículo 11 los criterios para valorar las solicitudes presentadas.

Cuarta. El artículo 5 de la Orden de 30 de noviembre de 2009 limita la concesión de subvenciones a las disponibilidades presupuestarias existentes, por lo que ha sido necesario proceder a la ordenación de las solicitudes baremadas, atendiendo a la puntuación obtenida en la valoración, con el fin de conceder subvenciones hasta agotar el crédito presupuestario correspondiente, obteniendo de este modo una puntuación suficiente necesaria para poder resultar beneficiario de la subvención.

Quinta. El artículo 13 de la mencionada Orden de 30 de noviembre de 2009 atribuye a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por delegación de la persona titular de la misma, la competencia para la resolución del procedimiento.

Sexto. Por Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías (BOJA núm. 57, de 23 de marzo de 2010), se atribuye a la Consejería de Gobernación y Justicia las competencias que tenía atribuidas la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Vistas las solicitudes presentadas, practicados los trámites subsanatorios e instruido el procedimiento conforme a lo contenido en la Orden de 30 de noviembre de 2009 antes citada, la propuesta de resolución definitiva de la Secretaría General de esta Delegación y demás normas de general aplicación,

RESUELVO

Primero. Conceder subvención a los Ayuntamientos que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, por el importe que se señala para cada uno de ellos y para la finalidad de realizar la actuación que se concreta en cada caso para la mejora de la infraestructura y el equipamiento del Juzgado de Paz, con cargo al subconcepto presupuestario 761.00 del programa 14B.

Las subvenciones se imputarán al ejercicio económico de 2010, sin perjuicio de que, en su caso, puedan tener carácter plurianual, y el inicio del plazo de ejecución se computará desde el día siguiente a la fecha de materialización del pago de la subvención y será el que se establezca en el Anexo I para cada beneficiario.

En el Anexo I se relacionan, además, para cada Ayuntamiento beneficiario el presupuesto de la actuación subvencionada y el porcentaje de ayuda con respecto al presupuesto aceptado.

Segundo. Denegar las subvenciones solicitadas por los interesados relacionados en Anexo II de esta Resolución, por las causas que en dichos Anexos se indican.

Tercero. El abono de las subvenciones detalladas en el Anexo I se realizará en un único pago por el importe total de las mismas de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la Orden de 30 de noviembre de 2010 cuando su importe no supere la cuantía de 6.050 euros, y en caso de superar dicho importe se abonará al beneficiario un primer pago anticipado de hasta el 75% del importe total de la subvención concedida, tras la firma de la resolución de concesión, abonándose el 25% restante una vez justificado el primer pago.

Cuarto. La justificación de la subvención se realizará ante el correspondiente órgano concedente en un plazo de tres meses desde la finalización del término previsto para la realización de su objeto. Los beneficiarios deberán presentar los justificantes del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y del gasto total de la actividad subvencionada, aunque la cuantía de la subvención sea inferior aportando la siguiente documentación:

- Certificación, en la que conste:

 Haber sido registrado en la contabilidad del Ayuntamiento, el ingreso de la cantidad percibida, con indicación del asiento contable practicado y la fecha del mismo.

 La relación de los gastos efectuados en la ejecución del proyecto, tanto el correspondiente a la parte subvencionada, como, en su caso a la aportada por las Entidades Locales, en caso de ser aquélla menor.

 Las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en original, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 5 del artículo 20 de la Orden de 30 de noviembre de 2009, antes citada. La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.

En los casos en que los justificantes sean facturas, para que estas tengan valor probatorio, deberán cumplir con los requisitos de las facturas y de los documentos sustitutivos establecidos en el Capítulo II del Título I del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación contenidos en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, modificado por el Real Decreto 87/2005, de 31 de enero.

Quinto. Las obligaciones de los beneficiarios de las subvenciones concedidas en esta resolución, así como, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, se regularán por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los artículos 105 y 112 de la Ley 5/1983, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por lo previsto en el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, y los artículos 17, 22 y 23 de la Orden de 8 de marzo de 2009, que contiene las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones que aquí se tratan.

Almería, 19 de julio de 2010.- El Delegado del Gobierno, Miguel Corpas Ibáñez.

ANEXO I
LISTADO DE SOLICITANTES EVALUADOS QUE CUMPLEN CON LOS REQUISITOS Y SON BENEFICIARIOS, DE CONFORMIDAD CON LA ORDEN DE 30 DE NOVIEMBRE DE 2009 (BOJA NÚM. 244, DE 16 DE DICIEMBRE DE 2009)
PROVINCIA MUNICIPIO ACTUACIÓN CUANTÍA CONCEDIDA PRESUPUESTO % PLAZO DE
EJECUCIÓN
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN PUNTUACIÓN
ALMERIA ALBOX RESTAURACIÓN LIBROS 2300 2331,60 98,64% UN MES TRES MESES 15.5
ALMERIA ALCOLEA RESTAURACIÓN DE LIBROS 1600 1654,16 96,72% UN MES TRES MESES 16.5
ALMERIA ALHABIA RESTAURACIÓN LIBROS 1500 1500 100% UN MES TRES MESES 17
ALMERIA ALHAMA FOTOCOPIADORA, FAX 600 684,40 87,66% UN MES TRES MESES 17
ALMERIA ALICUN MOBILIARIO, DESTRUCTORA 500 649,6 76,97% UN MES TRES MESES 19
ALMERIA ALMOCITA MOBILIARIO 2500 2500 100% UN MES TRES MESES 17
ALMERIA ARMUÑA AIRE ACONDICIONADO 1750 2266,87 77,19% UN MES TRES MESES 17
ALMERIA BENITAGLA ENCUADERNADORA/SCANER 1000 1038,20 96,32% UN MES TRES MESES 15
ALMERIA BENTARIQUE RESTAURACIÓN LIBROS 2000 2000 100% UN MES TRES MESES 16.5
ALMERIA CANJAYAR RESTAURACIÓN LIBROS 3040 3799 80,02% UN MES TRES MESES 17
ALMERIA CARBONERAS OBRAS 5000 5000 100% CUATRO MESES TRES MESES 16
ALMERIA CASTRO DE FILABRES SCANNER Y FAX 900 925 97,29% UN MES TRES MESES 16
ALMERIA CHERCOS AIRE ACONDICIONADO 1750 2000 87,5% UN MES TRES MESES 15.5
ALMERIA CUEVAS DEL ALMANZORA RESTURACION LIBROS/ BIBLIOGRAFÍA 1500 2000 75% UN MES TRES MESES 16.5
ALMERIA FINES OBRAS 2000 2000 100% CUATRO MESES TRES MESES 18
ALMERIA FIÑANA OBRAS /AIRE ACONDICIONADO 1850 2060,16 89,79% CUATRO MESES TRES MESES 16
ALMERIA FONDON FOTOCOPIADORA 1550 1550 100% UN MES TRES MESES 17
ALMERIA LAUJAR OBRAS 5000 5000,23 99,99% CUATRO MESES TRES MESES 15
ALMERIA LUCAINENA DE LAS TORRES RESTAURACIÓN DE LIBROS 1500 3330,15 45.04% UN MES TRES MESES 16
ALMERIA MARIA OBRAS 2800 2870 97,56% CUATRO MESES TRES MESES 15.5
ALMERIA NACIMIENTO RESTAURACIÓN DE LIBROS 2000 2000 100% UN MES TRES MESES 17
ALMERIA OLULA DEL RIO OBRAS 4100 5144,41 79,69% CUATRO MESES TRES MESES 16
ALMERIA PADULES MOBLILIARIO 2500 2500 100% UN MES TRES MESES 16.5
ALMERIA PARTALOA OBRAS 5000 6050 82,64% CUATRO MESES TRES MESES 17
ALMERIA PATERNA DEL RIO OBRAS /AIRE ACONDICIONADO 5350 5552,86 96,35% CUATRO MESES TRES MESES 16
ALMERIA PULPI RESTAURACIÓN DE LIBROS 1400 1467,40 95,41% UN MES TRES MESES 15
ALMERIA RAGOL OBRAS 5000 6090 82,10% CUATRO MESES TRES MESES 15
ALMERIA RIOJA OBRAS 4500 4582 98,21% CUATRO MESES TRES MESES 16.5
ALMERIA SANTA FE DE MONDUJAR RESTAURACIÓN DE LIBROS 960 961,70 99,82% UN MES TRES MESES 16
ALMERIA SENES MOBILIARIO 3000 3925,67 76,42% UN MES TRES MESES 16.5
ALMERIA SERON OBRAS / AIRE ACONDIACIONADO 4650 5000 93% CUATRO MESES TRES MESES 17.5
ALMERIA SORBAS RESTAURACIÓN DE LIBROS 400 426,88 93,70% UN MES CUATRO MESES 15.5
ALMERIA SUFLI RESTAURACIÓN DE LIBROS 2000 2394,46 83,50% UN MES TRES MESES 17.5
ALMERIA TABERNAS FAX 900 925 97,29% UN MES TRES MESES 16
ALMERIA TABERNO OBRAS 1600 1642,56 97,41% CUATRO MESES TRES MESES 16.5
ALMERIA TAHAL AIRE ACONDICIONADO 671,9 791,12 84,93% UN MES TRES MESES 16.5
ALMERIA TERQUE SCANNER 600 628,72 95,43% UN MES TRES MESES 15.5
ALMERIA ULEILA DEL CAMPO RESTAURACIÓN DE LIBROS 2000 2150 93,02% UN MES TRES MESES 15.5
ALMERIA URRACAL DESTRUCTORA PAPEL 800 899,99 88,89% UN MES TRES MESES 16.5
ALMERIA VELEZ BLANCO OBRAS 2700 2900 93,10% CUATRO MESES TRES MESES 17
ALMERIA VIATOR RESTAURACIÓN LIBROS 500 593,92 84,19% UN MES TRES MESES 18
ALMERIA VICAR MOBILIARIO/ FAX 700 928,22 75,41% UN MES TRES MESES 18
ANEXO II
LISTADO DE SOLICITANTES EVALUADOS A LOS QUE SE LES DENIEGA LA SUBVENCIÓN, POR LAS CAUSAS QUE SE INDICAN, DE CONFORMIDAD CON LA ORDEN DE 30 DE NOVIEMBRE DE 2009 (BOJA NÚM. 244, DE 16 DE DICIEMBRE DE 2009)
PROVINCIA MUNICIPIO ACTUACIÓN PUNTUACIÓN
ALMERIA ADRA MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA ALBANCHEZ FOTOCOPIADORA NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA ALBOLODUY FOTOCOPIADORA NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA ALCONTAR FOTOCOPIADORA Y MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA ALSODUX FOTOCOPIADORA NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA ANTAS MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA ARBOLEAS MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA BACARES FOTOCOPIADORA/MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA BAYARCAL MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA BENIZALON FOTOCOPIADORA NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA CANTORIA MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA CHIRIVEL MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA DALIAS MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA GADOR MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA GERGAL FOTOCOPIADORA NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA HUECIJA MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA ILLAR MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA LAS TRES VILLAS AIRE ACONDICIONADO NO HA SUBSANADO
ALMERIA LUBRIN MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA OHANES MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA ORIA MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA PECHINA MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA STA. CRUZ DE MARCHENA FOTOCOPIADORA NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA SIERRO FOTOCOPIADORA NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA TIJOLA MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
ALMERIA ZURGENA FOTOCOPIADORA/MOBILIARIO NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN MÍNIMA
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