Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 189 de 27/09/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Resolución de 15 de septiembre de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de 15 de junio de 2010, dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, recurso de casación núm. 3790/2007.

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Recurrida en casación núm. 3790/2007, ante la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, por la mercantil Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. y la Junta de Andalucía, la sentencia dictada con fecha 24 de mayo de 2007, por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, recurso contencioso-administrativo número 684/2005, siendo la actuación administrativa recurrida la Resolución de fecha 14 de octubre de 2005, recaída en expediente sancionador núm. 699/2005, mediante la que se impone multa en la cuantía de 300.506 euros por la comisión de una infracción administrativa de carácter grave en materia de energía, se ha dictado sentencia con fecha 15 de junio de 2010, por dicho Tribunal, siendo su parte dispositiva del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Primero. Declarar haber lugar al recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía contra la sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, de fecha 24 de mayo de 2007, dictada en el recurso contencioso-administrativo número 684/2005, que casamos.

Segundo. Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad mercantil Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., contra la Resolución del Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, de 14 de octubre de 2005, que se declara conforme a derecho.

Tercero. No efectuar expresa imposición de las costas procesales ocasionadas en primera instancia ni de las originadas en el presente recurso de casación.»

Por lo tanto, a la vista de la declaración de firmeza de sentencia, certificada con fecha 30 de septiembre de 2010 por la Secretaria de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en virtud de lo establecido en la disposición transitoria primera del Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías, disposición transitoria segunda del Decreto 134/2010, de 13 de abril, de regulación de estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, así como en el artículo 3 de la Orden de 24 de junio de 2010, de delegación de competencias (BOJA núm. 139, de 16 de julio de 2010), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de septiembre de 2010.- La Secretaria General Técnica, Ana María Robina Ramírez.

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