Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 21/09/2010

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 1 de septiembre de 2010, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en diferentes Escalas Propias del Subgrupo A1, mediante el sistema de promoción interna.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en relación con el artículo 2.e) de la misma norma, y en base al artículo 51 del Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, citado, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en Escalas Propias del Subgrupo A1 de la Universidad de Almería, mediante el sistema de promoción interna, con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir por promoción interna:

- Seis plazas de la Escala Técnica de Administración.

- Dos plazas de la Escala Facultativa de Archivos, Museos y Bibliotecas.

- Dos plazas de la Escala Técnica Superior de Sistemas e Informática.

1.2. La Gerencia podrá incrementar el número de plazas hasta un porcentaje equivalente al 20% adicional del total de plazas convocadas, en función de las necesidades organizativas y las disponibilidades presupuestarias.

1.3. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, citado, y en las bases de esta convocatoria.

1.4. El procedimiento de selección de aspirantes será el de concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el Anexo I.

1.5. De acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, toda la información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a los/las participantes e interesados/as se expondrá al público en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, así como en la página web del citado Servicio.

1.6. El curso selectivo al que se refiere el Anexo I, comenzará en el plazo de seis meses a contar desde la publicación de la resolución del Rectorado en que se aprueben las listas definitivas de admitidos y excluidos, citada en la base 4.3.

1.7. Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que de comienzo el curso selectivo, se hará pública la lista de las/los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería.

2. Requisitos de las/los candidatos/as.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, las/los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Para el acceso a la Escala Técnica de Administración se deberá pertenecer a la Escala de Gestión Administrativa de la Universidad de Almería, o a Cuerpos y Escalas de otras Administraciones Públicas encuadradas en el Subgrupo A2 y pertenecientes al ámbito funcional de Administración General.

b) Para el acceso a la Escala Técnica Superior de Sistemas e Informática se deberá pertenecer a la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería, o a Cuerpos y Escalas de otras Administraciones Públicas encuadradas en el Subgrupo A2 y pertenecientes al ámbito funcional de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

c) Para el acceso a la Escala Facultativa de Archivos, Museos y Bibliotecas se deberá pertenecer a la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de la Universidad de Almería, o a Cuerpos y Escalas de otras Administraciones Públicas encuadradas en el Subgrupo A2 y pertenecientes al ámbito funcional de Bibliotecas y Archivos.

d) Estar en posesión del título de Grado, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación.

e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la Escala a que se aspira.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

g) Hallarse en servicio activo o en otra situación administrativa, excepto en la de excedencia voluntaria o suspensión de funciones.

h) Prestar servicios y tener destino definitivo en la Universidad de Almería, obtenido por cualquiera de las formas de provisión establecidas para la cobertura de puestos de trabajo.

i) Poseer una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el inferior Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, desde la correspondiente toma de posesión en los Cuerpos o Escalas a que se pertenezca el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios/as de carrera de la respectiva Escala.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes se dirigirán al Señor Rector Magnífico de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.2. Los/as aspirantes con discapacidad podrán solicitar las necesarias adaptaciones para la realización del ejercicio de la fase de oposición, manifestándolo en el apartado 6 de su solicitud.

3.3. Las solicitudes se presentarán a través de la Plataforma de Administración Electrónica de la Universidad de Almería, a través de la dirección web:

http://cms.ual.es/UAL/administracionelectronica/procedimientos/categoria/index.htm?idDest=5.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. En el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Almería dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as con indicación de las causas de exclusión. La resolución se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos.

4.2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas los/las aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la lista de admitidos, para que aleguen o presenten la documentación que a su derecho convenga.

4.3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, el Rector de la Universidad de Almería dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, nombrando a los miembros del Tribunal y fijando la fecha, hora y lugar de inicio del curso selectivo citado en la base 1.6. Esta resolución se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos.

4.4. La resolución por la que se declara aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as agotará la vía administrativa.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal de estas pruebas será nombrado por el Rector de la Universidad de Almería y publicado según lo establecido en la base 4.3 de esta convocatoria. El Tribunal estará compuesto según lo estipulado en el Anexo III.

5.2. Las/los componentes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria, sean personal de elección o designación política, los/las funcionarios/as interinos/as y el personal eventual. Asimismo, las/los aspirantes podrán recusar a las/los componentes del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, resolución del Rector de la Universidad de Almería por la que se nombren a las/los nuevos/as componentes del Tribunal que hayan de sustituir a las/los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus componentes, titulares o suplentes.

5.5. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del Presidente, Secretario y la mayoría de sus miembros.

5.6. En el procedimiento del concurso-oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesoras/es especialistas, limitándose a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, la persona o personas que ejerzan la Dirección del Curso Selectivo tendrá la consideración de Asesor del Tribunal.

5.8. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las/los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de las/los demás participantes.

5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, Carretera de Sacramento, sin número, teléfono 950 015 124. El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, componente o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 1.ª de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», de 21 de abril).

5.11. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas, ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 de la Ley 7/2007. Cualquier propuesta de aprobados/as que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

5.12. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a las/los opositores para que acrediten su identidad.

5.13. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de las/los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará al Rector de la Universidad de Almería, el cual deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir las/los aspirantes, a los efectos procedentes.

6. Listas de aprobados/as.

6.1. Al finalizar el concurso-oposición, el Tribunal publicará en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad las listas provisionales de aprobados/as, con indicación de la puntuación obtenida tanto en la fase de oposición como en la de concurso, desglosada esta última conforme a los apartados del baremo de méritos. La calificación final se obtendrá de la forma establecida en el Anexo I de esta convocatoria.

6.2. Contra esta lista podrán presentarse alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante el Tribunal, en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma. Dichas alegaciones serán decididas en la relación definitiva de aprobados.

6.3. Transcurrido el plazo referido en la base anterior y resueltas en su caso las legaciones presentadas, el Tribunal hará pública la lista definitiva de aprobados/as con las calificaciones obtenidas en cada una de las fases y la elevará al Rector de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios/as de carrera de la respectiva escala. Contra esta lista definitiva podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Almería.

7. Presentación de documentación y solicitud de destinos.

7.1. El Rectorado de la Universidad de Almería, realizará a través de la Gerencia, de acuerdo con las necesidades de ordenación de efectivos, la oferta de vacantes a los/las aspirantes seleccionados/as.

7.2. Las/los aspirantes seleccionados dispondrán de un plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación de la oferta de vacantes en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad, para presentar la petición de destino y los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la convocatoria que no tuvieran ya justificadas documentalmente para obtener su anterior nombramiento como funcionaria/o de carrera, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y titulación académica exigida para acceder a la nueva Escala, en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

7.3. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios/as de carrera de la respectiva escala y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

8. Nombramiento de funcionarios/as de carrera y asignación inicial de destinos.

8.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos y petición de destinos, el Rector de la Universidad de Almería nombrará funcionarios/as de carrera de la respectiva Escala a los/as aspirantes que, habiendo superado el concurso-oposición, cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria, y determinará el plazo o la fecha de toma de posesión en los correspondientes destinos, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

8.2. La adjudicación de destinos se efectuará de acuerdo con las peticiones de los/las interesados/as, según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

9. Norma final.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa en virtud del artículo 62 del Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses, de acuerdo con el articulo 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, de conformidad con el artículo 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero.

Almería, 1 de septiembre de 2010.- El Rector, Pedro Roque Molina García.

ANEXO I

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

El procedimiento de selección, por el sistema de promoción interna, constará de las siguientes fases: Concurso y oposición.

1. Fase de oposición:

La fase de oposición estará formada por las siguientes partes:

1.1. Primera parte: Curso selectivo.

Esta parte consistirá en la realización de un curso selectivo de carácter obligatorio y eliminatorio. El citado curso tendrá una duración de 100 horas, de las que 50 horas serán presenciales. El resto de horas hasta completar las 100 horas se computarán en otras actividades determinadas por la Dirección del curso (exposiciones, trabajos individuales o colectivos, etc.). El curso selectivo estará integrado por las materias que figuran en el Anexo II.

Para superar esta fase los aspirantes deberán:

- Asistir al menos al 90% de las horas presenciales del curso, salvo causas de fuerza mayor libremente apreciadas por la Gerencia de la Universidad que, en ningún caso, será inferior al 80% de las horas presenciales.

- Elaborar un trabajo (individual o colectivo) de aplicación al puesto, servicio, área o ámbito universitario sobre las materias objeto del programa. Las especificaciones, contenido y cualquier otra apreciación serán determinadas por la Dirección del curso selectivo.

El Tribunal, a propuesta de la Dirección del curso selectivo, calificará el curso selectivo como: Apto o No Apto.

1.2. Segunda fase: Elaboración de Proyecto.

Esta fase consistirá en la elaboración de un Proyecto que verse sobre, al menos, alguna de las siguientes áreas:

Para el acceso a la Escala Técnica de Administración:

- Organización y Recursos Humanos.

- Planificación Estratégica.

- Hacienda Pública y Gestión Financiera.

- Gestión de Obras, mantenimiento e infraestructura.

- Unión Europea e Internacionalización.

- Derecho Administrativo y Laboral.

- Gestión Académica-Docente.

- Gestión de la información y Relación con los Estudiantes.

- Contratación y Gestión Patrimonial.

- Gestión de la Investigación.

Para el acceso a la Escala Técnica Superior de Sistemas e Informática:

- Seguridad y buenas prácticas TIC.

- Las TIC en el apoyo a la docencia universitaria.

- Comunicaciones de voz, video y datos.

- Desarrollo de aplicaciones.

- Gestión de sistemas de información.

Para el acceso a la Escala Facultativa de Archivos, Museos y Bibliotecas:

- La Biblioteca Universitaria en el ámbito de la Investigación.

- La Biblioteca Universitaria en el ámbito del Aprendizaje y la Docencia.

- La gestión de los Recursos de Información en la Biblioteca Universitaria.

- Tecnología e Informática aplicada a la Biblioteca Universitaria.

El Proyecto será presentado en el plazo de 4 meses desde la Resolución del Tribunal por la que se califique a los aspirantes como Aptos en el curso selectivo y tendrá las siguientes especificaciones:

- Tipo letra: Times New Roman 11.

- Márgenes: Estándar (sup.- inf. 2,5 cm. e izq.- der. 3 cm).

- Interlineado: Sencillo.

- Espaciado entre párrafos: Posterior 6 pto.

- Extensión de 100 páginas, excluidas portada, índice y bibliografía.

El Proyecto presentado deberá ser sometido por el aspirante a exposición pública ante el tribunal de valoración, disponiendo para ello de un máximo de 45 minutos para realizar la defensa del mismo.

El Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre aquellos extremos que considere durante un máximo de 45 minutos. Para la realización de la exposición pública el aspirante podrá disponer de los medios audiovisuales habituales en la Universidad de Almería.

El Proyecto será valorado de 0 a 70 puntos, siendo necesario para superar esta fase obtener al menos 35 puntos. Para la valoración del Proyecto, el Tribunal deberá tener en cuenta, entre otros criterios, la estructura y coherencia, la capacidad de síntesis, así como la presentación, argumentación y claridad expositiva.

2. Fase concurso.

En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los méritos adquiridos en el subgrupo A2, todos ellos computados a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La puntuación máxima será de 30 puntos, distribuida en los siguientes apartados.

2.1. Antigüedad en la Universidad.

Se valorarán los períodos de servicios prestados por los aspirantes, tanto en la Universidad de Almería como en otras Universidades Públicas Españolas, independientemente del Cuerpo o Escala de pertenencia. Se valorará con 0.25 puntos por año completo o la parte proporcional por meses completos, despreciándose los días, hasta un máximo de 7 puntos.

2.2. Grado Personal Consolidado.

Se valorará el Grado Personal Consolidado del aspirante, de acuerdo con las siguientes puntuaciones (máximo 7 puntos):

Grado Nivel 20: 1,15.

Grado Nivel 21: 1,8.

Grado Nivel 22. 2,45.

Grado Nivel 23: 3,1.

Grado Nivel 24: 3,75.

Grado Nivel 25: 4,4.

Grado Nivel 26: 5,05.

Grado Nivel 27: 5,7.

Grado Nivel 28: 6,35.

Grado Nivel 29: 7,00.

2.3. Trabajo desarrollado.

Se valorarán los puestos de trabajo desempeñados con carácter definitivo o temporal (comisiones de servicio y adscripciones provisionales) como funcionarios de carrera del Subgrupo A2 atendiendo a los periodos temporales de desempeño y los niveles de los puestos, según la siguiente puntuación (máximo 10 puntos):

Puestos de Nivel 20 y 21: 0,1 puntos x año completo.

Puestos de Nivel 22 y 23: 0,2 puntos x año completo.

Puestos de Nivel 24 y 25: 0,3 puntos x año completo.

Puestos de Nivel 26 y 27: 0,4 puntos x año completo.

Puestos de Nivel 28 y 29: 0,5 puntos x año completo.

Se seguirán los mismos criterios que en el apartado de Antigüedad.

2.4. Formación.

Se valorará la asistencia o impartición de actividades formativas (seminarios, congresos, cursos de formación, etc.) que estén relacionados con las competencias, funciones y tareas propias de los puestos de trabajo de Tipo 1 según el modelo de competencias de la Universidad de Almería.

Se valorará con 0,01 puntos cada hora formativa acreditada por administración o institución pública, hasta un máximo de 4 puntos.

2.5. Otros méritos.

En actividades y/o resultados directamente relacionados con las funciones del puesto desempeñado, hasta un máximo de 2 puntos:

- Comunicaciones/Ponencias en Congresos, Seminarios y/o Jornadas: 0,2 por comunicación y 0,3 por ponencia.

- Publicaciones: Libros, Artículos, etc.: 0,3 por cada uno.

- Participación en proyectos/contratos de investigación patrocinados por las distintas Administraciones Públicas: 0,5 por cada uno.

- Estancias en Centros/Universidades Nacionales o Internacionales relacionadas con el área de conocimiento directamente relacionada con las funciones del puesto desempeñado: 0,5 puntos por estancia.

3. Calificación final.

A la puntuación obtenida por cada aspirante en la fase de concurso, se sumarán los puntos obtenidos en la fase de oposición, siempre que en esta se haya superado la puntuación mínima necesaria para aprobar, determinando de esta forma la calificación final de cada aspirante y el número de aprobados, que no podrá ser superior al de plazas convocadas, ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo 61.8 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar la fase de oposición.

ANEXO II

Programa del curso selectivo

1. Dirección estratégica y calidad.

2. El diseño organizativo de la Universidad.

3. El proceso de planificación estratégica y la gestión del cambio.

4. Análisis de indicadores para la toma de decisiones.

5. Los sistemas de información para la dirección de la universidad.

6. La dirección de las personas en la universidad.

7. La comunicación y la gestión de marca.

8. La responsabilidad social corporativa.

9. Las relaciones de la universidad con su entorno.

10. El papel del personal de administración en las universidades.

11. La financiación y la gestión económica de las universidades.

12. La captación y generación de recursos

13. Evaluación, acreditación y ranking de las universidades.

14. Situación de la educación superior en España, tendencias actuales.

15. La inteligencia emocional.

16. Presentaciones eficientes.

17. Habilidades directivas.

18. La comunicación interpersonal.

ANEXO III

Composición de Tribunal

La composición del Tribunal deberá de ajustarse a los siguientes criterios o principios:

a) No podrán formar parte, el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos, el personal laboral o el personal eventual.

b) Los miembros deberán de ajustarse a los principios de imparcialidad y de profesionalidad.

c) La pertenencia lo será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

d) Se tenderá en su composición a la paridad entre hombres y mujeres.

e) Pertenecer al cuerpo o escala igual superior a la convocada.

Descargar PDF