Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Mediante la Resolución de 15 de julio de 2009, del Instituto de Estadística de Andalucía (BOJA núm. 155, de 11 de agosto), se convocaron tres becas de formación y seis de investigación en el área de la estadística pública para el ejercicio 2009 cuya concesión correspondía al Instituto de Estadística de Andalucía.
Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden de 20 de agosto de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda (BOJA núm. 169, de 26 de agosto), por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación por el Instituto de Estadística de Andalucía.
Por Resolución de 27 de noviembre de 2009, del Instituto de Estadística de Andalucía, se adjudicaron tres becas de formación y cinco de investigación, incorporándose siete personas becarias al Sistema Estadístico de Andalucía, dado que una de las personas beneficiarias no procedió a la aceptación de la misma. Al haberse agotado la lista de reserva por la titulación de Licenciatura en Ciencias y Técnicas Estadísticas, se hace uso de la lista de reserva por la titulación de Economía, elaborada por la Comisión de Selección de fecha 23 de noviembre de 2009, procediéndose así a cubrir la beca no aceptada en virtud de la Resolución de 5 de marzo de 2010, del Instituto de Estadística de Andalucía, por la que se adjudica una beca de formación a Ana M.ª Romero Romero, por un período de 6 meses, desde el 10 de marzo de 2010 hasta el 9 de septiembre de 2010.
Teniendo en cuenta la memoria realizada por la becaria de formación y el informe favorable del Servicio de Estudios, Síntesis y Métodos Estadísticos y habida cuenta de las disponibilidades presupuestarias del Instituto de Estadística de Andalucía y con arreglo a lo dispuesto en el Decreto 44/1993, de 20 de abril, por el que se regulan los gastos de las anualidades futuras, y el art. 5.2 de la Orden reguladora de dichas becas,
RESUELVO
Primero. Prorrogar el disfrute de la beca adjudicada mediante la Resolución citada, por un período de 5 meses y 21 días, a la persona beneficiaria siguiente:
Becaria de formación.
Romero Romero, Ana M.ª
75.864.255-C.
Segundo. Las fechas de inicio y final del disfrute de esta prórroga son 10 de septiembre de 2010 y 28 de febrero de 2011, respectivamente.
Tercero. La asignación mensual de la beca de formación objeto de esta prórroga será de 1.242,30 €/mes una vez revisada la cuantía inicial de la beca, según lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden de 20 de agosto de 2008, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación por el Instituto de Estadística de Andalucía.
Cuarto. Se suscribirá para la persona beneficiaria una póliza de salud individual que incluya intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica y asimismo un seguro de accidentes individual durante todo el período de disfrute de la prórroga de la beca.
Quinto. Notifíquese esta Resolución a los interesados.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la misma, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 9 de septiembre de 2010.- El Director, Ignacio Pozuelo Meño.
Descargar PDF