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El Consejero de Medio Ambiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y los artículos 59 y 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla y, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 139/2010, de 13 de abril, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de 23 de junio de 2010, ha acordado el inicio del deslinde, Expte. MO/00035/2010, del monte público «Comunal de Molvízar», término municipal de Molvízar, cuya parte dispositiva es la siguiente:
1.° Se proceda a iniciar el deslinde del monte público «Comunal de Molvízar», Código de la Junta de Andalucía GR-30033-AY, propiedad del Ayuntamiento de Molvízar y sito en dicho término municipal, provincia de Granada.
2.° Encargar la redacción de la Memoria a la que alude el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, al Departamento correspondiente.
El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación de este expediente es de dos años, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa, los interesados en el mismo podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.
A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que, en caso de transmisión de algún derecho sobre titularidad, deberá ser comunicado a esta Delegación Provincial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
Para cualquier tipo de aclaración llamar al teléfono 958 002 003 ó 671 592 317. Asimismo, se ruega concertar cita para la consulta del expediente.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Granada, 16 de julio de 2010.- El Delegado, Francisco Javier Aragón Ariza.
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