Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 164 de 23/08/2010

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Resolución de 3 de agosto de 2010, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se notifica a los posibles interesados la interposición del recurso contencioso-administrativo que se tramita como procedimiento ordinario 71/2010 y se acuerda la remisión del expediente que se cita al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Cádiz.

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Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Cádiz, sito en la Avda. Ana de Viya, 7, Edificio Proserpina, 1.ª planta, se ha interpuesto, por el Letrado don Francisco Alonso Sánchez, en nombre y representación de don José A. Ortega Pérez, recurso contencioso-administrativo (ordinario núm. 71/2010) contra la Resolución del Viceconsejero para la Igualdad y Bienestar Social, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto frente a la Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de Cádiz, de fecha 28 de enero de 2009, por la que se declara la finalización del procedimiento de aprobación del Programa Individual de Atención, así como el archivo de las actuaciones realizadas, al haber fallecido la persona en situación de dependencia, Dña. Isabel Pérez Atienza (núm. de expediente SAAD01-11/388983/2008-95).

En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por dicho Juzgado y a tenor de lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 29/98, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

HE RESUELTO

Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo (ordinario núm. 71/2010), que se sigue ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Cádiz, y acordar la remisión al mismo del expediente administrativo anteriormente citado.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOJA para que sirva de notificación a todos los posibles interesados y de emplazamiento para que, si lo estiman conveniente a sus intereses, puedan personarse como demandados, en el plazo de nueve días, ante el referido Juzgado en legal forma, mediante Procurador y Abogado, o sólo mediante Abogado con poder al efecto, a partir de la publicación de la presente Resolución en el BOJA.

En el caso de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de ninguna clase.

Cádiz, 3 de agosto de 2010.- La Delegada (Decreto 21/1985), el Secretario General, José R. Galván de la Torre.

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