Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 28/09/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 9 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana, por la que se aprueba el deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Vereda del Camino de Ohanes».

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Expte. VP@382/2009.

Visto el expediente administrativo de deslinde de la vía pecuaria «Vereda del Camino de Ohanes», en el término municipal de Abrucena, provincia de Almería, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria antes citada, ubicada en el término municipal de Abrucena, fue clasificada por Orden Ministerial de 10 de diciembre de 1975, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 25, de 29 de enero de 1976, y en Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 42, de 20 de febrero de 1976, con una anchura legal de 20 metros lineales.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente, de fecha 23 de marzo de 2009, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria «Vereda del Camino de Ohanes», en el término municipal de Abrucena, provincia de Almería, al formar parte de la ruta que conecta Canjáyar, Abla y Fiñana a través de Sierra Nevada. La citada vía pecuaria está catalogada con prioridad 1 (Máxima), de acuerdo con lo establecido en el Plan de Recuperación y Ordenación de las Vías Pecuarias de Andalucía, aprobado por Acuerdo de 27 de marzo de 2001, del Consejo de Gobierno de Andalucía.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previo a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el 11 de junio de 2009, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 95, de 20 de mayo de 2009.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 41, de 3 de marzo de 2010.

Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 28 de junio de 2010.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana la resolución del presente procedimiento administrativo de deslinde, en virtud de lo preceptuado en el Decreto 139/2010, de 13 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, y en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria «Vereda del Camino de Ohanes», ubicada en el término municipal de Abrucena (Almería), fue clasificada por la citada Orden Ministerial, siendo esta clasificación, conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, «...el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria...», debiendo por tanto el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos la Propuesta favorable al Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería, de 2 de junio de 2010, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de 28 de junio de 2010,

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria «Vereda del Camino de Ohanes», en el tramo que va desde su entrada en Abrucena por la Rambla del Serval, hasta su unión con la Vereda del Serval en Abla, en el término municipal de Abrucena, provincia de Almería, a tenor de los datos, en función de la descripción y a las coordenadas que a continuación se detallan:

Longitud: 390,31 metros lineales.

Anchura: 20 metros lineales.

Superficie: 6.930,79 metros cuadrados.

Descripción Registral: La vía pecuaria denominada «Vereda del Camino de Ohanes», en el tramo «desde su entrada en Abrucena por la Rambla del Serval, hasta su unión con la Vereda del Serval en Abla», constituye una parcela rústica en el término municipal de Abrucena (Almería), de forma más o menos rectangular y con una orientación sur-norte, que tiene las siguientes características:

Longitud: 390,31 metros.

Anchura: 20 metros.

Superficie Total: 6.930,79 metros cuadrados.

Sur (Inicio): Linda con Delegación Prov. Medio Ambiente de Almería (031/00021, t.m. Abla), Delegación Prov. Medio Ambiente de Almería (031/00022, t.m. Abla), Ayuntamiento de Abrucena (030/09011).

Norte (Final): Linda con desconocido (031/90000), Delegación Prov. Medio Ambiente de Almería (031/00002). Ambas en t.m. de Abla.

Oeste (Izquierda): Linda con Ayuntamiento de Abrucena (030/09011), Hernández Morante María Consolación (030/00426), Hernández González Santiago y Hernández González Rafaela Tomasa (030/00427), Delegación Prov. Medio Ambiente de Almería (030/00428).

Este (Derecha): Linda con Delegación Prov. Medio Ambiente de Almería (031/00021, t.m. Abla), Delegación Prov. Medio Ambiente de Almería (030/00428), Ayuntamiento de Abrucena (030/09004), desconocido (031/90000, t.m. Abla).

COORDENADAS U.T.M. DE LOS VÉRTICES DE LA PARCELA DEL TRAMO DE VÍA PECUARIA CON SUPERFICIE DESLINDADA EN EL HUSO 30

V.P. NÚM. 7: VEREDA DEL CAMINO DE OHANES, tramo desde su entrada en Abrucena por la Rambla del Serval, hasta su unión con la Vereda del Serval en Abla.

Etiqueta Coordenada X Coordenada Y Etiqueta Coordenada X Coordenada Y
1I 520551,11 4107855,26
2I 520545,31 4107894,95
3I 520511,72 4108002,64 3D 520524,9 4108026,31
4I 520503,67 4108026,76 4D 520522,01 4108034,98
5I 520480,26 4108067,6 5D 520498,5 4108075,99
6I 520462,2 4108118,44 6D 520480,15 4108127,64
7I 520431,53 4108162,67 7D 520449,1 4108172,43
8I 520414,31 4108202,5 8D 520433,88 4108207,63
9I 520410,23 4108241,3 9D 520430,26 4108242,02
10I 520411,46 4108278,05 10D 520431,52 4108279,51
Etiqueta Coordenada X Coordenada Y
1C 520547,96 4107916,32
2C 520521,26 4108005,66
3C 520426,26 4108279,06

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Actuación cofinanciada por Fondos Europeos

Sevilla, 9 de septiembre de 2010.- La Directora General, Rocío Espinosa de la Torre.

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