Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 27/10/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

EDICTO de 3 de marzo de 2010, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de El Ejido, dimanante del procedimiento ordinario 293/2008. (PD. 2539/2010).

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N.I.G.: 0490242C20080001094.

Procedimiento Ordinario 293/2008.

De: Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera -Unicaja.

Procuradora: Sra. María del Mar López Leal.

Letrado: Sr. Juan Manuel Llerena Hualde.

Contra: Gabriel Plaza López y Valentín Vaduva.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Proced. Ordinario (Contratación -249.1.5) 293/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de El Ejido, a instancia de Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera -Unicaja contra Gabriel Plaza López y Valentín Vaduva, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En la Ciudad de El Ejido (Almería), 14 de enero de 2010.

El Sr. don Manuel José Rey Bellot, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de esta ciudad y su partido, ha visto y oído los presentes autos de Juicio Ordinario, con número 293 de 2008, seguidos en este Juzgado por reclamación de cantidad por incumplimiento contractual, instados por la Procuradora Sra. López Leal en nombre y representación de la mercantil Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), y asistida por el Letrado Sr. Llerena Hualde frente a don Valentin Vaduva y frente a don Gabriel Plaza López, ambos en situación de rebeldía procesal

F A L L O

En nombre de Su Majestad el Rey y por la autoridad que me confiere el Pueblo Español.

He decidido.

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. López leal en nombre y representación de la mercantil Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), frente a don Valentín Vaduva y frente a don Gabriel Plaza López, ambos en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a estos últimos al pago, solidario a la actora de la cantidad de ocho mil doscientos cuarenta y un euros con veintiún céntimos (8.241,21 euros), más el pago solidario del interés de demora anual pactado al tipo del 18%, devengado por tal cantidad desde el día dieciocho de diciembre de dos mil siete, con expresa imposición de las costas procesales a los codemandados.

Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra la misma pueden interponer recurso de apelación en este mismo Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, en la forma prevenida en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Gabriel Plaza López, extiendo y firmo la presente.

En El Ejido, 3 de marzo de 2010.- El Secretario.

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