Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 07/10/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 30 de julio de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Dos), dimanante de procedimiento ordinario 11/2008. (PD. 2412/2010).

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NIG: 2905442C20070003900.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 11/2008. Negociado: A.

De: FCE Bank PLC sucursal en España.

Procuradora: Sra. Luque Rosales, M.ª Isabel.

Contra: Efraín Antonio Moucharfieh Salas.

edicto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 11/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de FCE Bank PLC sucursal en España, contra Efraín Antonio Moucharfieh Salas, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCIA NÚM.

En la ciudad de Fuengirola (Málaga), a 17 de febrero de 2010, la Ilma. Sra. Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Fuengirola (Málaga) ha visto los presentes autos de procedimiento ordinario, seguidos bajo el número 11/08, en virtud de demanda de FCE Bank PLC sucursal en España, representada por la Procuradora doña María Isabel Luque Rosales, bajo la dirección letrada de don Pedro A. López Pérez-Lanzac, contra don Efraín Antonio Moucharfieh Salas, declarado en rebeldía, y,

FALLO

Que estimando como estimo la demanda formulada por FCE Bank PLC sucursal en España frente a don Efraín Antonio Moucharfieh Salas, debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la actora la suma de 11.799,03 euros, más los intereses legales procedentes, y al pago de las costas procesales causadas.

Líbrese y únase certificación literal de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el Libro de sentencias.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 2917, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Efraín Antonio Moucharfieh Salas, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a treinta de julio de dos mil diez.- El/La Secretario.

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